Estoy separada y con un hijo,mi ex pareja me pasa todos los meses la manutención,pero ahora en septiembre,los libros los pago yo son gastos extraordinarios o entran ya en la manutención??
anna06 , son gastos que entran dentro de la manutencion puesto que son gastos previsibles, los gastos extraordinarios son el dentista, el oculista, (medicos que no entran en la segurdad social)clases particulares ....
Si apuntas a tu hijo a futbol, no se considera como gasto extraordinario, ahora sí yo en tu caso se lo comentaría a su padre, si él esta de acuerdo bien y si se negará piensa que también esta en su derecho. Una cosa, si al final lo apuntas y solo lo pagarás tu, ten encuenta los días que lo vas a llevar, es decir, si tienes puesto en el convenio que los lunes y los miércoles tendrá él a vuestro hijo de 17h hasta las 20h por ejemplo, apunta a tu hijo a futbol los martes y jueves, sobre todo, tendlo en cuenta.
Como gasto extraordinario se considerán, aparatos para los dientes, plantillas, oculista. El material escolar y las clases extraescolares no son considerados gastos extraordinarios.
Hola,lo del futbol es una decision arbitraria y no esencial
en la manutencion de su hijo por lo que entiendo que cuando un juez asigna un pension de alimentos se entiende esta para todas las necesidades del ninño que sean previsibles y necesarias si a esto sumamos que en la sentencia no se recoge mas que la obligacion de pasar la pension de alimentos y no se especifica nada sobre gastos extraordinarios,en principio su excompañero no estar obligado para nada el abonar ninguna cantidad fuera de lko estipulado en la sentencia,"sentencias mandan".Espero haberle ayudado.Un saludo.
chispis_358, perdona que te lleve la contraria pero las clases extraescolares si son un gasto extraordinario, si son unas clases extraescolares de ingles, matematicas... tambien son extraescolares y si el niño las necesita por la razon que fuera el padre tendria que abonar la mitad, siempre como tu has comentado respetando los dias y horas que marca el convenio de visitas del no custodio
shura787 no,el padre no tiene que abonar ninguna
cantidad fuera de lo que diga la sentencia si lo que se desea es un incremento en la participacion economica del padre debe instarse el correspondiente cambio de medidas,homologado judicialmente "sentencias mandan".Saludos.
Buenas tardes: cuando comentan que los libros entran dentro de la manuntención, se están refiriendo a los de la educación obligatoria, verdad?
Los libros de estudios de bachillerato y universidad, si son gastos extraordinarios, creo, no se si alguno de ustedes lo saben con certeza. Gracias.
Hola cistus,no,no lo son con arreglo a derecho si no se recoge en la sentencia,si se desa "mas"habra que interponer el correspondiente cambio de medidas y homologarlo judicialmente.Saludos.
en mi caso está contemplado en el convenio los libros de texto como gastos extraordinarios, y mi actual pareja, también divorciada, tiene otra claúsula igual y asume la mitad del gasto tanto de libros como de material escolar de su hija, así que imagino que también dependerá de lo que acuerden ambas partes no? es más, nuestra abogada, porque al ser de mutuo acuerdo sólo tuvimos una, así nos lo indicó.
si como homologado significa tener sentencia firme del divorcio, aprobado por fiscalía de menores, sí. Tanto mi pareja como yo, ambos divorciados de mutuo acuerdo, nos dijeron nuestros respectivos abogados que se contemplaba como gasto extraordinario y así se especificó. De hecho es ahora, al leeros, cuando me he quedado sorprendida al saber que no es así.
Amo a mis hijos, es muy frecuente que en convenios de mutuo acuerdo se indique que los libros son extraordinarios, y el juez lo aprueba sin problema, las partes pueden establecerlo así si quieren.
no estoy nada puesta en esto, así que te cuento lo que tuvimos que hacer a ver si con eso te lo aclaro:
Fuimos mi ex-marido y yo al juzgado a ratificar nuestra decisión de divorciarnos. Mi hija por ser mayor, tuvo que declarar ante un juez que yo no ví, entró ella sola con la abogada, donde le preguntaron la relación que manteníamos su padre y yo, por si yo impedía en algún modo la relación que había entre ellos y esas cosas...
Posteriormente, al cabo de unos 3 meses o así, me llamó la abogada para decir que ya estaba la sentencia, todo aprobado y sin problemas, y me dió una copia para mí y otra para mi ex, con el sello del juzgado. Y hasta hoy, no he tenido más contacto ni con la abogada ni con nadie del juzgado.
Asi es,Anais38 lo que ocurre es que si no esta expresamente indicado de esa manera y homologado judicialmente no se estaria obligado mas que a lo que recoge la sentencia.Tambien existen supuestos identicos en sentido contrario.¿Me comprende verdad?.Un saludo.