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mi finiquito

25 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 25 comentarios
Mi finiquito
15/11/2008 16:35
Hola ante todo felicitaros por esta web que a muchos como yo nos va de perlas para asesorarnos por el derecho laboral.
Mi consulta es la siguiente,mi jefe me aviso con dos dias de antelación de mi despido,me dijo que me ponia en el paro yo le dije que vale que me finiquitara todo y hasta otra.
Mis dudas son las siguientes siendo u contrato de obra del ramo de la industria en cataluña que es lo que me pertenece por despido?
Yo creo que son las vacaciones (dias trabajados puesto que de los 19 que me tocan solo he hecho 9),la paga de verano (proporcional),paga de invierno (proporcional),8 dias por años trabajado (he estado 2 años y medio),el sueldo de los dias trabajados.y mi gran duda es el tiene que dar 15 dias al darme solo dos dias,me tiene que pagar 13 dias al sueldo base exceptuando los 9 dias que cobrare por trabajarlos),asi que me tendrá que pagar 4 dias de salario base.
Espero vuestra respuesta puesto que la semana que viene he quedado con él para finiquitarlo todo y quiero tener las cosas claras.
15/11/2008 16:36
Lo siento se me ha ido la olla el tema es indemnización por despido.
16/11/2008 09:14
El despido por causas objetivas es de 20 días de salario por año de servicio prorrateándose por meses los período inferiores al año y con un período máximo de 12 meses. El preaviso es de 30 días. Tienes un plazo de 20 días para recurrir el despido. Si recurres y se declara despido improcedente y la empres aopta por la indemnización, ésta es de 45 días de salario por año de servicio,prorrateándose por meses lo períodos inferiores al año, con un período máximo de 24 meses, salvo que se trate de un contrato para el Fomento de laContratación Indefinida, encuyo caso la indemnización es de 33 días.

16/11/2008 19:17
Hola anarve, creo que tus cálculos son correctos, salvo lo que pueda disponer el convenio existente en Cataluña, que no conozco, pero que en cualquier caso solamente puede haber ampliado los derechos que te corresponden, nunca reducirlos.
A los quince dias le debes descontar los dos con que te ha avisado mas las vacaciones que te quedan, creo que según dices serían diez, con lo que te faltan tres, que son los que debería compensarte.
Suerte.
16/11/2008 21:30
Chavalin, das por hecho que se trata de un despido objetivo, pero ..anarve nada dice que se trate de dicho despido.

zoraser, dices que los cálculos de anarve son correctos, sin embargo, por los datos que nos proporciona, no lo puedes saber:

Nos dice que tiene derecho a 19 días de vacaciones, sin embargo, no nos dice en que fecha se le ha extinguido su relación laboral, por lo que no podemos saber si son 19 o 20 días, en caso, de que se hubiera extinguido la relación laboral en fecha 31 de octubre, o de 21,25 días , en caso de se le hubiera extinguido en fecha 15 de noviembre.

Nos habla de partes proporcionales de pagas de verano y navidad, pero, no sabemos si en su convenio las pagas se devengan semetral o anualmente.

anarve nos dice que la han despido, pero nos habla de 8 días por año de servicio, que nos recuerda a la indemnización por finalización del contrato.

Anarve, para responderte correctamente a tus preguntas necesitamos que nos des unos detalles:

¿ cual es la causa de despido que te pone en la carta de despido?

de que industria es de convenio ¿metal, químicas, construcción ... ? ... ya que, pedendiendo, de cual sea, las pagas se devengaran semestralmente, y no tendrás derecho a la parte proporcional de la paga de verano.

Un saludo.

17/11/2008 07:51
Gracias por contestar tan pronto,os doy los datos que me pedis:
-En ningún momento me ha dado ninguna carta de despido,solo me dijo que el viernes me ponia en el paro.
-las causas son que somos una empresa que trabaja subcontratada para las fábricas a las que realizamos mantenimiento y instalación de maquinaria industrial,y ahora la fábrica no tinene trabajo para mi.
-El sector del que os hablo es el del metal (soy eléctrico)
-Mi antiguedad es desde el 17/07/06
-Contrato de obra
-Se me comunica el dia 12/10/08 que mi último dia es él 14/10/08.
-Mi sueldo base es de 1091€ dietas esto en nómina.
-Aparte está el desplazamiento,las horas y algo más de sueldo base.
-Soy de cataluña.
Espero que con estos datos tengais suficiente,si necesitais algo más me lo decís.
17/11/2008 08:26
anarve, pues de momento, debemos esperar la causa del cese en la empresa, pues puede tratarse de un despido o de una finalización de contrato, y la indemnización variará dependiendo del motivo de la extinción.

Los convenios del metal en Cataluña, son provinciales, por lo que deberiamos saber la provincia, para determinar el devengo de las pagas extras.

Respecto a las vacaciones, salvo que sean por días laborales, tienes derecho a 23,25 días naturales.

Un saludo.
17/11/2008 11:18
Es despido no es finalización de contrato( mi contrato es de obra no temporal),la provincia es gerona y las vacaciones según me comento me pertenecen 19 dias puesto que no acabo el año.
17/11/2008 16:41
Una de las cosas importantes, creo yo, es saber el objeto del contrato de trabajo, ya que dependiendo de si has cumplido la obra ó servicio derterminado para la que has realizado el contrato, te podrán dar la baja por finalización de contrato ó despido.
17/11/2008 18:55
hola anarve, si tienes un contrato de obra, lamente decirte que tu contrato es temporal.

Por otra parte, en tu convenio, las pagas extras se devengan semestralmente, lo que significa que no tienes derecho a la parte proporcional de la paga de verano.

Respecto a las vacaciones, tienes derecho a 23,25 días y no 19, ya que si se extinguió tu contrato de en fecha 14/10/08, calcula, son 2,5 días de vacaciones por mes trabajado.

Un saludo.
17/11/2008 21:48
La paga de invierno es completa o proporcional?
Me decis que serán 8 dias x año trabajado la parte de proporcionalde los meses restantes.
El aviso tiene que ser de 30 dias o 15?
DE todas formas miraré de hacerme con el contrato antes de firmar el finiquito para asegurarme.
18/11/2008 08:42
La paga de invierno es proporcional, porque no has trabajado todo el segundo semestre del 2008.

Respecto, al periodo de aviso, si es finalización de contrato son 15 días, si es despido objetivo 30 días, pero, por los datos que nos proporcionas, parece indicar que se trata de una finalización de contrato, es decir, 15 días.

un saludo.
18/11/2008 23:01
Os doy los datos del contrato y quedaré a la espera de que el jefe me de la carta de despido y ya os contaré.
-La duración de este contrato es de 17/10/05 hasta fin de servicio o finalización progresiva del mismo con periodo de prueba de 1 mes
-El contrato de duración determinada se suscribe para.
Realización de la obra o servicio, ver clausula 1era: (es lo anteriormente dicho).que tiene autonomia y sustantivitad propias dentro de la activitad de la empresa-( dias x año al finalizar el contrato).
18/11/2008 23:07
17/10/05 es el inicio del contrato?
19/11/2008 00:25
No perdón fue el 17/07/06,he cogido una nómina que no era mia ,lo siento.
19/11/2008 08:08
segun tengo entendido, independientemente del tipo de contrato que tengas , el periodo maximo que se puede trabajar (con los diferentes tipos de contrato) es de 13,5 meses en un periodo de 18 meses, con lo cual si has trabajado 27 meses pasas a ser indefinido, aunque no firmes el contrato, por tanto te corresponderia 45 dias por año trabajado; no hace mucho era asi, no se si esto habrá combiado, pero si es asi que me corrijan.
19/11/2008 08:47
jpm242, lo tienes mal entendido , pues en los contratos de obra o servicio determinado, ni antes ni ahora, no existe ese periodo máximo que dices.

Por cierto, anarve, inistes en que es despido, pero, a priori, no lo es, pues es finalización del contrato, "por suerte tuya", ya que, la extinción del contrato se produjo en fecha 14/10/08, lo que significa que si realmente fuera un despido, la acción de reclamar contra él ya te hubiese caducado.

Un saludo.
19/11/2008 09:17
xavier,en uno de de los post últimos rectifico esa fecha que me comentas la real es inicio 17/07/06 y el despido(dependerá de lo que diga la carta de despido que me entregue o finalización de contrato) el14/10/08.
19/11/2008 09:41
anarve, si la fecha que he comentado en mi último post, no es la fecha de incio, sino la fecha de extinción del contrato de trabajo, 14 de octubre de 2008, que en caso de tratarse de un despido, ya se te hubiera pasado el plazo para reclamar contra el despido, porque desde el 15 de octubre tu ya no trabajas ¿verdad?
19/11/2008 12:25
xabier, hace 10 años aproximadamente, yo estube en una circunatanciaparecida, tenia un contrato por fin de obra, cuando iba a cumplir los 13,5 meses me hicieron indefinido , por que no me podian hacer mas contratos temporales, de esto hace 10 años o mas , en el convenio del metal de alicante
saludos