Mi padre ha muerto y tenía un piso a medias con su primera esposa, somos dos hermanos, se volvió a casar y la segunda esposa dice que le pertenece parte de la herencia, que parte le pertenece a la viuda y a los dos hijos.
Y de un tercio de la mitad del padre.
Hijos: Propietarios plenos del 50% por herencia de su madre (3/6 del total). Mas, propietarios plenos de dos tercios del otro 50% de la herencia de su padre (2/6 del total), mas nudos propietarios de un tercio del 50% de su padre (1/6 del total).
Viuda: Usufructuaria de 1/3 de la participación de su marido en la vivienda (1/6 del total).
Lamento deciros que estoy más liado que al principio.
1- no hay testamento
2- la parte que hay que repartir es la mitad de una vivienda.
3 - Los herederos: 2 hijos y una viuda.
¿Que le corresponde a cada uno de esa mitad de la vivienda.
Expongo mi opinión: según la ley la herencia se reparte en partes iguales entre los herederos, es decir la mitad del piso se reparte entre los dos hijos es decir un 25% para cada hijo, dice el art.834 que el cónyuge que al morir su consorte concurra a la herencia con hijos tendrá derecho a 1/3 del usufructo destinado a mejora.
Por lo tanto la viuda tiene derecho un tercio del usufructo de la herencia. Si la herencia es la mitad de una vivienda ¿ qué parte de la vivienda le corresponde a la viuda y a los hijos.
A los hijos; a mi entender, le corresponde 1/4 de la vivienda, pero no puede ser en pleno dominio porque a la viuda le corresponde 1/3 de la mitad de la vivienda en usufructo.
Por lo tanto ¿qué parte de la vivienda le corresponde a cada heredero?
Mo metáis a las madres en la herencia ya que no existen, estoy ablando de la herencia del padre (la mitad de una vivienda), la otra mitad de la vivienda no es de la viuda sino de otra persona que nada tiene que ver en este asunto.
Viuda: 1/3 en usufructo (1/3 de la mitad de la casa, o sea, del total de la herencia)
Hijos: 1/3 a cada uno en pleno dominio, y el tercio restante, a medias pero sólo en nuda propiedad (recordemos que ese es el mismo tercio que la viuda tiene en usufructo).
a ver; la teoria Martin la sabe, lo que quiere es saber como se hace en la practica.
varios supuestos:
1.- si a la viuda no le importa renunciar, seria facil del piso quedaria un 25 % a cada hijo.
2.- si no quiere renunciar, 2 supuestos:
a) que se valore el tercio de usufructo en porcentaje, y asi le quedaria a cada uno lo suyo.
b) que se refleje en la escritura de herencia segun dice isd2.
a ver, 1/3 de la herencia en pleno dominio para cada hermano, correcto, ¿como dividimos el 1/3 restante en nuda propiedad?. es decir momo se divide la mitad del tercio en nuda propiedad entre dos hermanos, seria 1/6 en nuda propiedad?
si es para ellos, y la viuda renuncia como ya te he dicho la mitad para cada uno en pleno dominio.
si la viuda no renuncia, dile al notario que te saque los porcentajes.
haber empezado por ahi.
si, si no quiere ir al notario lo que yo haria es:
1.- mandar burofax diciendo que os diga cuando le viene bien firmar, y si no vais a procedimiento judicial.
2.- si no contesta o no quiere ir, teneis que ir a un proc de herencia en el Juzgado-
Corregidme si me equivoco... pero creo recordar, que si la viuda concurre con hijos del causante, sin que éstos hijos sean a su vez hijos de la viuda, los descendientes pueden optar por capitalizar el usufructo y pagárselo a la viuda.... no recuerdo si es disposición legal o desarrollo jurisprudencial... voy a investigar a ver si estoy en lo cierto...
Lo veo lógico y natural, para que quiere la viuda 1/3 en usufructo de la herencia de la mitad de una vivienda, no puede hacer uso del ya que en la vivienda hay otras personas, (la ex eposa ). Por lo tanto si no tuviese la facultad del 840 CC, el usufructo no serviría para nada, bueno si, para pagar a Hacienda.
Por lo tanto supongo que la viuda pedirá a los herederos que le paguen el 1/3 del usufructo de la herencia. Lo que yo veo y conociendo a las parte, es que se van a negar a pagar un céntimo.
Como se valora 1/3 en usufructo de la herencia, siendo la herencia la mitad de una vivienda?
Ejemplo: la vivienda se tasa en 200000€ la mitad es la herencia 100000€, por lo tanto 50000€ para cada hermano, pero ahora hay que pagar 1/3 en usufructo a la viuda ¿cuánto es eso?
El valor de una cosa, es la suma del usufructo mas la nuda propiedad. O dicho de otra forma, la nuda propiedad, es el total menos el usufructo. ¿Porqué se hace de la segunda forma? pues porque el valor del usufructo es variable, dependiendo de la edad del usufructuario. Es el porcentaje sobre el valor del bien correspondiente a 90 menos la edad del usufructuario.
Siguiendo tu ejemplo: si la herencia del 50% de la vivienda vale 100.000,- la viuda tiene derecho al usufructo de 1/3 (33.333,- en uso) ó capitalizar el uso de esos 33.333,-€. Supongamos que la viuda tiene 70 años, sería 90-70=20. Luego tendría derecho a recibir en dinero el 20% de los 33.333,-€ que son 6.666,66€.
Resumiendo, ó usa bienes por valor de 33.333,-€ ó se le entrega la cantidad de 6.667,-€.