Alguien me dijo que hoy de día en España (como ya es posible en otros países) se pyede excluir hijos de tu herencia a base que durante x tiempo estos hijos nunca han venido contacto contigo.
Es cierto? Y si es así, cual son las condiciones?
Y si no es, se debe que dar siempre algo a un hijo mínimo, aunque está persona única te ha contactado, ayudado,...?
Creo que si había alguna amenaza se puede hacer?
En España, puedes excluir a un hijo de tu herencia mediante desheredación, pero solo por causas legales específicas como delitos graves contra el testador. La desheredación debe estar claramente justificada y documentada en el testamento. Los hijos tienen derecho a una "legítima" que no se puede eliminar sin causa válida. Si hay amenazas o violencia, esto puede ser motivo para la desheredación, pero siempre se debe cumplir con los requisitos legales y el procedimiento adecuado.
La falta de relación no es (per se) causa justificada para desheredar a un hijo, aunque en según qué caso la falta de relación (siempre que sea imputable a los hijos, y dependiendo completamente del caso particular) se puede interpretar como "maltrato de obra", y en este caso sí se trata de una causa de desheredación de herederos legítimos.
Es decir, de forma automática y solo porque lo diga el testador, rotundamente no, pero sí puede ocurrir, si el testador deja prueba y constancia de ello y la causa de esa falta de relación es enteramente imputable al heredero.