Hola, mi caso es el siguiente. Trabajo en Consum, no soy socia todavía. Me hice un esguince fuera del trabajo y llevo de baja desde Noviembre. Me llamaron en Febrero de mi trabajo para que dijera que fecha de vacaciones me interesaba, tanto las de invierno como las de verano. Solo puedes elegir una de ellas, así que elegí las de invierno, para Abril, dando por echo de que estaría recuperada. A día de hoy sigo de baja. El viernes me llamó mi jefa que tenía que ir a firmar las vacaciones. Mi sorpresa fue que me han puesto las vacaciones para ahora, para el 16 de Marzo. Cuando todavía no sé si me darán el alta para esa fecha. Les pregunté si en el caso de que no me dieran el alta perdía las vacaciones y me dijeron que sí. Osea que ni las cobro ni las disfruto después de la baja. Me gustaría saber si eso es legal, si lo pueden hacer. Mi jefa me dijo que era una norma de la empresa de hace muchos años, sin embargo compañeras que llevan muchos años en Consum me han dicho que es la primera vez que lo ven. Muchas gracias por la ayuda.
¿Tenéis Comité de Empresa?, porque podrías preguntarles a ellos si realmente en vuestro convenio colectivo figura algo parecido. Ahora bien, la ley (el Estatuto del Trabajador) en el art. 28.3 párrafo 2 dice claramente: “"En el supuesto de que el período de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias distintas a las señaladas en el párrafo anterior (embarazo, el parto o la lactancia natural) que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural a que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado".
Por lo tanto, lo que tú si tendrías que hacer en este caso es: en cuanto tengas el Alta, disfrutar inmediatamente de las vacaciones de invierno (sea la fecha que sea en la que te concedan el Alta). Pero como ves que el tema se está enrareciendo, yo acudiría al Comité de Empresa o algún Sindicato (que conocerán la Ley que te mencionado) para que sean ellos quienes hablen con tu jefa.
Muchas gracias por responder tan rápido. Las vacaciones las tuve que firmar porque no estaba segura del tema. No estamos acogidos a ningún sindicato, es una cooperativa, tenemos representante social. Mi contrato es de 30 horas. Estoy indefinida, llevo 2 años trabajando en Consum. Al decirme que las perdía mi sensación fue que me van a despedir. Si fuera así, podría reclamar?
Desgraciadamente, y en mi opinión (otra persona puede darte la suya), en este país el despedido es libre y estar de baja no es un freno para ello. Otra cosa sería que estuvieras de baja por embarazo, lactancia o algo así pero por enfermedad (como te digo, en mi opinión) sí pueden hacerlo.
No sé muy bien qué ha querido hacerte la empresa obligándote a firmar las vacaciones estando en situación de IT.
En teoría si no se disfrutan las vacaciones, éstas son pagadas con el finiquito, pero tú misma has dicho que te han hecho firmar las vacaciones y tampoco tienes muy claro por qué lo han hecho. Tal vez vuestro Convenio Colectivo regule que si las firmas las pierdes.
Lo ideal sería que conocieras el Convenio Colectivo que os regula.
No existe ningún. Convenio que diga tal cosa, los convenios mejoran las condiciones del Estatuto ya que éste es una ley de mínimos, si algún convenio fijase algo así estaría contradiciendo la ley.
Sobre las vacaciones aunque las haya firmado no las pierde, debe usted interponer una demanda ante el juzgado de lo social de forma inmediata y los asuntos de vacaciones se resuelven con bastante rapidez, tras lo dicho, primero estando de IT las vacaciones quedaran pendientes hasta que tenga usted el alta médica, segundo debe ser usted conocedor de los periodos de disfrute con al menos dos meses de antelacion, tercero, eso de que 15 días los elige la empresa y los otros 15 el trabajador, NO es cierto, las vacaciones deben ser negociadas y puede darse el caso de que sea el propio trabajador quien fije la totalidad de los días.
SMO
Muchas gracias por contestar. Me encuentro en una situación complicada. No se muy bien cómo actuar. Creo que me despedirán. Esperaré a que me den el alta. A ver qué pasa. Gracias.
Si estás de baja, estás de baja. Cuando te den el alta, si ya han pasado las fechas de vacaciones que tenías firmadas, pues las vuelves a negociar con la empresa, ya que tienes derecho a disfrutarlas.
Si por las buenas no hay arreglo, entonces es cuando hay que ir por las malas para fijar las fechas.
Por otra parte, la decisión de despedir a un empleado es totalmente unilateral por parte del empresario. Tendrá que motivarla y pagar lo que corresponda o no en función de lo que alegue y pueda demostrar. O apechugar con un despido nulo si se dan las condiciones.
Hola, muchas gracias por responder. Haré eso, aunque la respuesta va a ser la misma y se que si reclamo me despedirán. Voy a tener que aguantar lo que me hagan. Si todo esto es porque al final me despiden, entonces reclamaré. Ya me habrán quitado el trabajo así que no tendré nada que perder. Muchas gracias.
Pero hay unos plazos, si deja pasar la reclamacion de vacaciones y en un futuro la despiden posiblemente haya pasado la posibilidad de reclamar las vacaciones, ya que por un lado le imponen vacaciones en el mes de marzo y usted firma las mismas por lo que si notificadas las mismas pasan 20 días ya no podrá reclamar las mismas.
SMO
Buenas tardes, hoy he recibido un burofax de Consum con un despido disciplinario, aun sigo de baja, iba a coger el alta voluntaria mañana. Ahora ya sé porqué me hicieron firmar las vacaciones. ¿puedo hacer algo? muchas gracias.
Firmadas o no, no importa usted aún esta de baja cuando empiece a trabajar deben darle las vacaciones, como ya sabe que la despiden deben pagarle las vacaciones en el finiquito.
En cuanto al despido le imponen un disciplinario el cual debe impugnar para que sea declarado improcedente ya que no hay justificación para el mismo para hacer un despido disciplinario, la única justificación, (que claro no pueden poner porque seria nulo), es que se ha quedado usted de baja, (como le digo esto no lo pondrán en la carta de despido), pondrán algo así como bajo rendimiento.
Ya sabe en el finiquito deben pagarle las vacaciones así como la parte proporcional de pagas extra, (salvo que perciba estas prorrateadas) y la nómina del último mes trabajado y luego por lo que corresponde al despido si es disciplinario calificado de improcedente 33 días por año trabajado.
Firme como no conforme y busque un sindicato, abogado o graduado social.
SMO.
Por cierto, pueden darle un despido objetivo con 20 días de salario indicando una situación de crisis en la empresa y como para ello deben notificárselo con cierta antelación, lo que me parece es que la despiden cuando le den el alta tendrá 15 días de vacaciones y luego finalizará su cto.
Bien si le hacen esto, seguramente no podrán demostrar esa situación de crisis por lo que el despido sera nuevamente de 33 días/año, usted firme NO CONFORME y ponga la fecha de su puño y letra y entonces como las vacaciones serán impuestas el periodo de disfrute de las mismas no se las pagaran en el finiquito con lo que debe disfrutar las mismas pero interponer reclamación, como ya le dije, porque se han saltado la negociación de las mismas mediante acuerdo, de esta forma disfrutará esas vacaciones y a su vez tendrán que pagárselas.
Bueno todo esto dígaselo a su abogado y el sabrá como actuar.
Hola, buenas tardes. He hablado con un abogado, me ha dicho que tengo que firmar "No conforme" para poder ir al acta de conciliación. Mi pregunta es, ¿puedo acceder a un abogado de oficio? No me van a pagar mucho y no puedo asumir los gastos que me supone un abogado. Y cuando firme la documentación, aunque ponga "no conforme" podré apuntarme al paro para buscar empleo y cobrar el paro?. Muchas gracias.
Hola!! Me podrias decir como qdaste?? Esq a mi me a pasado algo parecido.. mis vacaciones fueron en octubre pero llevo d baja desde agosto.. y vuelvo en enero.. asi q dos semanas no pude disfrutarlas..