Bueno sres,parece ser que es finalización de contrato,es decir 8 dias por año prorreteo de los meses siguientes.
15 dias de previso.Solo me corresponde la paga proporcional de invierno.Y por último de vacaciones me corresponden 20 (ùltimo dia de trabajo el 14/11/08) ,menos diez que he hecho un dia si otro no (siempre laborables),me quedan diez a cobrar.
Todo lo que os comento es según el gestor que me ha atendido,con el contrato y la nómina delante.
Bueno se acabo la fiesta ,ya esta finiquitado,pero me queda una duda........,la base para liquidar el finiquito de ocho dias por año cúal es, el sueldo base o la base total por contingencias comunes y solo son años completos o se divide por meses?...
anarve, bueno, ves como al final se trataba de una finalización de contrato y no de un despido, respecto al salario regulador, de la indemnización de 8 días por año de servicio, se debe calcular en función del salario real, que en tu caso si no tienes horas extras, se coincide con la base de cotización por contigencias comunes.
Y respecto, a si son años completos o se divide por meses, evidentemente, se divide por meses pues, de lo contrario, los contratos temporales inferiores a un año, al finalizar, no tendrían dicha indemnización.
Xavier tengo un problema,yo a mi ex-jefe no voy a denunciarlo porque tengo tres familiares en la empresa,pero la diferencia de mi finiquito (el de mi gestor) queria decir y la del gestor de mi jefe es de 419€,la base que su gestor ha utilizado en la paga de navidad y en el finiquito por finalización de contrato es la del sueldo base menos la prorrata de pagas extras (yo las pagas las cobro aparte)tengo catorce pagas anuales vacaciones.
Asi que veremos como acaba la cosa,el lunes ire a otro gestor y si los dos mios coinciden hablaré con mi ex-jede a ver como lo arreglamos(el finiquito ya lo he firmado).