Hola foreros, muchas gracias por las aportaciones que hacéis.
Yo me encuentro en una situación parecida a la de francolla, pero mi hija de 20 años ha iniciado la universidad este curso.
Me separé de mi mujer, hace 11 años. Evidentemente le dieron la guarda y custodia de los dos hijos menores y le asignaron la vivienda familiar (libre de cargas) por ser la custodia. Ahora la pequeña tiene casi 20 años.
El pasado verano le comenté a su madre de hacer la división de gananciales y vender la casa
Ella me dijo que esperara a navidades para reunirnos. Mientras tanto ella iba a tasar la vivienda y ver que opciones tenia para poder comprar mi parte.
En navidades la volví a contacta para saber en que fechas nos podíamos ver. Me contesto que no hacia falta que nos viéramos. Que le habían tasado la casa (150 mil euros menos del valor real). Y que como la casa aun servía para el destino fallado en la sentencia de divorcio (uso de la hija menor) compraba mi parte al contado por valor de un cuarto sobre el precio real. Y que me pusiera en contacto con su abogado para tratar el asunto.
Como sigue amparándose en que lo que le dio un juez se lo debe de quitar otro juez. A no ser que yo acepte sus condiciones y que prácticamente le regale mi 50%, he decidido ver la posibilidad de solicitarlo judicialmente.
De perdidos al rio. Para que me lo quite ella que me lo quite el juez. También saldrá ella perdiendo porque solicitaré la venta de la casa y ella no tendrá mas remedio que soltarla o pagar por su valor real. Para que ninguno de los dos salga ganando por encima del otro.
Francolla me interesa mucho saber como te va.
Yo de momento estoy tanteando el tema con el abogado que me llevo el divorcio.
Exactamente la misma situación que la mia. No renuncies a tus derechos. Pero para poder pedir la división de la cosa común primero tienes que hacer la liquidación. Yo he solapado las dos cosas: liquidación y modificación de medidas solicitando el cese de atribución en dos procedimientos distintos. Las dos contenciosas.
Yo no estoy muy metido en esto, solo lo que voy leyendo en el foro y lo que se ha colgado aquí.
Podrías explicarme mejor como funciona esto? Se puede iniciar los dos procedimientos al mismo tiempo?
Creía que solo con la modificación de medidas, solicitando el cese de atribución del uso, ya era suficiente para poder forzar la venta o extinción o la división del ppor parte de ella (yo no me opongo) de mi 50%
El uso sin plazo, es una expropiacion, quien va a querer comprar algo a un precio justo que previamente ya expropio?. Esto es una aberracion juridica, lo logico y justo es demandarle a la justicia que el uso se adjudique de forma alterna a ambos propietarios, es posible, es legal y ya no se puede alegar ese interes del menor que siempre es el interes de la madre en quedarse gratis un bien de elevadisimo valor y por cuanto mas tiempo mejor, o empezar a pedir daños y perjuicios, podria ser una via, aunque el derecho de familia no comtempla estas cosas, es evidente que quitarle a alguien el uso de su propiedad le ocasiina un perjuicio y algun dia, alguna asociacion va a tener que juntarse y mover reclamaciones de afectados, la ley si contempla indemnizaciones por daños y perjuicios y esto que lleva pasando mas de 40 años es un flagrante caso de daños morales y patrimoniales.
Mi problema es que debido a la crisis solo he encontrado trabajo fuera. Por lo que compartir la casa por periodos es una alternativa que yo no puedo aprovechar. De todas maneras, entiendo que tanto si uno es propiedad del 100% o 50%, el derecho es el mismo sobre su participación. Lo que es aberrante es el chantage que hace de que si lo quieres bien y si no te ...odes como dijo Herodes.
La casa vale por dos pisos y sobra dinero. Y mientras ella disfruta gratis de la vivienda (que aun siendo a nombre de los dos, la pague toda yo ya que ella durante el matrimonio no trabajó)
Yo vivo de alquiler con mi nueva familia y tengo un hijo de 6 años enfermo. Al que no puedo darle las mismas facilidades que me he visto obligado a dar a mis hijos mayores por imperativo legal y dejándome a mi en la miseria.
Solo quiero justicia y que ella haga lo que le de la gana con su parte, pero no con la mía.
El favor filis es solo para algunos hijos del pater, lo que demuestra indudablemente que lo que prima s el favor matris, solo con ese dato ya es irrebatible. Hijos de primera hijos e segunda, no tienen igual favir filis
Perfectamente se puede vender la vivienda sin hacer la liquidación. El problema está en que mientras uno de los cónyuges tenga la atribución, por el hecho de tener casa gratis, por joder al ex o por puro egoísmo (suele ser por los tres motivos a la vez) se va a negar a la venta. La única forma de que la vivienda se venda en estos casos de hermetismo es la extinción de esa atribución y la tiene que proporcionar un juez. En mi caso la liquidación es un mero trámite que no impide a mi exmujer seguir haciendo uso de la vivienda, puesto que como es casi nuestro único bien se va a declarar en proindiviso.
Espero haberte aclarado algo...
Cierto, atribucion de uso, derecho de abuso, se usa a los hijos para conseguir cosas gratis, y los puñeteros politicos ni se les ocurre debatir, que pierden votos. 40 años de expolios deberian ser suficientes para que movamos el culo
http://www.sepin.es/familia/VerDoc.asp?referencia=SP/DOCT/18396&cod=0010fA1DE0GB0Lj1iR0HG01g0G90H603D0m109Q01i00q07b0Le1ic07b01g1yz0JQ0FX2930Cp2MQ1jV
Lo encontré, aquí lo pongo de nuevo, para quien le interese.
Buenas tardes a todos los foreros.
Me encuentro en el caso de que mi hijo pequeño cumple 18 años el mes que viene. Llevo seis años divorciado y la madre tiene la custodia y la casa que es de los dos. En la sentencia de divorcio pone que la vivienda será "para uso y disfrute de la esposa y los hijos, hasta que legalmente o por alcanzar la independencia económica de los hijos...."
Me han comentado unos amigos que ultimamente se extingue el uso al alcanzar los hijos la mayoría de edad y me gustaría saber si este puede ser mi caso y que tramites seguir.
Muchas gracias por adelantado.
Veninox y abogados y demás quien pueda opinar sobre esto: me ha llegado la contestación a la contestación a la demanda de su abogado, referente a la ocupación de mi piso. Alcanzar la mayoria de edad legal no conlleva automaticamente la posbilidad de que los hijos puedan obtener la independencia eonomica pues estan en edad de estudiar, me pregunto si esto de la independencia eonomica para recuperar el piso no se mantiene en el caso de estudiantes aunque sean mayores de edad, me gustaria recibir comentarios al respecto. Saludos
Muchas gracias Veninox por colgar tanto material. La última sentencia es muy buena y tendría que estar muy claro para todos los jueces.
Francolla, no se si la has podido leer pero está muy bien desarrollado el Fallo y no tendría que haber dudas. No te desanimes, el abogado de la otra parte puede decir misa.
Lo que manifiesta el abogado contrario en su contestación a la demanda, es que no se puede aplicar de forma automática nada, es decir, el alcanzar la mayoría de edad, no conlleva que automáticamente se tenga independencia económica, menos si están estudiando, por lo cual siguen con la atribución del uso de la vivienda, si no se pacto otra cosa.
Carmen dominguez Alonso, gracias en contestar, entiendo que mi hijo siga con la atribución de la vivienda y no voy contra mi hijo, la que quiero que se vaya de mi piso privativo es su madre ya que ya desaparece la custodia, es esto legal o es ilegal lo que expongo, es decir, tengo derecho a que la custodia finalice su trabajo en mi casa y volver yo a mi casa? podían darme su opinión? gracias
Y en el caso d vivienda privativa del padre y llegada la mayoria d edad d los menores,que dice la ley al respecto?? Yo no quiero que mis hijos tengan que abandonar la casa si no quieren, pero si mi ex que deberia tener tiempo d buscarse la vida en 10 años que habra tenido llegado el momento.