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Dudas herencia.

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21 Comentarios
Viendo 21 - 21 de 21 comentarios
12/08/2012 21:17
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
13/08/2012 13:01
Hola,

Si mikel vive en comunidad autónoma donde la legislación aplicable es el derecho común, el usufructo es susceptible de capitalizarse, es decir de valorarlo, pagarlo y extinguirlo, sugiero la lectura del art. 839 del CC "Los herederos podrán satisfacer al cónyuge su parte de usufructo, asignándole una renta vitalicia, los productos de determinados bienes mutuo acuerdo y, en su defecto, por virtud de mandato judicial."

Como opinión personal, no pretendo entrar en polémicas, pero que las opiniones de Nuria son siempre acertadas se aprecia perfectamente en todas y cada una de sus intervenciones y, en cuanto a lsd2, quien aún no es abogado, como él dice está en proyecto, sus opiniones, también suelen ser muy acertadas.

wolfang ¿qué quiere decir con esto " A pesar de todo sigo pensando que eres una buena letrada al menos " TEORETICAMENTE HABLANDO "?

Se refiere usted ¿a que es buena profesional en teoría?, demuestra que es una excelente profesional y todos -me incluyo- aprendemos de ella y de cada una de sus intervenciones, si perdemos tiempo, para tratar de ayudar, al menos, de una idea general, aunque indubablemente el forero consultante tendrá que acudir a un abogado, quien a la vista de sus circunstancias le asesorará ya de una manera más completa y personal.

ES cierto que estamos en un foro público, donde la participación es libre, pero no por ello debe descalificarse a nadie, especialmente profesional, porque ello da motivo para abandonar el foro, como ha ocurrido ya numerosas veces con abogados muy válidos que se marcharon por intervenciones desagradecidas, descalificaciones - en ocasiones muy degradantes- que nadie tiene ningún derecho a decir, por mucha libertad de expresión que exista.

Respetemos a todos y cuando digo todos, también a los profesionales del derecho.

Un saludo y haya paz