pues mire Gelen, si la reparación se realiza por el ar. 17.1 usted pagaría 1200€
si la reparación fuese por el art. 10.3 usted abonaria lo que abona ahora al mes multiplicado por 12 meses
Lo mas importante es conocer el desglose del presupuesto, cual es la cantidad correspondiente a la renovacion del ascensor y si esta es obligada por la obra o por capricho de los propietarios. Tambien es importante saber si como parece Gelen estaria exonerada de esa renovacion del ascensor lo cual reduciria sustancialmente la cantidad de la derrama que le cosrresponderia a ella y a los demas locales
Sin saber esto es muy osado hablar de cifras o de articulos.
Teniendo en cuenta que la obra no la solicita un mayor de 70, ni un discapacitado, el presupuesto que se maneja, la cantidad de propietarios, que los locales no pagan comunidad... aun a riesgo de equivocarme diria que no lo tramitaran por el 10,3
Si fuera Gelen hablaria con los propietarios de los demas locales sobre la posible exoneracion de la parte del presupuesto de renovacion del ascensor y junto con ellos consultaria con un abogado por si hubiera que negociar o impugnar el acuerdo sobre el reparto de la derrama.
Chelinka me enteraré del presupuesto detallado y también de si el cambio del ascensor es obligado o lo cambian porque si. Luego comentaré con ellos para saber qué opinan. Os mantendré informados.
Muchas gracias a los dos!!