En el caso que, como usted dice, la comunidad se lava las manos, ¿existe un plazo de tiempo para presentar demanda como particular antes de que prescriba?
En contestación a Jalisco, el administrador me dijo que la cobertura jurídica contratada es solo para defensa, las demás hay que contratarlas a parte y encarecen la prima del seguro.
Con que compañía tienen el seguro? Porque me suena tan raro que no les cubra ese supuesto una compañía "normal" del mercado teniendo contratada la defensa jurídica, pero tanto.
Lo que no entiendo es que la póliza la tenga solamente el administrador. Así los copropietarios no saben lo que cubre y lo que no cubre.
Ése es uno de los motivos por los que recomiendo no tener seguro comunitario.
Tiempo para hacer la demanda? Eso es una servidumbre que si no se actúa con prontitud, queda como un derecho. No lo dejaría pasar más de un año.
Seguro sí o no? Yo lo prefiero porque en caso de averías te lo solucionan sin tener que buscar a nadie. Además es una garantía ante un propietario que no pueda hacer frente a un gasto por una avería o siniestro.
Estos seguros llevan incorporados la defensa jurídica de consulta y hasta suelen llevar el número de teléfono y un horario para hacerlas, y ahí acaba la historia. Sí lo quiere de mayor cobertura el precio se incrementa, por ello pocos la tienen contratada.
Lo sensato es que el administrador haga entrega de una copia a cada propietario, y es posible que lo hiciera en su día pero la gente, ni la tiene ni la entiende.
Un seguro de una compañía normal de las punteras suele tener incluida esa cobertura en la básica de defensa jurídica, te lo aseguro, o por lo menos es lo que yo he visto en mi zona siempre (soy agente de seguros). Aparte que quitar esa cobertura para ahorrar es una temeridad, ya que estamos hablando de 100-200 € al año dependiendo del tamaño de la comunidad.
Si el forero sabe en que compañía está podemos intentar ayudarle con este tema más a fondo.
He pedido copia de la póliza de seguro al administrador. Se trata de Allianz Comunidad Personalizada. En el apartado "Asesoramiento y Protección Jurídica" se lee: 'Cobertura a primer riesgo del 100% del coste del asesoramiento y de la Protección jurídica, con un máximo de: 3.000,00 euros". ¿Como se puede interpretar esa cobertura en este caso en concreto?
Gracias.
Cobertura a primer riesgo del 100% del coste del asesoramiento y de la Protección jurídica, con un máximo de: 3.000,00 euros.
El asesoramiento lo tiene usted garantizado sin ningún problema. Usted se pone en contacto con ellos y le asesorarán convenientemente. Si usted inicia un proceso judicial le aseguran hasta 3.000€, si sobrepasa el precio lo tiene que pagar usted. De todas formas llame usted al seguro y pregúntenle que allí se lo aclararán.
3.000€ de proceso judicial está justito. Esto siempre que pierda el juicio, si lo gana, no debería pagar nada porque (salvo excepciones) los gastos procesales recaen sobre el perdedor. Excepciones, que el juez determine el pago solidario de las costas procesales, pero como tiene 3.000€ no debería sobrepasar esa cantidad.
El seguro me ha aclarado que esta cobertura es contra terceros y por lo tanto no vale para vecinos de la misma comunidad. O sea ni asesoramiento, ni nada.
Cómo para terceros? Usted tiene un problema en su comunidad de carácter legal y usted tiene asegurado un asesoramiento y por ello deben de dárselo.
Mire,..... aquí entramos en otra estafa que es la de los seguros. Todos son estupendos mientras usted no los requiere, cuándo necesitas de ellos esconde la cabeza. Ustedes pueden llevar 20 años con ese seguro y no ha tenido problemas con él, porque no han tenido ningún siniestro, pero cuando tienen uno, ahí se acabó todo y se dan cuenta que han estado tirando el dinero.
Los seguros son empresas con ánimo de lucro, es decir, con ganas o interés de ganar dinero, y como tal, te presentan el caramelito con yo te aseguro, esto, aquello y lo de más allá, (pero nadie lee la letra pequeña, que para eso la hacen pequeña, para que nadie la lea) y en esa letra ponen los condicionantes. Condicionantes que difícilmente se pueden cumplir y ahí está la trampa.
Cuando alguien viene dándote algo, desconfíen, porque nadie da nada y menos los seguros.
Efectivamente se trata del seguro de la comunidad y no de mi seguro de hogar, que no tiene nada que ver en todo esto. Es toda la comunidad la perjudicada y que no quiere plantear cara al vecino que ejecuto las obras sin permiso, a no ser que el seguro de defensa jurídica de la comunidad se haga cargo.
Me podrías, por favor, aclarar la diferencia que hay entre la cobertura de defensa jurídica de la póliza Allianz que he detallado en otro post anterior y la cobertura básica de las compañías punteras a las que te refieres? Gracias.
Con quien ha hablado del seguro? ¿Con un agente, con el administrador, con Allianz?, según las normas del 2021 tengo alguna duda, porque Allianz no cubre derechos relativos al edificio, aunque si podría tener cobertura por daños provocados por un tercero a la comunidad. Llame a Allianz, expóngale el caso y que le informen. Yo soy mediador de otra compañía y con nosotros estarían cubiertos todos los gastos de este caso hasta los 4.500 €, que un tema de estos no debería llegar a esos gastos totales.
Lo que cuenta taurel, lo podíamos haber leído en una obra de Franz Kafka, hace falta tener muy pocos conocimientos de fontanería, para saber lo difícil que resulta la operación de convertir una habitación en cuarto de baño, sacando el desagüe por un patio de luces a la general, (tiene que ser un edificio muy antiguo).
En la comunidad de taurel no escucharon los ruidos al picar el muro, ni vieron como empalmaban el tubo de tres metros de 90 o 110 (un pedazo de tubo) a la bajante, empleando la manera más sencilla, agujerando el tubo de la general y pegando una pieza llamada injerto, y si la vivienda no es de un bajo, montar un andamio, o descolgarse con cuerdas.
Yo si fuera el juez, dictaría sentencia favorable al artista que ha hecho semejante hazaña, y obligaría a los alucinantes vecinos, a pagar las costas y una propina al autor de semejante e increíble obra.
Pido perdón a taurel por esto que escribo, pero yo lo siento, esta historia Kafkiana, es muy pero que muy difícil de creer como está planteada, o es cierto, o los vecinos son unas hermanitas de la caridad.
Y termino, Su Señoría, podía incluso pensar que ha habido permisividad, porque al primer golpe de maceta y cincel, o un martillo percutor agujereando el muro, deberían haber parado la obra.
Que cosas tan raras pasan en este circo de las comunidades de propietarios, este caso es increíble, dejan hacer y luego cuando ya está consumada la hazaña, a reclamar ¿al maestro armero?.
Llame directamente al seguro y, después de proporcionar el nº de póliza a la persona que me atendió, me informaron que la cobertura de asesoramiento y protección jurídica de un máximo de 3.000€ vale solo contra terceros ajenos a la finca asegurada y no contra otros copropietarios, como es el caso.
Pues ya me extraña, tendría que leer el condicionado general para ver que entienden por terceros, pero me vale para mi trabajo. Un punto a favor de la cia para la que soy mediador a la hora de defender nuestras pólizas frente a la competencia. Con nosotros si que tendría cobertura porque ya he tramitado siniestros de este tipo alguna vez.
Por todas esas cosas, yo nunca recomiendo los seguros comunitarios. Al final no se sabe lo que cubren, se contrata a capricho del administrador y en el mejor de los casos hay duplicidad con el seguro propio. Por no referirme al caso de una comunidad que, cuando tuvo un siniestro, descubrió que no tenía seguro porque el administrador, en un momento de falta de liquidez, devolvió el recibo.