En la misma operacion se puede hacer todo, se pone la escritura a vuestro nombre y se efectua la venta.
Es necesario que se ponga la escritura primero a vuestro nombre y despues a la del comprador por el principio del tracto sucesivo. El notario le asesorara es una cuestión muy simple que no tienen la mayor importancia.
Es posible vender sin cambiar la titularidad de las escrituras?
En 1999 falleció mi padre, quedando como herederas mi hermana y yo. Dentro del plazo estipulado acudimos con toda la documentación ante la Junta de Castilla y León para hacernos cargo de la herencia. Como mi padre sólo dejaba una vivienda, se nos eximió de un 95% en los impuestos.
Después de esto y como no teníamos intención de hacer nada con la casa no escrituramos a nuestro nombre, dejándolo para más adelante.
Pero ahora, la casa previsiblemente se venderá a un constructor para hacer pisos y seguimos sin tener las escrituras de la misma a nuestro nombre. Mi pregunta es la siguiente: ¿tenemos que pasar por el notario para ponerla a nuestro nombre antes de los trámites de venta? ¿Podemos vender y hacer los trámites (pagar los gastos de notaría o lo que sea necesario para cambiar la titularidad) en la misma operación?