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herencia a repartir.

33 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 33 comentarios
Herencia a repartir.
11/01/2013 12:59
Mi padre ha muerto y tenía un piso a medias con su primera esposa, somos dos hermanos, se volvió a casar y la segunda esposa dice que le pertenece parte de la herencia, que parte le pertenece a la viuda y a los dos hijos.
11/01/2013 13:51
Le correspondería al menos el usufructo de la mitad de la herencia.

Quedo a su disposición.

Motta&L Abogado
11/01/2013 13:54
De la mitad no, de un tercio....
11/01/2013 18:42
Y de un tercio de la mitad del padre.
Hijos: Propietarios plenos del 50% por herencia de su madre (3/6 del total). Mas, propietarios plenos de dos tercios del otro 50% de la herencia de su padre (2/6 del total), mas nudos propietarios de un tercio del 50% de su padre (1/6 del total).
Viuda: Usufructuaria de 1/3 de la participación de su marido en la vivienda (1/6 del total).
12/01/2013 16:17
no tendriamos que saber primero si tiene testamento???
12/01/2013 16:38
Lamento deciros que estoy más liado que al principio.

1- no hay testamento
2- la parte que hay que repartir es la mitad de una vivienda.
3 - Los herederos: 2 hijos y una viuda.
¿Que le corresponde a cada uno de esa mitad de la vivienda.

Expongo mi opinión: según la ley la herencia se reparte en partes iguales entre los herederos, es decir la mitad del piso se reparte entre los dos hijos es decir un 25% para cada hijo, dice el art.834 que el cónyuge que al morir su consorte concurra a la herencia con hijos tendrá derecho a 1/3 del usufructo destinado a mejora.

Por lo tanto la viuda tiene derecho un tercio del usufructo de la herencia. Si la herencia es la mitad de una vivienda ¿ qué parte de la vivienda le corresponde a la viuda y a los hijos.

A los hijos; a mi entender, le corresponde 1/4 de la vivienda, pero no puede ser en pleno dominio porque a la viuda le corresponde 1/3 de la mitad de la vivienda en usufructo.

Por lo tanto ¿qué parte de la vivienda le corresponde a cada heredero?
12/01/2013 16:44
Mo metáis a las madres en la herencia ya que no existen, estoy ablando de la herencia del padre (la mitad de una vivienda), la otra mitad de la vivienda no es de la viuda sino de otra persona que nada tiene que ver en este asunto.
12/01/2013 19:01
De pleno dominio un tercio a cada heredero de la mitad de la vivienda, y un tercio dela mitad de la vivienda en usufructo.
12/01/2013 20:06
Viuda: 1/3 en usufructo (1/3 de la mitad de la casa, o sea, del total de la herencia)

Hijos: 1/3 a cada uno en pleno dominio, y el tercio restante, a medias pero sólo en nuda propiedad (recordemos que ese es el mismo tercio que la viuda tiene en usufructo).

12/01/2013 20:07
Eso suponiendo que se aplique el derecho común y no uno foral....
13/01/2013 16:11
a ver; la teoria Martin la sabe, lo que quiere es saber como se hace en la practica.
varios supuestos:
1.- si a la viuda no le importa renunciar, seria facil del piso quedaria un 25 % a cada hijo.
2.- si no quiere renunciar, 2 supuestos:
a) que se valore el tercio de usufructo en porcentaje, y asi le quedaria a cada uno lo suyo.
b) que se refleje en la escritura de herencia segun dice isd2.

salvo mejor derecho




14/01/2013 11:39
a ver, 1/3 de la herencia en pleno dominio para cada hermano, correcto, ¿como dividimos el 1/3 restante en nuda propiedad?. es decir momo se divide la mitad del tercio en nuda propiedad entre dos hermanos, seria 1/6 en nuda propiedad?
14/01/2013 15:59
si es para ellos, y la viuda renuncia como ya te he dicho la mitad para cada uno en pleno dominio.
si la viuda no renuncia, dile al notario que te saque los porcentajes.
15/01/2013 09:47
Entiendo, el problema es que la viuda no quiere ir al notario, por lo tanto tendremos que ir al juez, y supongo que con todo muy clarito.
15/01/2013 10:10
Puedes llegar a un acuerdo, abonándole un precio por el usufructo, de esta manera tendrás el pleno dominio de la propiedad sin usufructuarios.
15/01/2013 11:34
haber empezado por ahi.
si, si no quiere ir al notario lo que yo haria es:
1.- mandar burofax diciendo que os diga cuando le viene bien firmar, y si no vais a procedimiento judicial.
2.- si no contesta o no quiere ir, teneis que ir a un proc de herencia en el Juzgado-
15/01/2013 14:11
Corregidme si me equivoco... pero creo recordar, que si la viuda concurre con hijos del causante, sin que éstos hijos sean a su vez hijos de la viuda, los descendientes pueden optar por capitalizar el usufructo y pagárselo a la viuda.... no recuerdo si es disposición legal o desarrollo jurisprudencial... voy a investigar a ver si estoy en lo cierto...
15/01/2013 14:14
Ah, pues no exactamente... es una facultad del viudo, no de los descendientes... art 840 CC.
16/01/2013 10:55
Lo veo lógico y natural, para que quiere la viuda 1/3 en usufructo de la herencia de la mitad de una vivienda, no puede hacer uso del ya que en la vivienda hay otras personas, (la ex eposa ). Por lo tanto si no tuviese la facultad del 840 CC, el usufructo no serviría para nada, bueno si, para pagar a Hacienda.

Por lo tanto supongo que la viuda pedirá a los herederos que le paguen el 1/3 del usufructo de la herencia. Lo que yo veo y conociendo a las parte, es que se van a negar a pagar un céntimo.

Como se valora 1/3 en usufructo de la herencia, siendo la herencia la mitad de una vivienda?

Ejemplo: la vivienda se tasa en 200000€ la mitad es la herencia 100000€, por lo tanto 50000€ para cada hermano, pero ahora hay que pagar 1/3 en usufructo a la viuda ¿cuánto es eso?
17/01/2013 10:12
El valor de una cosa, es la suma del usufructo mas la nuda propiedad. O dicho de otra forma, la nuda propiedad, es el total menos el usufructo. ¿Porqué se hace de la segunda forma? pues porque el valor del usufructo es variable, dependiendo de la edad del usufructuario. Es el porcentaje sobre el valor del bien correspondiente a 90 menos la edad del usufructuario.
Siguiendo tu ejemplo: si la herencia del 50% de la vivienda vale 100.000,- la viuda tiene derecho al usufructo de 1/3 (33.333,- en uso) ó capitalizar el uso de esos 33.333,-€. Supongamos que la viuda tiene 70 años, sería 90-70=20. Luego tendría derecho a recibir en dinero el 20% de los 33.333,-€ que son 6.666,66€.
Resumiendo, ó usa bienes por valor de 33.333,-€ ó se le entrega la cantidad de 6.667,-€.