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Herencia de mi mujer

26 Comentarios
Viendo 21 - 26 de 26 comentarios
19/01/2011 20:01
Zona Centro
19/01/2011 20:11
A ver felixuco, lsd2 te pide la comunidad autonoma porque depende de la comunidad autonoma que sea rigen unos derechos sucesorios u otros....
19/01/2011 20:29
a ver yo vivo ahora mismo en Valladolid y la familia de mi mujer lo hace una veces en la comunidad de Madrid y otra en Castilla la Mancha, otras veces vienen unas temporadas a Valladolid, como veo que vas a preguntar donde esta bien los bienes, te diria estan en Castilla la Mancha unos y en la Comunidad de Madrid Otros, lo que a mi me han ofrecedido estan en Castilla la MAncha para mas datos el domicilio fiscal de los familiares de mi mujer en Castilla la MAncha creo por lo que sino te importa dame datos de la Comunidad de Madrid y Castilla la Mancha que seran las que nos interesa
19/01/2011 21:00
Lo que importa es donde viva la persona que otorga testamento, no los familiares ni la situación de los bienes.
En castilla la mancha y madrid no hay derecho foral, por lo tanto se rige por el derecho de sucesiones nacional.
19/01/2011 21:32
si como tú dices el señor tiene muchos más bienes, al menos valorados en el doble de lo que vale el inmueble que te quiere donar a tí, no hay poblema.
Si el bien que te deja vale más de 1/3 de todos sus bienes, entonces sí que puedes tener problemas.
20/01/2011 09:31
Vale Isd2 eso ya lo sabiamos si lees lo que viene mas arriba, ahora bien se lees lo que expongo mas abajo, es decir para el caso de que el importe te lo den en metalico, ponte en el caso de que no es a mi sino lo que va a repartiendo en diez mil Euros al primero que pasa por la calle, asi hasta que funde todo el dinero que tiene, por decir algo digamos 50 millones de ptas, quien es que tiene el problema ??? van a buscar a todos para que lo devuelvan. No se si me he explicado

Un saludo y quedo a la espera de vuestras noticias
20/01/2011 18:41
En ese caso le incapacitarían por prodigo.
Por muchas vueltas que le de, la donación de su suegro va a dejar rastro, y por lo tanto, no puede donarle mas de 1/3 de sus bienes. Será lo mismo que se lo dé en vida que en testamento. No puede pasarse de la tercera parte de sus bienes.