Joege M,enhorabuena, has hecho las cosas bién y por eso te sale todo bién.Lo de irte tú de la csa no es lo más justo,pero los jueces a veces no saben por donde tirar y si hay un bebe por medio habras pesado mucho.Te aconsejo q hagas maletas cuanto antes para,en una situación así los problemas viene solos y sin buscarlos dejando la casa los evitas y la salud mental es lo primero.Te deseo lo mejor en tu nueva vida.Un abrazo y felicidades de nuevo.
Una pregunta tonta: ¿ Hay hipoteca en la casa ?.
En el caso de que la haya: ¿ Ha dicho quién la tiene que pagar ?.
Parece tonto, lo de la custodia compartida la tienes que pagar tú, que tienes que poner dos casas.
Respecto a la fecha de tu salida, qué se lo pregunta ella al Juez, que es la que tendrá interés en que tú salgas de casa.
No vayas de listo por la vida. Qué sea ella la que te lo diga, pero no con sus argumentos, sino con los del Juez. Y si se enfadan, ambos, es su problema. ¿ O no ?.
Veo que hay hipoteca, cosa que no había leído. Dado que tienes que pagar la mitad, te sugiero que vayas al banco o caja, les digas que el juez ha dicho que tienes que pagar la mitad de la hipoteca. Por tanto, lo que corresponde es que el banco o caja divida lo que se debe en dos, y tu pagas la mitad, desde una cuenta a tu nombre.
NO ACEPTES CUENTA COMPARTIDA EN QUE CADA UNO INGRESA UNA PARTE.
Eso es fuente de conflictos.
Hay una orden judicial, pues que el banco o caja la cumpla. Dirá que a ellos no les llamó el juez, pero ese es problema del juez, no tuyo.
Ingresar los dos en una cuenta no va a ser más que fuente de conflictos.
Traslada la sentencia al banco o caja.
TU PAGA TU PARTE Y RECIBE JUSTIFICANTE DE TU 50 %, EL OTRO 50 % NO ES TU PROBLEMA. NO LE COJAS.
LAS SENTENCIAS LAS DEBEN CUMPLIR NO SOLO LOS PADRES, SINO TAMBIEN LOS BANCOS Y CAJAS.
Créeme, en una cuenta en que ingresais los dos........................ UFFFFFFFFFFFFFFF.
Al tiempo.
Además, eso va a complicar la liquidación de gananciales.
Minutas y minutas de abogados. Ellos y los jueces sólo entiendes de sus minutas y sus sueldos, pero de tu liquidación de gananciales, ni papa.
Al tiempo, y me gustaría equivocarme.
En caso de herencia, en que se recibe un préstamo hipotecario, se puede dividir el préstamo entre los herederos, aunque la hipoteca es una para toda la propiedad.
Fereto, me temo que lo de la hipoteca no es problema del juez ni del banco. Dudo mucho que éste les permita hacer los ingresos por separado; si alguien conoce precedentes, estaría bien saberlo.
Me temo que los bancos y cajas deben empezar a reflexionar si las hipotecas, después de un divorcio, en que se ha expulsado a un/uno de los pagadores de la deuda, son HIPOTECAS BASURA.
Me temo que hay cláusulas que podrían utilizar los bancos y cajas, para, en estos casos, exigir la cancelación de las deudas que garantizan dichas hipotecas. Pues que lo hagan, y la sentencia no valga para nada. Expulsen a la mamá y a los niños. Creo que hay tres millones de viviendas vacías en España. ¿ O es que eso no es así ?. ¿ O sólo aceptan de las leyes y de las sentencias lo que les interesa, y cuando les interesa ?.
Hasta ahora, no han querido meterse en estos fregados, porque es lo más cómodo, pero, claramente, los intereses no sólo de esas entidades, sino de sus clientes, accionistas y sistema financiero quedan afectados.
Donde antes se pagaba, justito justito, la deuda, ahora hay más gastos, por dos viviendas, dos recibos de luz, gas, etc.
Por poner un ejemplo, en caso de subasta de una de estas viviendas. Si la decisión judicial en que se adjudica la vivienda, con niños dentro, la da un juzgado de violencia de género, estimo que la subasta se hace en uno de primera instancia, que es el que tendría que decidir sobre el derecho de estancia de esos niños, normalmente con la madre. Lo que estimo no podría hacer. Vaya lío.
Por lo que el que se queda con la vivienda, ¿ a qué juez se debe dirigir ?. Primero, no sabe nada, normalmente, de qué juez es competente, pues no indagan, normalmente, los bancos y cajas, sobre estos temas, con perjuicio de todos.
Muy bien, no es problema de juez. Bueno. No es problema del banco. Bueno.
Pero tampoco es problema del que es expulsado de su vivienda, que lo único que quiere es cumplir la sentencia que él no ha impuesto, sino un juez.
Lo que tiene que hacer esta persona es abrir cuenta a su nombre e ingresar su parte del pago de la deuda, y exigir que le den recibo por su mitad pagada.
El banco o caja podría exigir, primeramente, que la sentencia o decisión judicial sea inscrita en el Registro de la Propiedad. Bueno, pues se hace.
Si al primer pago no se le da recibo por su mitad, burofax al banco o caja, exigiendo que se cumpla la decisión judicial, o no se ingresa más, hasta que lo diga un juez, pues no hay negación de pago, sino que le banco no quiere cumplir una sentencia judicial. YO PAGO MI MITAD, QUIERO MI RECIBO POR MI MITAD. La otra mitad, en principio, no es mi problema. Y punto.
Este no es un problema entre padres. Es un problema entre una sentencia y el banco o caja.
No quiera el banco o caja crear tensiones entre padres, que es lo que van a contar a la otra parte.
Esto es lo que dice el artículo 1860 del Código Civil:
"La prenda y la hipoteca son indivisibles, aunque la deuda se divida entre los causahabientes del deudor o del acreedor."
Es decir, el Código Civil sí que contempla la división de la deuda, pero no de la hipoteca. Esto es lo que se debe exigir al banco o caja. Ni más o menos.
El problema viene porque el Juez ha debido comunicar al Banco la existencia de un proceso en que se habla de sus intereses, tal como indica el artículo 150.2 (Notificación de las resoluciones y diligencias de ordenación) de la Ley de Enjuiciamiento Civil:
" Por disposición del tribunal, también se notificará la pendencia del proceso a las personas que, según los mismos autos, puedan verse afectadas por la sentencia que en su momento se dictare. Esta comunicación se llevará a cabo, con los mismos requisitos, cuando el tribunal advierta indicios de que las partes están utilizando el proceso con fines fraudulentos."
Ni los jueces lo hacen, ni los bancos y cajas quieren saber nada, pero ahí está el origen de este problema, que no es de un cliente con el banco o caja. Ni un problema entre padres, como trasladan los bancos y cajas el problema.
Bueno, si el banco o caja, no quiere cumplir la decisión judicial, que lo haga. El siguiento paso es que o bien paga la concesionaria de la vivienda toda la deuda, o se subasta la misma.
El que tenga que arreglar el tema, pues que lo haga, pero no el que quiere cumplir la sentencia:
PAGO MI MITAD, QUIERO MI RECIBO POR LA MITAD. Y PUNTO.
Se podrìa hablar de los problemas que ocasiona pagar el total de la deuda en una cuenta conjunta, pero de eso se puede hablar en otro momento: RETRASOS DE UNA DE LAS PARTES, COMISION POR ESE RETRASO, IMPOSIBILIDAD DE HACER AMORTIZACIONES ANTICIPADAS, ETC.