raul2013.
En la renta de cada año, con un escrito a la Agencia tributaria, o un Notario etc. en un momento dado se figura una aportación especial a la sociedad de gananciales, haciendo constar que ese dinero procede de una herencia privativa.
En las Sociedades Limitadas o anónimas, cuando un socio, aporta un dinero como préstamo a esa Sociedad, se ha de figurar en el Impuesto de Sociedades Anual, para que en años posteriores, la agencia tributaria, cuando ese dinero prestado por el socio se le vaya devolviendo, no le imponga ninguna sanción por no figurar ese retorno a su poder.
Cuando hay varios heredaros y los padres le prestan dinero a uno de ellos por ejemplo, se ha de dejar constancia del mismo, para que se vea que es un préstamo con o sin interés y no una donación camuflada, si no se hace bien ,pues es entonces cuando viene Hacienda con las rebajas por no haberlo hecho constar.