Depende de lo pactado en convenio. En mi caso los libros y gastos escolares tienen la consideracion de extraordinarios, al igual que los gastos sanitarios no cubiertos por la SS, clases de apoyo, universidad y matriculas de cualquier otros estudios que emprendiesen los menores.
Los gastos extraordinarios no necesarios como el fútbol han de ser consentidos por la otra parte, si no lo son, paga quien toma la decisión.
Los libros son gastos ordinarios incluidos en la manutención salvo pacto en contrario. Los universitarios, son extraordinarios. Los abogados no entramos nunca en la exploración de los menores, sólo el Ministerio Fiscal y el Juez.
Un saludo.
lo que más me sorprende de todo, es que tanto nuestra abogada, como la de mi actual pareja, nos indicaron que así era, de hecho yo iba con total desconocimiento sobre este tema y la claúsula la puso ella misma, como si fuera lo habitual vamos... y mi pareja incluso paga a medias el material escolar.
Si el convenio esta homologado judicialmente,sentencias mandan y si los gastos extraordinarios bienen tipificados como tal,entonces no hay problema,en cuanto a lo del futbol,dificilmente seria estimado como gasto extraordinario,esto seria medicina privada no financiable por el sistema publico,educadores especiales en caso de discapacidad etc.Reciva un cordial saludo.
Se lo puntualizaba porque Pasaba por aqui ha indicado que su convenio estaba aprobado mediante sentencia firme y usted ha insistido en si fue ratificado y aprobado por el juez, simplemente. Un saludo a usted.
Asi es,Anais38 lo que ocurre es que si no esta expresamente indicado de esa manera y homologado judicialmente no se estaria obligado mas que a lo que recoge la sentencia.Tambien existen supuestos identicos en sentido contrario.¿Me comprende verdad?.Un saludo.
no estoy nada puesta en esto, así que te cuento lo que tuvimos que hacer a ver si con eso te lo aclaro:
Fuimos mi ex-marido y yo al juzgado a ratificar nuestra decisión de divorciarnos. Mi hija por ser mayor, tuvo que declarar ante un juez que yo no ví, entró ella sola con la abogada, donde le preguntaron la relación que manteníamos su padre y yo, por si yo impedía en algún modo la relación que había entre ellos y esas cosas...
Posteriormente, al cabo de unos 3 meses o así, me llamó la abogada para decir que ya estaba la sentencia, todo aprobado y sin problemas, y me dió una copia para mí y otra para mi ex, con el sello del juzgado. Y hasta hoy, no he tenido más contacto ni con la abogada ni con nadie del juzgado.
Amo a mis hijos, es muy frecuente que en convenios de mutuo acuerdo se indique que los libros son extraordinarios, y el juez lo aprueba sin problema, las partes pueden establecerlo así si quieren.
si como homologado significa tener sentencia firme del divorcio, aprobado por fiscalía de menores, sí. Tanto mi pareja como yo, ambos divorciados de mutuo acuerdo, nos dijeron nuestros respectivos abogados que se contemplaba como gasto extraordinario y así se especificó. De hecho es ahora, al leeros, cuando me he quedado sorprendida al saber que no es así.
en mi caso está contemplado en el convenio los libros de texto como gastos extraordinarios, y mi actual pareja, también divorciada, tiene otra claúsula igual y asume la mitad del gasto tanto de libros como de material escolar de su hija, así que imagino que también dependerá de lo que acuerden ambas partes no? es más, nuestra abogada, porque al ser de mutuo acuerdo sólo tuvimos una, así nos lo indicó.
Hola cistus,no,no lo son con arreglo a derecho si no se recoge en la sentencia,si se desa "mas"habra que interponer el correspondiente cambio de medidas y homologarlo judicialmente.Saludos.
Buenas tardes: cuando comentan que los libros entran dentro de la manuntención, se están refiriendo a los de la educación obligatoria, verdad?
Los libros de estudios de bachillerato y universidad, si son gastos extraordinarios, creo, no se si alguno de ustedes lo saben con certeza. Gracias.
shura787 no,el padre no tiene que abonar ninguna
cantidad fuera de lo que diga la sentencia si lo que se desea es un incremento en la participacion economica del padre debe instarse el correspondiente cambio de medidas,homologado judicialmente "sentencias mandan".Saludos.
chispis_358, perdona que te lleve la contraria pero las clases extraescolares si son un gasto extraordinario, si son unas clases extraescolares de ingles, matematicas... tambien son extraescolares y si el niño las necesita por la razon que fuera el padre tendria que abonar la mitad, siempre como tu has comentado respetando los dias y horas que marca el convenio de visitas del no custodio
Hola,lo del futbol es una decision arbitraria y no esencial
en la manutencion de su hijo por lo que entiendo que cuando un juez asigna un pension de alimentos se entiende esta para todas las necesidades del ninño que sean previsibles y necesarias si a esto sumamos que en la sentencia no se recoge mas que la obligacion de pasar la pension de alimentos y no se especifica nada sobre gastos extraordinarios,en principio su excompañero no estar obligado para nada el abonar ninguna cantidad fuera de lko estipulado en la sentencia,"sentencias mandan".Espero haberle ayudado.Un saludo.