y reitero que Sepet confunde la velocidad con el tocino. No es lo mismo ejercer la defensa de alguien acusado de fraude que el asesorar sobre como cometer un fraude.
No es lo mismo ser contratado como abogado por un inculpado por asesinato que asesorar en cómo cometer un asesinato y poder quedar impune.
Y por encima de todo eso, entiendo que un un foro de derecho no es de recibi asoserar sobre como cometar un fraude.
Es cierto que a menudo los consultantes plantean casos que desconocen que pueden implicar un fraude (ya sabéis, lo de "mi paro.." "si mi cuñado me contrata un par de días aunque sólo sea para estar de alta..." ). Cuando eso ocurre y aunque sea para su sorpresa, se les informa que lo que pretenden es un fraude y punto.
Y en este caso, aunque es cierto que cada uno podemos estar especulando sobre la realidad de situación expuesta por el consultante, lo que sí queda claro es que tenía (su amigo y él) una confusión de base y es que en caso de dimisión o baja voluntaria, por mucho tiempo que lleve cotizado, "no corresponde paro".
A partir de ahí, el resto ya son conjeturas, pero si, "curiosamente" es su hemano quien le va a contratar "justo unos meses" en un bar... y entrecomillo lo de "justo unos meses" porque parece que se trata de estar de alta lo justo para poder cobrar el paro, ya será cuestiíó de ver si la relación laboral va a ser real, es decir, con prestacion efectiva de servicios y percepción de salario, o un mero paripé de dar de alta y cotizar (incluso a cargo del supuesto empleado) para conseguir una prestación que en realidad no le corresponde. En ese caso, es evidente el fraude. Si la relación laboral es real, pero ha sido forzada y por el tiempo justo para conseguir la prestación, como alguie ya ha dicho, calificar eso ya sería "hilar más fino".
Buenos días.
Me gustaría conocer vuestra opinión sobre lo que yo considero falsos despidos improcedentes (despido negociado VOLUNTARIAMENTE entre trabajador y empresario que se presenta en los juzgados como un despido improcedente para que el trabajador cobre la prestación por desempleo). Es una práctica muy habitual en este país. ¿Consideráis que un comité debe permitir esas situaciones y mirar para otro lado? ¿Consideráis que la empresa debe participar en ese tipo de despido FRAUDULENTO? ¿CONSIDERÁIS QUE ES UN FRAUDE O NO? ¿Recomendaríais a un familiar que renunciara a cobrar la prestación de desempleo, dado que se habría generado por una conducta FRAUDULENTA y no sería correcto moralmente?
Espero que alguno de vosotros tenga a bien contestarme, aunque lo dudo.
Por cierto sepet, en mi opinión, lo de los eurillos y la última frase del post, te lo podías haber ahorrado (prepotencia).
Un saludo.
Llobu, dos matizaciones.
- No se si eres administrador del foro o no, pero en cualquier caso me temo que en las condiciones legales de acceso a este foro en ningún momento se prohibe dar asesoramiento legal a alguien. Eso de que "en un Foro la cosa cambia" es tu apreciación personal y para mí no tiene ningún valor. En un foro jurídico puedo expresar mi opinión exactamente igual que lo haría en mi despacho y tú no eres quien para decirme lo que puedo o no puedo hacer.
- El asesoramiento que he dado al consultante es absolutamente escrupuloso con la ley. Me temo que no te has tomado el tiemo de leerlo porque en ningún momento indico cómo cometer un fraude, sino que le sugiero que busque un empleo real durante tres meses. Si después de eso la ley permite que solicite sus prestaciones no es culpa mía, sino en todo caso del legislador. La ley está por encima de tus apreciaciones personales y de las mías. Y voy a ponerte un ejemplo de un caso que estoy tratando ahora mismo:
Desempleado de 52 años, con más de 30 años cotizados que pierde su trabajo, se separa y queda en la calle en situación límite. Ha agotado las prestaciones y solo le queda la RAI, 426 euros al mes. Está en situación extrema, duerme en su coche. El día que le toca sellar el paro se queda dormido y no llega a tiempo a la oficina de empleo. Contacta conmigo a través de un amigo. Intentamos por todos los medios sellar su demanda por internet, sin conseguirlo. Además tiene la mala suerte de que vive en una comunidad autónoma donde no se puede sellar por teléfono y donde no dan los dos días de margen que si dan en otras. Al día siguiente, lunes, va a la oficina de empleo a intentar sellar y tiene la demanda suspendida. Le han sancionado con retirada de toda la ayuda de un año (426x11 = 4686 euros). Hay delitos con menos sanción. ¿Se puede hacer algo?. NO. Su médico no le da una baja y desestimarán su recurso. Es la norma y en el SEPE la aplican por encima de todo.
Pues bien, si esas mismas normas permiten que una persona solicite sus prestaciones con un contrato temporal real de tres meses tras una baja voluntaria igualmente habrá que respetarlas. Como hay que respetar que se pueda solicitar el paro tras un despido disciplinario procedente. Yo no estoy por encima de la ley y me he limitado en todo momento a consejar qué puede hacer fossy siendo respetuoso con la legalidad.
Si eso es incitar a cometer un fraude, háztelo mirar.
Nando_bcn:
Tu opinión si que es importante para mí, porque llevo mucho tiempo aprendiendo de tus explicaciones en este y otros foros, al igual que personas como patatinpatatero, sancho, trola, marcali y otros que son auténticas referencias en temas de seguridad social y prestaciones por desempleo.
Lamento sinceramente que pienses que estoy asesorando sobre cómo cometer un fraude, porque de mi comentario no se puede extraer una sola recomendación de que el consultante haga algo contrario a la ley. Conozco bien tu opinión sobre los abusos que se cometen en el sistema de prestaciones por desempleo, de modo que entiendo tu reacción. Lo que lamento es haber cometido una serie de errores que os hayan impedido a muchos analizar con objetividad el contenido de mi respuesta.
Si parezco arrogante, prepotente o estar por encima de todos, lo lamento y pido disculpas a quien se haya sentido ofendido.
Seguiré aprendiendo de vosotros como lector mientras permitan el acceso a porticolegal en abierto.
¡Uy, perdona mi torpeza! Quería decir preguntas en vez de pregunta. Si pudieras contestar a todas, te lo agradecería, pero si es demasiado esfuezo, elige la que más te guste.
Un saludo.
Siendo como somos personas, todos somos mas condescendientes con familiares o amigos que han conseguido algún tipo de ayuda fraudulentamente, todos tenemos alguien que ha tenido la "suerte" de que su empresa le diera el paro porque prefería estudiar que trabajar, que ha conseguido una vivienda de protección oficial que no le correspondía "untando" al promotor de turno, o un subvención de la UE poniendo mas tierras o ganados de las que realmente poseía, y todo ello basado en dos cosas, primero que es un familiar o conocido y por tanto le deseas el bien y lo segundo la idea de que lo publico no es de nadie.
Y así hemos llegado a esta situación en la que primero nos hemos dado cuenta que lo público no solo es de todos, sino que además se acaba y que aceptando y aplaudiendo hechos como los relatados, hemos contribuido a crear un inmensa bola de nieve y segundo, que como profesionales, y conocedores de lo que es legal o no, no podemos mirar hacia otro lado.
Espero haber respondido a las preguntas de amperio.
SALUDOS.
Sepet:
1) Espero que en tu despacho el asesoramiento a tus clientes sea más completo y exacto. Lo digo porque cuando dices "Intente buscar un empleo durante tres meses, pero en una actividad similar a la que tenía cuando trabajaba, preferiblemente mediante una ETT conocida, aunque sea cobrando muy poco y no tendrá problema en recuperar sus prestaciones. Conozco casos que se han hecho así."...se te olvida decirle al consultante (o no tienes en cuenta) que si trabaja esos 3 meses que tu le recomiendas "cobrando poco" la cuantía de su prestación va a resultar afectada, pues para el cálculo de la base reguladora de la prestación se tienen en cuenta el promedio de lo cotizado en los 180 días anteriores.
Decir que no tendrá problema porque usted conoce casos que lo hicieron así, me parece aventurado...en todo caso, como buen profesional que presumes ser deberías decir "inténtelo así" conozco casos que lo consiguieron...pero no afirmar rotundamente que "no tendrá problema", sobre todo en un caso como este donde la casuistica es tan amplia.
2) Dices en tu segundo post "El asesoramiento que he dado al consultante es absolutamente escrupuloso con la ley"...lo será a tu juicio...no te olvides que "los actos al amparo de una norma legal que persigan un resultado prohibido o contrario....se consideran ejecutados en fraude....". Tu aconsejas buscar un empleo con la única finalidad de cobrar la prestación por desempleo.
El SEPE tendrá que constatarlo y dictar resolución, y evidentemente el trabajador tiene derecho a defenderse en vía administrativa y judicial.
3) Que existan situaciones injustas y fraudulentas no justifica otro fraude...por la misma regla si alguien roba y no le pillan los demás podemos decir que estamos legitimados para robar??.
Por cierto, da que pensar esta frase del consultante en el primer post "Despues de años y años....luego no tiene derecho a él"....Trabajar años y años no es una situación que de por sí genere derecho a desempleo, simplemente si el trabajador se encontrase en situación de desempleo el sistema le otorga protección y por haber contribuido a pagar las prestaciones de los demás que se encontraban en situación legal de desempleo (no las suyas, eso de ya coticé bastante está lejos del funcionamiento del sistema de seguridad social español) durante muchos años el sistema "le premia" concediéndole una prestación durante más tiempo o en mayor cuantía (según la naturaleza de la prestaciones). Así funciona el sistema de seguridad social, basado en la solidaridad y no en la individualidad.
Al final el tema es como el del jubilado que va al médico o le dice al médico o enfermera de turno "que yo te estoy pagando el sueldo" y se queda tan ancho, desconociendo que el médico y enfermera (entre otros cotizantes) son quienes están pagando su pensión.
La gente que piensa que por cotizar 15 años ya tiene un derecho absoluto basándose en que "su pensión ya la pagó" (premisa errónea) debería saber que si fuera así (sistema de capitalización individual) la pensión de la mayoría de los mileuristas no llegaría a 200 euros, es precisamente la solidaridad del sistema la que permite pensiones mínimas. Siempre se queja quien menos tiene que hacerlo.
Muchas gracias por tu respuesta Vegas. Estoy totalmente de acuerdo contigo. Lo que he pretendido es hacer ver a los participantes en este hilo que, antes de juzgar y condenar a alguien por su actitud ante una situación, fraudulenta o no, hay que reflexionar y preguntarse cómo actuaría uno ante una situación similar.¡ Por supuesto que no aplaudo los hechos fraudulentos y que creo que hay que modificar el sistema para que sea más justo y para reducir al máximo las posibilidades de fraude!
Espero que mis preguntas hayan servido para que los foreros recapaciten, aunque no contesten. Quizás,no puedan dar una respuesta que sea coherente con lo que han argumentado anteriormente?
Un saludo.
Hombre Ainoa, seguro que entre mi respuesta y la tuya, en la que te mofabas del consultante por su falta de originalidad, quizá prefiera la mía. Le informo de que no pierde las prestaciones, que las podrá recuperar en el futuro, le comento el plazo que establece la LGSS, le hablo de lo que establece la jurisprudencia y de una posible solución. Tu te limitaste a reirte de él, pero ahora si, le has aportado información valiosa y seguro que te lo agradece.
Sobre comentarle que podría perder base de cotización por el último trabajo, es cierto, pero ya hablamos de hipótesis y no conocemos el caso para entrar en todos los detalles. Pudiera ocurrir que fuera un empleado a tiempo parcial y que con tres meses de cotización a jornada completa, aún con un sueldo bajo, ganase en la prestación. Sin más datos yo no puedo hilar tan fino.
De lo que no tengo ninguna duda y esto lo discuto contigo hasta donde quieras, es de que si el contrato de tres meses es un contrato real, no simulado, en el SEPE no le pondrán problemas. Y es por eso por lo que le recomiendo que busque el trabajo en una ETT conocida. Adecco, Manpower y cualquiera de las grandes no le van a facilitar un contrato simulado y eso en el SEPE lo saben.
Insisto, puede gustarnos más o menos la ley, pero si hay un contrato real (consentimiento, objeto, causa) de tres meses, con la intermediación de una ETT solvente y en una actividad semejante a la que desempeñaba el trabajador, que son los requisitos que yo le sugiero en mi primera respuesta, el SEPE no denegará la prestación.
" ( ) nada excluye, al menos razonablemente, que en una concreta relación laboral indefinida, aparezcan momentos de crispación o desasosiego, que lleven al trabajador a abandonar voluntariamente su puesto de trabajo; y después, a aceptar el que se le ofrezca, aunque sea de índole temporal, acuciado por las necesidades propias y de los suyos. Declarar que este trabajador, con ese simple comportamiento, se convierte en un fraudator y que soporta procesalmente la carga de probar esa
crisis personal, cuya justificación será muchas veces dificultosa; o construir una presunción de fraude que
solamente se apoya en la simple sucesión contractual de mérito; ambas cosas, se insiste, serían algo carente del más mínimo apoyo en nuestro ordenamiento jurídico vigente. Y desde luego no es adecuado acoger la alegación, de claro tinte asertivo, que el ente gestor incluye en el trámite de contestación, donde quiso hacer
ver que el fenómeno contractual descrito "supone que el contrato temporal se instrumentaliza a los solos
efectos de aparentar una situación de desempleo"; ello necesitaba algún complemento probatorio. Lo que por supuesto se dice aquí dejando a salvo -nunca sobrará la insistencia en este punto- de que en algún caso se constaten y adicionen circunstancias especiales, con las que aquí no contamos. Y admitiendo que el Instituto sufre de análogas dificultades; pero para suavizarlas se cuenta con el medio de una reforma legal."
Desde 2003 hasta ahora, las resoluciones del SEPE han ido evolucionando en el sentido que afirma la sentencia y no hay denegación de prestaciones basándose en meras presunciones sobre la finalidad que puede perseguir el trabajador al buscar un contrato temporal que suceda la baja voluntaria. Solo en el caso de que existan elementos probatorios de fraude, no indiciarios, el SEPE deniega la prestación y en la solución que comento no existen.
Buenos días ainoa1
Veo que no te has olvidado del hilo en el que participámos las dos, hace un tiempo.
Dices "La gente que piensa que por cotizar 15 años ya tiene un derecho absoluto basándose en que "su pensión ya la pagó" (premisa errónea) debería saber que si fuera así (sistema de capitalización individual) la pensión de la mayoría de los mileuristas no llegaría a 200 euros, es precisamente la solidaridad del sistema la que permite pensiones mínimas. Siempre se queja quien menos tiene que hacerlo.
No es exactamente así. Mi versión es la siguiente:
La gente que piensa que es injusto, después de haber cotizado 15 años o muchos más a la SS, no tener derecho a cobrar ninguna pensión de jubilación por no haber cotizado 2 años en los últimos 15 años antes de la edad de jubilación y que nunca ha pensado que “su pensión ya la pagó” sino que piensa que fue solidaria durante esos 15 o muchos más años, contribuyendo a pagar la pensión de los que estaban jubilados (alguno entre los familiares de todos nosotros), evidentemente (me parece humano), no piensa en la pensión que puedan tener ni los mileuristas ni nadie porque ella cobra 0€ y no tiene tiempo para preocuparse de nadie ya que su principal preocupación es la subsistencia. Tiene todo el derecho a quejarse y espera que la solidaridad que ella demostró en su día, la demuestren ahora con ella.
A tu comentario“siempre se queja quien menos tiene que hacerlo”, yo te diría "qué poco miden sus palabras algunas personas que se creen en posesión de la verdad absoluta y que no respetan las opiniones de los demás", ¡Sensibilidad!
Me parece que no era el tema del hilo. Por lo que veo, te interesa más sacar un nuevo tema que contestar a determinadas preguntas que, quizás, te resulten muy incómodas y te hagan plantearte muchas preguntas sobre lo moralmente correcto o incorrecto.
Si no entiendes algo de mis preguntas, no tengo ningún inconveniente en intentar aportar las aclaraciones que sean necesarias.
Un saludo.
Sepet...
Para desvirtuar la presunción de fraude no basta con que exista un contrato real, tampoco es cierto que las ETTs (por muy grandes que sean) no cometan fraudes (te recomiendo leer las memorias anuales de actuación de la ITSS en el ámbito de las ETTs), tampoco es cierto que sea requisito indispensable que el trabajo tenga que ser en una actividad semejanate, y tampoco es cierto que cumpliendo los requisitos que dices "el SEPE no denegará la prestación".
Hay resoluciones de todo tipo y sentencias también, no tienes más que buscarlas para ver que el fraude no se valora en base un hecho concreto, sino que se tienen en cuentas muchas circunstancias.
Y de los datos que da el consultante tampoco se puede concluir mucho con fundamento legal...
-si se traslada a vivir a otro sitio...no es lo mismo que alegue que causa baja voluntaria por irse a vivir al pueblo de al lado a 20 kms que si se va a 300 kms...tampoco es lo mismo que se traslade por un motivo justificado (por tener que cuidar a un familiar, estar cerca de sus hijos, por traslado del cçonyuge, etc) que porque quiera cambiar de aires;
-Tampoco sabemos el tipo de contrato que el trabajador tenía, si tenía un contrato indefinido y causa baja voluntaria entiendo que probarse algún motivo más que "irse a vivir a otro sitio" que puede ser como dije al pueblo de al lado o a otra CA, además de que puede hacerse por un motivo concreto justificado mínimamente o porque te da la gana. Más si tenemos en cuenta que el SEPE puede ofrecerte un empleo en otra localidad en determinados términos regulados legalmente.
-Conozo gente que trabajó 15 días después de causa baja voluntaria y le reconocieron la prestación por desempleo, y gente que llegó a trabajar 6 meses y se la denegaron (caso de baja voluntaria de un administrativo y después te contrata una empresa x como administrativo y resulta que esa empresa jamás tuvo administrativo alguno, es más las tareas administrativas las tiene subcontratadas, y este es sólo un ejemplo).
Puedo seguir enumerando circunstancias tenidas en cuenta, pero no es el caso, sólo pretendo expresar que para que el SEPE considere la existencia de fraude (algo que debe constatar y no sólo basarse en meros indicios) se valoran muchas circunstancias.
Por otro lado, este trabajador pretendía ser contratado por su hermano que tiene un bar, pero no nos dice:
-si el bar lo tiene el hermano en la misma localidad donde causó baja voluntaria en el anterior trabajo o en la localidad a la que se trasladó;
-si el hermano tiene trabajadores por cuenta ajena contratados o nunca;
-si existe causa temporal que justifique la contratación;
-si el hermano acaba por ejemplo de despedir a un trabajador por causas económicas y a continuación contrata a su hermano que necesita ese contrato para percibir prestaciones por desempleo, etc.
Tampoco nos dice el consultante si después de causar baja voluntaria se trasladó efectivamente a otra localidad y en la misma se inscribió como demandante de empleo, por lo menos probar de alguna manera que se estaba buscando un empleo durante este tiempo.
Y un sin fin...yo puedo equivocarme, faltaría más, aunque en la mayoría de estos casos ya estoy de vuelta, y creo que si el consultante quisiera saber cual es su situación tras la baja voluntaria hubiese dado más datos.
Igual no es el caso y me equivoco, aunque tras el segundo post del consultante tengo algún motivo más para sospechar que lo que le interesaba era como cobrar la prestación y si podía hacerlo con "la trampa del contrato del hermano"...Copio y pego lo que pone en el segundo post..."Se me dice q es un fraude, o que si cabe la opción o no...y ya está. Yo he leido q las empresas, en estos casos, siempre llegan a un acuerdo.
P.D. Yo no me mofaba del consultante...pero si quiere una respuesta seria que haga una pregunta seria. Si el caso del consultante no es un fraude y se sintió ofendido, le pido disculplas, pero que sea él quien diga que está ofendido y no tú.
Tú si te mofaste de otros comentarios dando a entender que ninguno aprendiera nada en la facultad sólo tú...que si eran unos interesados, etc.
Por cierto, en este foro no todos son abogados ni todos los que son licenciados en derecho se dedican a defender a clientes, algunos pueden dedicar a otras tareas y colaboran respondiendo y otros pueden dedicarse a defender no a clientes sino al sistema.
Un saludo.
Sepet ...me conozco esa sentencia pero también hay muchas otras posteriores y no posteriores...ya te dije que todo depende de muchas circunstancias que han de ser constatadas por el SEPE en una resolución y frente a la cual el afectado puede defenderse.
Y paso palabra...pues pretender reconducir los múltiples casos de fraude que pueden darse a una respuesta única se hace difícil que sea viable.
Sepet:
He estado leyendo y analizando tus argumento, como tratar asesorar a un posible cliente, que se encuentra en dificultades, la verdad no entiendo que alguien desee desvirtuar la lógica del sentido común.
No soy hombre de extensos escritos y tengo que decir con la ley en la mano, que no te has inventado nada, pues tu respuesta esta contemplada en el Art.108 o 208, de LGSS no me acuerdo.
Por tanto, considero a mi entender, que has sido comedido, recto y equilibrado a la hora de dar una respuesta a quien lo necesita.
Por ultimo decirte que sigas así, felicitarte por como has desarrollado el tema.
Un saludo.