ya bueno, es que recuerdo que lo que mi chico quiere es denunciarla por via penal por impago, y los calculos los hacemos porque se supone que en diciembre va a pagar todo lo que debe de golpe.
Me da igual que sea rebuscado, jejeje quiero saber si se ajusta a la legalidad
Pues yo por penal, nazka, nunca he visto que se aplique ese interés legal que mencionas y mira que ya tengo 3 sentencias y voy por la cuarta... pero, mira, ya te digo que lo comentaré y salimos de dudas, tú y yo (y todo el que quiera xDDD)
ok ok se agradece, porque a mi por lo menos me parece interesante el tema,otra pregunta, si en la actualizacion anual el ipc sale negativo, se reduce la pension o se mantiene la anterior¿ No me habia surgido en mi caso y en el de esta señora al hacer los calculos del 2 año me sale negativo
muy bueno el debate,os dire k hoy e estado declarando y lo primero k me preguntaron fue si subí el ipc,puesto k no lo he echo nunca,pues pillare,al juez,fiscal incluso abogados les da igual k te kedes debajo un puente,no pagues y te destrozaran vivo,k mala leche el juez,dios,es la primera vez k estoy delante de uno y ma dejado flipao y la abogada mia metiéndome miedo incluso diciendo k si comes tu eso significa k puedes pagar.
El IPC es acumulativo de año en año, de tal forma que, si por ejemplo, el primer año paga 100 euros/mes, y el incremento de IPC es un 2%, el segundo año ha de pagar 100 2% = 102 (por 12 mensualidades); y si el incremento de IPC en este 2º año es de un 3%, el tercer año habrá de pagar 102 3% = 105,06 (por 12 mensualidades), y asú sucesivamente.
Efectivamente, cuando se solicita ejecución de sentencia por impago de alimentos puede solicitarse también que se abonen los intereses legales que pudieran corresponder, que se calculan de forma separada.
Por último, nazka32, si un año la variación de IPC es negativa, y en la sentencia pone que la pensión alimenticia se actualizará conforme a la variación de IPC, esta pensión disminuirá para el periodo siguiente (12 meses) por ser el IPC negativo; en cambio, si en la sentencia pone que la pensión de alimentos se INCREMENTARÁ conforme al IPC, si éste fuese negativo algún año, la pensión alimenticia quedará igual para el periodo siguiente, ya que no puede disminuir.
Muchas gracias por tu explicación tb y por aclarar la diferencia entre 'actualización' e 'incremento' para con las pensiones.
Entiendo yo que si en dicha ejecución no se solicitara intereses legales nada se resolvería sobre ese aspecto puesto que no se habría mostrado interés alguno sobre esa cuestión.
claro evidentemente lo que no pides no te lo van a dar, es como si en una modificacion de medidas pides solo la disminución de la pension y luego dices "ala no me han dado mas visitas con mi hijo..."
Ya, Nazka, ya pero, como dije, jamás en la vida había oído hablar yo de ese interés legal.
La verdad es que yo procuro que las cosas se compliquen lo menos posible y no doy más vueltas a las cosas que las necesarias. (lo cual no quita para que cada uno le de relevancia a cosas muy distintas :) )
ehh me siento aludida jejeje yo la verdad le doy vueltas a muchas cosas que quiza no debería, muchas veces mi chico me "regaña" en ese sentido, diciendome que le doy vueltas a segun que cosas que no son tan importantes, yo algo habia oido del interes legal pero no sabía por donde iban los tiros, mas o menos me habeis aclarado algo entre todos en el post.
Pues por eso he dicho que cada uno le da relevancia a cosas muy distintas y ahí me incluyo yo, como tú, porque a veces pienso en cosas que otros las ven minúsculas pero, ya sabe, un detalle puede ser importante bien planteado (hablo de la vida en general).
Yo tb me voy enterando de cosas, así a lo tonto y con el tiempo. Es lo que tiene rondar por este foro; mayormente se me revuelve el estómago pero siempre aprendo. ajjajaja
Bueno, a ver si tu pareja y yo vamos solucionando las cosas ;)