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Legítima derecho civil catalán

3 Comentarios
 
Legítima derecho civil catalán
04/02/2008 11:32

¿qué personas se consideran legitimarias según el derecho civil catalán, en el supuesto de dos cónyuges sin descendientes, cuando uno de los dos fallece? ¿hasta qué grado de parentesco se puede ser legimitario?
04/02/2008 12:32
Pues creo que si no hay descendientes, los herederos son los ascendientes (padres) y si tampoco hay, los hermanos.
04/02/2008 17:27
Mira este enlance. A lo mejor encuentras algo que te puede interesar.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/ca-l40-1991.html
04/02/2008 17:56
creo que en el derecho español se consideran herederos con derecho a reclamar una herencia hasta el quinto grado, siempre que no haya herederos de un grado superior. quinto grado equivale a primos carnales de ahi para bajo no tienen derecho ha heredar si no existe testamento a su favor.