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Jubilacion anticipada a los 61 años

2188 Comentarios
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18/09/2014 11:08
Para macodu

Hola amigo,
Ahora mismo tienes un fraternal abrazo de todo el foro, estoy seguro que todos te lo brindan.
Tranquilo, éste tipo de gente que se cuelan en un foro a incordiar, que en éste caso va mas allá y se convierte en ofensas por ser personas mayores, que han trabajado toda su vida y para colmo ahora al final del camino estamos indefensos, ésta gente ya existe en otros foros, se les conoce desde el primer comentario.
Observa arriba el primer comentario que hice, porque lo vi venir, escribí que en otros foros no le contestarían con educación, cosa que hicisteis, pero al final hay que llamarles por lo que son, infiltrados perturbadores que no quieren aportar, lo que quieren es molestar.
Observa su propio comentario: "creo que me equivoqué de foro"...........
O sea, es un buscador de foros para polemizar y éste NO LO ES, que se busque uno de futbol o de política, éste es de un grupo de personas unidas por la edad, el trabajo bien hecho y las sorpresas finales que hemos encontrado y ante las cuales algunos como tú mismo macodu, arturo gg, fautil, cuenca, por ej. han dado su saber y entusiasmo para conseguir un objetivo y que se ha LOGRADO.

Un fuerte abrazo a todos, fuera lo negativo y que continúe
el espíritu iniciado por fedefru el 03/07/2014.
18/09/2014 11:20
Macodo, Fautil etc: ¡Que bien se os reconoce, aunque solo sea por vuestra inmensa corrección en todo!.
Me siento orgulloso de pertenecer a vuestra generación aunque "estemos a extinguir" (como muchos desearían). Por lo menos nos extinguimos con clase...Un abrazo a todos.
18/09/2014 12:03
muchas gracias a todos.. sobre todo a fedefru, etc. por haber podido encontrar este foro que tanto me ha ayudado.
una cosa no se si estais tambien en facebook. pero uno de nuestros primeros foreros koperniko sesentayuno , le han dado la JUBILACIÓN QUE ANTES LE HABIAN DENEGADO. se lo merecia ha hecho mucho tanto por este foro co por el de faceebokk..

salud a todos ya iremos poniendo cuando nos la concedan a nosotros uno a uno,

seguir juntos para luchar como leonas defendiendo a sus crias.
18/09/2014 12:20
Poco a poco lo conseguiremos todos, no os quepa duda. Ya se la van concediendo a unos cuantos, así que esto será un goteo diario de las concesiones a las anteriores denegaciones. Y las de los que van solicitándola según van cumpliendo la edad.
18/09/2014 17:07
bona tarda!

antes de nada corroborar lo que se apunta por ahí arriba, las reclamaciones previas y revisiones van resolviéndose, los expedientes iniciales por supuesto que también; hoy he podido alegrarles el día a dos personas a las que había atendido y que estaban severamente afectadas.

para crispu1,
tienes razón, ya se hacía referencia a ese párrafo en esos criterios lesivos que ya no están vigentes, supongo que la lectura selectiva que hacía me impidió asimilarla; después de bucear por la base de datos... lo único que he encontrado, que pueda dar origen a ese criterio, es lo de los 24 meses para autónomos... supongo que al considerar ese tiempo como suspensión, deben hacer una lectura interpretativa similar para el régimen general, que es de 12 meses.

he intentado hablar con alguien de trámite al respecto, pero nadie te dice en concreto nada, y más con la que ha caído este veranito...
vuelvo a donde ayer, crispu1, hagamos una interpretación de ese párrafo:
según yo lo entiendo, es que siempre que puedas reabrir el derecho de la prestación o subsidio por desempleo, esa situación se "asimile o retrotretraiga" (o el palabro técnico que se les ocurra, collons), a antes de abril 2013; siguiendo con la interpretación, y mi modesto punto de vista, si antes de 2019 se abre un derecho de desempleo posterior a 4/2013, se debería aplicar la ley 27/2011 jeroglífica.
crispu1, vuelvo a insistir hasta la saciedad y pesadez, presenta todas las solicitudes que creas oportunas, pide todos los precálculos que consideres, eso no te merma derechos.
ahora bien, entiendo que igual pueda serte más beneficioso jugar con retrasar el hecho causante y otros etcéteras... en ese caso haz uso del autocálculo
y vuelvo a reiterarte, cada caso es un mundo, hay tantos factores y casuística... ahí arriba verás un mail del trabajo...........................

saludos, incluido mogan

18/09/2014 19:31
Para fautil

Gracias estaremos en contacto

saludos
18/09/2014 22:47
FAUTIL,

hay un caso que no entiendo. Podrías ayudarme, por favor ?

Hombre
Cumple 61 años este Diciembre
Tendrá cotizado 29 años y 1/2
Se utiliza el SM para acreditar el periodo mínimo de 30 años.

En este caso no se debería aplicar la penalización del 7,5% x año (entre 30 a 34).

El Inss informa que la penalización, en este caso, es del 8% x año. Por qué ? De acuerdo que el SM sirve, únicamente, para acreditar el periodo mínimo exigido, pero en qué Ley está que la penalización si menos de 30 años es del 8 % ???

Ho estic buscant com una boixa, però no hi manera de trobar re de res per internet.

Gràcies
19/09/2014 08:22
Copio y pego mi mensaje en el muro de Facebook.
Nuestro cronista oficial Luis Fernández Montes, en su crónica de “Esta es tu historia” sitúa mi aparición un 7/7 en Pórtico Legal, el cuarto post, y el primero que vino a confirmar las sospechas anteriormente presentadas respecto a que se estaban produciendo cambios en la aplicación de la jubilación anticipada. En mi post confirmaba en mis carnes que así era, y que el motivo aducido por el INSS en su denegación era el haber firmado un convenio especial. Hasta ayer en que mi curiosidad me llevó a consultar, una vez más,la web https://tu.seg-social.gob.es/ para, por sorpresa y sin previo aviso, encontrar mi jubilación concedida desde la fecha de mi solicitud. Han pasado casi tres meses difíciles de olvidar. Pero parece que ¡ESTOY JUBILADO!
Difícil de olvidar esta curiosa relación que hemos mantenido en la web hecha de confianza mutua, de seriedad en nuestro quehacer, seguro que la misma que pusimos en nuestra larga vida profesional, de experiencia ante las dificultades, aprendida en el mismo terreno, y de constancia en el empeño que nos ha llevado hasta aquí.
Lo mejor, la generosidad de tanta gente que ha dado todo lo que podía para ayudarnos entre nosotros a pesar de que en algunos casos no era más que un observador no afectado por esta situación. Ha sido un placer, o mejor, sigue siendo un placer pertenecer a este colectivo. Seguimos en ello. Gracias a todos.
19/09/2014 09:56
Koperniko, como bien apuntas tu caso fue el primero cronológicamente de un afectado hecho "publico" no sólo en este foro, si no que yo sepa, en toda la red. Por supuesto que es fundamental que se haya resuelto con la LEY este entuerto ILEGAL (merecedor además de otros muchos adjetivos), pero estoy contigo en que, como en casi todos los aspectos de la vida, es al menos tan importante como la consecución con éxito de un objetivo, las formas y maneras del desarrollo del trabajo necesario para conseguirlo, pues EL CAMINO ES EN REALIDAD la única REALIDAD. Un abrazo que hago extensivo a TODOS los compañeros de viaje en este CAMINO.
19/09/2014 10:34
En Gipuzkoa, y a partir de anteayer, están llegando cartas certificadas a quienes denegaron la pensión con este texto final, que copio como resumen:
"... Por todo ello, por parte de esta Dirección Provincial se va a proceder a revisar de oficio dicha resolución denegatoria, reabriendo el procedimiento administrativo para el trámite del expediente conforme a la legislación aplicable y, en el caso de reunir los requisitos exigidos por la citada legislación, dictar nueva resolución por la que, estimando su solicitud, se le reconozca la pensión..."
Añaden un formulario por si el afectado no estuviese interesado en acceder a la jubilación en la fecha solicitada.

Muchas gracias a tod@s. Ha sido un placer
19/09/2014 11:04
Hola, cumplo 61 en diciembre, estoy despedido abril 2011, paro hasta 4/13 y denegado subsidio, cotizaciones ininterrumpidas desde el 2/1974, excepto SM (18 meses) solicito en el INSS el 1/9 me calculen cuando me puedo jubilar y hoy 19, me dicen que eso está en estudio, que hay cabos sueltos y que ya me avisarán. ¿HAY GATO ENCERRADO? ó están esperando hacernos una jugarreta de nuevo?. Gracias
19/09/2014 11:06
Perdón tengo CE desde Abril 2013
19/09/2014 11:14
zaragueta, buenos días

a mi el 27/08 me dijeron que no me podian hacer el precalculo, por tener el convenio especial, en cambio el 16/09 me aceptaron hacer el precalculo me toca en febrero 2015,, creo que lo mejor en tú caso seria que volvieras a solicitar un precalculo a los 61. NUEVO.

saludos cordiales
19/09/2014 11:22
Gracias Madocu, la primera respuesta fué denegar la Jubilacion, pero no me la llegaron ni a dar, me lo dijo el funcionario, posteriormente que si, pero que hay cabos sueltos, y eso es lo que no entiendo. Dicen que se están aprobando las jubilacionnes, pero no los precálculos.
19/09/2014 11:30
zaragueta,, he visto que tienes puesto el mismo comentario en facebook, ok ya no te contestare alli

ami me dijeron lo mismo, pero el 16/9 les entregue un escrito pidiendo el precalculo con la ley creo es 27/2011 y con fecha del 12/2/2015 y me lo aceptaron a otro del foro tambien de mallorca se lo han aceptado y dentro de mes , mes y medio nos llegara el precalculo..
a no ser que en tú caso hubieras trabajo despues de terminar el paro, u otra cosa que obvias poner en el post.
salud
19/09/2014 11:38
en este foro no mensionas que has devuelto el recibo de la S.S. correspondiente a Agosto 2014,, este podria ser el morivo..
animos compañero
19/09/2014 11:50
Madocu, en plena discusión, el dinero tenia que estar en mi bolsillo encuchando la conversación. Jejejje. Una vez restituida la legalidad a seguir pagando, pero la mosca no deja de revolotear.
19/09/2014 14:55
Marobara1,
te copio a continuación lo que he encontrado al respecto del caso que comentabas,
salut!


"(*) Supuesto especial en que se alcanzan los 30 años con el cómputo del servicio militar obligatorio o de la prestación social sustitutoria.-

Puede ocurrir que el beneficio de considerar este año como cotizado permita acceder a la pensión cuando el interesado tenga veintinueve o más años de cotización efectiva y solo alcance los treinta años con el cómputo del servicio militar obligatorio o de la prestación social sustitutoria. Para estos supuestos no existe coeficiente reductor del porcentaje legalmente previsto, ya que la norma sólo los contempla a partir de los treinta años cotizados; pero, en cambio, a estos efectos –determinación del coeficiente reductor del porcentaje-, no se computa el beneficio del año cotizado. Para cubrir esta laguna, se ha considerado oportuno recurrir al coeficiente reductor del porcentaje del 8 por 100, por cada año o fracción de año que, en el momento del hecho causante, le falte al trabajador para cumplir los sesenta y cinco años, ya que éste es el establecido en la disposición transitoria tercera de la Ley General de la Seguridad Social, con carácter general, con menos de treinta años de cotización, para acceder a la jubilación anticipada con la condición mutualista."
19/09/2014 16:22
Hola a todos,
Sólo comentar que hoy me han llamado del INSS por telefóno para indicarme que en los próximos días recibiré por correo la comunicación reconociendo el derecho a la jubilación anticipada. Espero que todos los compañeros de foro tengáis el mismo reconocimento que yo y que disfrutéis muchos años de la jubilación.

Un saludo.
19/09/2014 16:23
Fautil,

te lo agradezco muchísimo. Ahora mismo informo a la persona ( en facebook ) que tenía la duda y no supe encontrar información, por mi misma, para ayudarle.

Fautil, por favor, no nos dejes.

Un beso ENORME !!!