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Indemnizacion por despido pactado

21 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 21 comentarios
Indemnizacion por despido pactado
09/06/2010 10:23
Hola a todos, tengo una duda y es la siguiente, quería saber que conceptos entrarían en el calculo de una indemnización por despido pactado, según el convenio de Oficinas y Despachos de Madrid que es sobre el que se rige la empresa, al trabajador de conceptos sólo le corresponde Salario Base y Plus de Antigüedad. Pero la empresa a parte de manera VOLUNTARIA le ha pagado a parte Plus de Actividad PLus de Transporte Incentivos. Mi duda es hay que calcularle sobre lo que manda el convenio o sobre lo que ha estado cobrando hasta ahora?. Gracias por vuestro tiempo. Me urge un poco la respuesta.
09/06/2010 10:32
supongo que si el despido es pactado la indemnización también lo debe ser....
09/06/2010 10:35
Hola Peque82, Que quieres decir con que la indemnización tambien lo debería ser.....?????????????????????
09/06/2010 10:44
La mayoria de los tribunales y su jurisprudencia se decantan por calcular la indemnizacion con los conceptos que has apuntado (salvo c.col o pacto en contrario), ahora bien al haber mas complementos salariales (si estos cotizan o no lo hacen) y si dichos complementos se han consolidado como un conjunto salarial a lo largo del tiempo, pueden llegar a incluirse en el calculo de la indemnizacion.
Harian falta bastantes mas datos para estudiar la cuestión.
Un saludo
09/06/2010 10:47
¿Qué es un despido pactado?
Suena a que el trabajador se quiere ir de forma VOLUNTARIA, y se llega a un acuerdo de hacer como que se le despide, con el fin de que pueda cobrar el paro AUNQUE NO QUIERA TRABAJAR.
¿Es eso?
09/06/2010 10:48
mefisto que mas datos necesitarias???
09/06/2010 10:49
si al trabajador no le interesa continuar en la empresa, en las condiciones que le ha dado la empresa y pide que se le despida para poder cobrar el paro.
09/06/2010 10:56
pues que sepas mamarchillo, que tal y como lo cuentas, estás cometiendo un fraude.
09/06/2010 10:58
Y el trabajador otro.
09/06/2010 11:44
Fraude absoluto,pero descgraciadamente es practica habitual. Los datos serian la forma, importe y antigüedad de estos complementos, para comprobar si han consolidado.
ahora bien hablamos en caso de impugnacion del despido y de la posterior demanda, si habeis llegado a un acuerdo, pues tu veras lo que pides y lo que te dan.
Un saludo
09/06/2010 11:47
Como dicen, para un despido que es un fraude, no hay una indemnización legal. Supongo que será mas bien así.
Empresa: Estas son las nuevas condiciones.
Trabajador: No me interesa.
Empresa: Pues vete.
Trabajador: No me voy sino me despedis, cobro el paro y me dais algo de pasta.
Empresa: Vale te despido, cobras el paro y te doy tanto.
Resultado: Fraude que pagamos todos.
SALUDOS.
09/06/2010 12:46
De acuerdo:fraude absoluto planteado así,pero como la legislación lo permite, y donde no se distingue no cabe distinguír, es legal.Tambien antiguamente había que hacer un paripé delante de un abogado del estado para los despídos y el Sr. Aznar quitó este trámite.
09/06/2010 13:14
Te equivocas, la legislación no lo permite, y si la inspección lo descubre, hay sanciones.
SALUDOS.
09/06/2010 13:28
No seas ingenuo.Cuando se hizo la Ley se hizo la trampa y la administración lo sabe.Querian quitarse gastos y burocracia y lo consiguieron, y ya se cuida la inspección de no meterse en esto.
09/06/2010 14:31
Tu mismo, pero ahora con el desempleo que hay la inspección mira con lupa muchos de los despidos.
Por otra parte no entiendo lo de "querían quitarse gastos y burocracia..."
SALUDOS.
09/06/2010 17:08
Porque de tener 125.000 (es un ejempo,no tengo idea de los que eran), abogados del estado dedicados y,repito, al paripe, de dos señores que llegan con un despido ya acordado y sobreacordado,para que éste extienda un acta y la firmen todos para decír: "Despido improcedente,pero como en éste acto se le entrega la indemnización correspondiente,aquí Paz y allá Gloría.
09/06/2010 23:30
mamarchillo, si pactas un despido ( q es un fraude a la ley pero una practica muy habitual para que la empresa "arregle los papeles del paro"), también pactas si recibes o no indemnización, y si recibes que importe.
Si eres tu la que lo ha comentado a la empresa, evidentemente que te arreglará los papeles del paro y te hara firmar conforme recibiste el dinro de la indemnización (aunque no lo recibs que es la práctica habitual),
Si es la empresa la que te lo ha propuesto eres tu la que tienes que decidir si te conviene o no lo que te ofrcen
10/06/2010 12:27
Antoñito majo, los conciliadores no so abogados del Estado.

Por otro lado la figura del conciliador no ha desaprecido, no minorado, sigue siendo los mismos o mas
10/06/2010 13:10
Una preguntita.

Voy a robar un coche y necesito que alguien me diga como forzar la puerta legalmente para acceder a hacerle el puente al vehiculo.


10/06/2010 17:02
Crisf,de acuerdo, gracias, pero quisiera saber porque motivo ahora son mas los conciliadores.¿Que es lo que hay que conciliar en los despidos de ahora,en que el trabajador y el empresario estan de acuerdo en todo?.Cuando dos partes estan de acuerdo no hace falta ningún conciliador,pero no en esto sino en todos los órdenes de la vída.¿O no?