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Finiquito con indemnización de 20 días

30 Comentarios
Viendo 21 - 30 de 30 comentarios
09/11/2011 04:19
Buenas a tod@s de nuevo:
Como bien me previno archilla, después de varias reuniones (una la tengo grabada parcialmente con el móvil) en las que el empresario me aseguró que me llamaría en Abril para reincorporarme en mi puesto, me paga mi última nómina y mis vacaciones, al día siguiente me ntrega el certificado de empresa y me encuentro con que no tengo fecha de reincorporación y en la causa pone DESPIDO DEL TRABAJADOR. Además la fecha de alta en la empresa no coincide con la antigüedad reconocida en las nóminas (62 meses menos).
Ya tengo cita con abogado de sindicato para demandar por despido y otra cita para reclamar diferencias salariales y horas extras no cobradas ni disfrutadas (ni cotizadas).
Obviamente dado el trato recibido no querría volver a trabajar en esta empresa, mi pregunta es si puedo pedir despido improcedente directamente o si es el juez el único que puede decantarse por despido nulo o improcedente (caso de ganar).
Muchas gracias por vuestra atención.

Un saludo.
09/11/2011 08:07
Hola Villo, tu pones la demanda, y luego se lo tienes que demostrar al juez para que él decida.Creo que si es nulo, decides tú si te reincorporas, o te indemniza como improcedente.
Viendo como actua éste tipo y sabiendo que después de tus reclamaciones no va a contar contigo, podias hacer una visita a la inspección y contar todas las irregularidades empresariales que has visto durante todo el tiempo trabajado. Se le quitarán las ganas de tratar a otro empleado igual.
"Recuerden que el eslabón más alto que pude alcanzar la especie humana es ser revolucionario."
09/11/2011 11:05
No, si es nulo es nulo, y se tiene que reincorporar, y si es improcedente decide la empresa.
SALUDOS.
09/11/2011 16:26
Muchas gracias nolon y Vegas, la cosa es que siendo nulo o improcedente, si me tengo que reincorporar, al estar el hotel cerrado hasta Abril ¿En qué situación quedaría yo? ¿Seguiría en el desempleo hasta mi reincorporación?
Tengo el formulario de denuncia de la Inspección de trabajo. no la he rellenado todavía para ver como se desarrollan los acontecimientos y por que hay un compañero que se vería perjudicado al estar trabajando en otra empresa y hacernos los turnos de descanso cobrando en "B". No querría perjudicarlo si no fuese absolutamente necesario porque le tengo aprecio.
Gracias de nuevo a los dos y un saludo.

P.D.: nolon, me gusta tu cita del final ;)
10/11/2011 08:16
Vegas, tienes razon. El despido nulo tendrá el efecto de la readmisión inmediata del trabajador, con abono de los salarios dejados de percibir.
P.D: Ernesto "che" Guevara.
11/11/2011 20:51
Villo

¿no tienes bastante con que te ha engañado a ti y le sigues perdonando todo a ese "empresario"?
No lo entiendo, queremos que se hagan las cosas bien pero miramos para otro lado cuando a otro le pagan en B. Pues nada, tú decides.

Al final sabia que te iva a pasar eso: despedido y sin indemnizacion y encima le habrás firmado el tipico papelito en el que pone que has cobrado todo en efectivo y que no tienes nada que reclamar.
Y eso que estabas avisado. Lo siento, de veras.
14/11/2011 01:30
@ archilla:
No, no, al que no quiero perjudicar es al compañero que viene a hacer los descansos, al empresario, no le tengo la más mínima compasión y voy a denunciarlo por el despido y por las diferencias salariales y horas extras, según mis cuentas unos 18.000€, si por eso le meten un rabo que se le enciende el pelo... ¡pues que se lo hubiese pensado antes! Yo lo único que he firmado ha sido la nómina de Octubre y una anotación a mano en la misma que indica que he cobrado las vacaciones de 2011, nada más. Ha sido al ver el certificado de empresa que me he dado cuenta de lo del despido, no ha habido ninguna comunicación ni oral ni escrita del despido, ni indemnización ni finiquito. Así que no tengo ninguna intención de dejarlo pasar, o me da todo mi dinero o que sea el juez el que diga que hacemos, lo que tengo claro es que si el juez me obliga a reincorporarme, no voy a regalarle ni una hora extra al enterado este, que en los últimos 6 años al ritmo que he trabajado, le he regalado nada menos que ¡ 69.000€ ! cuando he hecho las cuentas me ha entrado una mala leche... y yo sin llegar a fin de mes todo este tiempo... en fín, la culpa es mía y solo mía por no haberme informado de mis derechos hasta ahora. Muchas gracias a todos por vuestra ayuda y apoyo, de verdad que me habéis dado unas fuerzas que no tenía, aunque pierda en el juicio, por lo menos habré tenido la oportunidad de luchar y defenderme.
Ya os iré informando de como va todo.
Un saludo.
22/11/2011 17:02
Buenas de nuevo.
Ya está puesta la papeleta de conciliación (creo que se dice así) y tengo firmada la demanda por despido caso de no haber aveniencia. La abogada que me ha tocado en el sindicato es ..... le digo que incluya en la demanda que fuí dado de baja el 31/10/2011 pero que yo trabajé el 01/11/2011, que se me tendrá que abonar y cotizar (encima era festivo) y me dice que bueno, que un día más tampoco importa mucho, le digo que este día en especial sí que importa porque a efectos de indemnización computa como un mes más trabajado... me mira como si yo estuviese loco y me dice que dónde he leído yo eso, que eso no es así de ninguna de las maneras (shit you little parrot) le digo que en el ET, que no sé el artículo pero que lo dice el ET y me dice que no, que eso es la 1ª vez que lo oye y que estoy equivocado. Bueno, ella es la abogada, entonces le pregunto por la hipótesis de que mi jefe me ofrezca readmitirme y caso de yo negarme... en ese momento me dice que de ninguna manera puedo negarme porque es lo que yo le reclamo y si se retracta del despido entonces no ha habido despido y no hay salarios de tramitación. (Shit you little parrot otra vez) Le pregunto por la posibilidad de que habiéndome readmitido llegue la fecha de reincorporación y no me contrate si entonces se generarían salarios de tramitación desde el primer despido (31/10/11) y me dice que no, que desde el 1 de Abril (Shit you little parrot hasta las cejas) por supuesto voy a pedir el cambio de abogado porque lo de no conocer el art. 56.1 del ET tiene delito, y decir que si se retracta DESPUES DE SER EFECTIVO EL DESPIDO no ha habido despido... hasta le llevo jurisprudencia del STS para que se la lea y no me mire ojiplática como si yo pretendiera que la luna está habitada por ratones blancos de 100 kilos de peso.
En fín, mi consulta de hoy es si estoy obligado a aceptar la readmisión en el CEMAC o puedo forzar el ir a juicio.
Caso de que sí, si el jefe incumple en Abril si los salarios de tramitación se pueden pedir desde 31/10/11.
Muchas gracias por vuestra atención.
Saludos.
22/11/2011 19:24
No estas obligado a aceptar en CEMAC
Respecto a lo de que por trabajar un dia mas te corresponda un mes mas pues NO es así.

Pues que se lea el art. 56
Pide un presupuesto previo, no te vayas a llevar luego una sorpresita a la hora de pagfar a la abogada
22/11/2011 22:22
yo tengo un caso parecido necesito que me ayuden
23/11/2011 03:50
Muchas gracias archilla, lo del día = mes más ya lo he entendido, sería un mes más si además de X meses completos hubiera algún dia suelto, este día o días serían computados como un mes más a efectos de indemnización.
Con respecto al presupuesto, como es en CCOO, supuestamente es del 8% al 11% según se solvente el asunto en un estadío o en otro.
Y sobre los salarios de tramitación, ya sea en CEMAC o en juicio ¿Se generarían?
En caso de acordar readmisión y no cumplirlas en Abril ¿Habría salarios de tramitación desde 31/10/11 o solo desde 01/04/12?
Muchas gracias de nuevo por tu inestimable ayuda.

Saludos.