Hola buenos días
Necesito vuestra ayuda profesional por favor...os cuento.
Avalé a mi hijo para montar un negocio, la cantidad de 150.000 euros, conoció a una sinvergüenza que le comió la cabeza y este negocio no fué atendido, el caso es que 12 meses despúes el banco se puso en contacto para decirme que las cuotas del préstamo no estaban siendo pagadas y me tocaba a mí. Como os imaginareís esa cantidad es excesiva y he tendio que vender mi piso porque el no quería saber nada, sus palabras han sido, lo siento, ha sido por culpa de la crisis, y yo lo que gano lo necesito para vivir.
Mi pregunta es la siguiente, y necesito asesoramiento, ya que ahora mismo no dispongo de buena situación económica para contratar a un abogado.
Me he tenido que comprar, con lo que me ha quedado de la venta de mi vivienda y una vez amortizado su préstamo, un piso en las afueras de la ciudad porque no me llegaba el dinero y ahora quiero saber si puedo desheredarle o cómo hacerlo. Vivo en cantabria.
Un saludo y gracias anticipadas
hola,slieplaza a ver profesional no soy pero por cuestiones de la vida estoy enterada sobre esos temas,a ver deseredarlo por ley no se puede,aunque tu no le quieras dejar nada a tu hijo,la ley siempre le da lo que se llama la legitima es decir un 1por ciento mas o menos de tus bienes,si no quieres que pille nada del piso u cuentas bancarias lo ideal es poner tus bienes a nombre de otras personas,por ejemplo tu piso pues lo puedes poner a nombre de algun familar y tu hacerte un vitalicio para que en ningun momento nadie te eche de tu casa y el dia de mañana tu hijo no podra percibir nada de ese piso pues supuestamente no es tuyo,las cuentas bancarias pues lo mismo a nombre de otra persona y tu como autorizado...pero todo lo que este a tu nombre si lo deseredas a tu hijo le pertenece la legitima ante la ley espero aber resuelto alguna duda,suerte y saludos
Un vitalicio es la pignoración de su vivienda, o propiedades, a un banco o a una compañía de seguros, a cambio de una renta vitalicia mensual o anual, que se calcula por las fórmulas previstas, con un interés en función de la edad, es decir, por la probabilidad de supervivencia. Cuando el propietario fallece el piso queda para el banco o el seguro, que ya adquirió la propiedad, y no hay nada para los posibles herederos.
Slieplaza:
La ley si contempla la desheredacion, y en Cantabria concretamente no hay zonas de testamento forado, como en Bizkaia, yo vivo en Cantabria, solo que los tres casos que la ley de testamento comun contempla, son causas muy graves, que ademas hay que demostrar sobradamente, pero lo que le comenta Vio es una posibilidad, sino usted no tiene bienes a su nombre no hay nada que heredar.
Efectivamente se puede hacer un usufructo vitalicio aunque se ponga el piso a nombre de otra persona.
Conozco un caso en el que unos padres han puesto su casa a nombre de su hija para que el banco no se lo pueda quitar ya que va a dejar de pagar la hipoteca de otro piso. Entonces han arreglado las cosas para no los puedan echar del piso mientras vivan aunque el piso esté a nombre de su hija.
Arregla las cosas cuanto antes, que las cosas bien hechas, bien hechas están, y bastante daño te ha hecho ya.
También hay matrimonios que se casaron en régimen de gananciales, y cuando han visto que les iba mal su negocio han ido a la notaria a poner el régimen del matrimonio en régimen de separación de bienes.
Puedes poner el piso a nombre de otra persona y reservarte el usufructo vitalicio, pero tiene dos desventajas.
1ª No podrás venderlo ya que la propiedad ha pasado a manos de otra persona que esperara a que fallezcas para poder tener la plena disposición de ese bien.
2ª Si tienes más hijos también les dejas sin herencia.
Hola de nuevo y gracias por vuestros consejos.
De verdad que no entiendo nada de lo que ocurre, este hijo se ha llevado a la fuerza 150000 euros que se ha fundido en un año con una latina, como no, y no puedo hacer nada para que el día de mañana sean mis otros dos hijos los que se lleven lo poco que me quede?
A 1 euro que se lleve, ya le doy más que a mis otros dos hijos y éste se lo ha llevado con engaños y mentiras, no hay ley que ampare esto? ¿ no soy dueña yo de lo que tengo para saber y decidir a quien dejárselo?
El poner, lo que me queda, a nombre de otro hijo, me parece complicado......y como dice Luthien dejo en la voluntad de un hijo que el día de mañana todo se reparta por igual.
Un saludo y alguna ayudita más?
Corregidme si me equivoco, pero mi criterio es el siguiente:
El padre avala al hijo, el hijo no paga, paga el padre.
Como avalista que se está haciendo cargo del préstamo, tienes acción contra tu hijo para reclamarle lo que vayas pagando.
Soluciones:
1.- Le reclamas judicialmente la deuda que hayas pagado.
2.- No le reclamas nada pero, a cambio, que te firme un Reconocimiento de deuda.
Guardas todos los recibos pagados, las comunicaciones del banco requiriendote de pago y el reconocimiento de deuda si consigues que te lo firme.
Cuando llegue el funesto momento, tu herencia se compondrá de creditos y de deudas, y entre los créditos estará el de tu hijo. Si estima que le corresponde algo como pago por la legítima, los demás herederos podrán sacar esos documentos, conforme los cuales, es él el que debe dinero a la comunidad hereditaria. Puede iniciar acciones, o puede darse por compensado sin reclamar nada.
Haz testamento, y consulta al notario si puedes establecer una cláusula que señale que en pago de la legitima a ese hijo le condonas la deuda que contigo tiene.
Muchísimas gracias lucky...
hasta ahora me parece lo más razonable.
Te doy más detalles, debido a que la deuda mensual que contrajo mi hijo era de casi 1000 euros, tuve que vender mi piso y pagarle al banco, con lo poco que me quedó vivo en las afueras en un mini apartamento. El caso es que no he tomado medidas legales contra él, ya que desconozco donde vive, su teléfono, es decir desaparecido total, aún así puedo reclamarle judicialmente la deuda que yo he tenido que pagar?
La segunda opción como comprenderás inviable total, porque está desaparecido y porque el muy sinvergüenza me dijo que lo que ganaba era para vivir él.
Un saludo y muchas gracias de VERDAD.
Puedes reclamar sin conocer su domicilio. En la demanda se solicita al Juzgado que averigüe donde vive esa persona, intenta facilitar todos los datos, el DNI supongo que lo sabrás. El Juzgado intentará encontrarlo a través del Registro de la Propiedad (si tiene alguna), tráfico (si tiene coche), padrones municipales, catastro, etc...y al final publicará edictos en el último lugar de residencia conocido.
Aun así, si no consigue encontrarlo, el juicio continúa sin su presencia, lo que se denomina "en rebeldia", y puede resultar condenado. Lo malo es que si no le encuentras no pagará, tendrás que iniciar una ejecución de sentencia, y si no aparece pues sigues igual.
En cualquier caso la desheredación es complicada, pero intenta hablar con el notario a ver si es posible la solución que te he dado. El notario no te cobrará por la consulta, y si decides realizar testamento por 60 o 80 € más o menos lo tienes.
Si reclamas judicialmente la deuda y ganas , aunque no consigas cobrar, eso será suficiente para poder cobrarselo de su parte de la legítima. Serían tus otros hijos los que harían esto último.
Haz cuanto antes testamento y pon una clausula que diga que la parte legítima del caradura sea pagada con dinero efectivo, el piso se lo dejas a tus otros hijos.
Leyendo el comentario sobre el usufructo vitalicio me surge una duda, pues resulta que tengo un caso cercano y me han dicho que es dificil de averiguar.....Los padres escrituran un inmueble en usufructo vitalicio ellos y nudo propietario uno de sus dos hijos.Al fallecer el padre se descubre el tema porque en vida los padres decían que era de ellos el inmueble, y a la hora de reparto de la parte de herencia del fallecido al otro hermano que no es el nudo propietario, le dicen que no tiene nada que solicitar de ese inmueble pues corresponde al nudo propietario ¿Qué tramites son necesarios para averiguar si el inmueble lo pagaron los padres ? ah eso sin tener problema alguno con el otro hermano porque si los hubiese sería entendible .Saludos.
¿No sería más práctico elevar a público entre el hijo, Vd y un notario que los 150.000€ que le ha pagado son a cuenta de la herencia? Nó le deshereda pero si tiene más hijos ó herederos su hijo deberá devolver ó descontar de lo que le pueda corresponder los 150.000€.? El problema pagar a un notario pero merece la pena
Buenas tardes, he terminado un procedimiento de herencia el cual era verbal y no tenia eficacia de cosa juzgada segun el auto de primera instancia, voy a poner la demanda, pero la otra parte esta disponiendo de los bienes y estan queriendolos vender ¿pueden hacer esto? yo no he pagado el impuesto de sucesiones y tampoco el juzgado de primera instancia me ha comunicado nada al respecto, gracias por favor necesito ayuda