Volviendo al tema original.
Hace no mucho estaba comentado un altercado que tuve parecido con un Policia que sin ir de uniforme me pidió la documentación y yo le dije que primero me la enseñara él para cerciorarme de que efectivamente era Policia y ya se armó algo muy similar a esto, se lo comentaba a un muy amigo mío que es concejal de seguridad de un gran ayuntamiento y me dijo que eran tantas las quejas que tenían de los ciudadanos por trato incorrecto de la Policia Local que estaban buscando la forma de evitarlo pero que era muy complicado que incluso habían pedido asesoría legal sobre la posibildad de que se grabaran aleatoriamente conversaciones de Policias con los ciudadanos...
Quizás el policía se pensaba que eras Rappel, el adivino! Qué cosas más raras que pasan, no entiendo nada, y yo que nunca tengo ningún problema con la policía!, debo de ser raro, lo soy?
Asesoría legal dirá que eso infringe los derechos fundamentales de las personas (sí, los policías también tienen), y yo añado que además es técnicamente dificil... no me explico como se podrían grabar aleatoriamente las conversaciones de los agentes que trabajan con movilidad en la calle...¿un señor siguiéndoles a todas partes con un micrófono que se conecte a distancia sin que nadie sepa cuando?
Con todo mi respeto a los concejales, una idea así sólo podía tenerla un político local
hola.llevo rato leyendo la cantidad de desvarios de algunos
segun la constitucion, existe la livertad de expresion, yesto es lo que hizo katago, expreso libremente que le parecia una exageracion la acctuacion policial. Particularmente no puedo estar de acuerdo con el, pero esto no me da derecho en absoluto a pensar(menos manifestar) que me esta ofendiendo
no tenia el mas minimo derecho a sentirse aludido, puesto que se supone que recibian , y actuaban , ordenes.
sin embargo, si creo que fue un abuso de autoridad, o al menos un exceso de celo por parte del agente al contestar de esa forma chulesca y abusonade esa manera. pienso que mas bien se sintio ofendido porque pudiera ser uno de tantos polis que no saben valorar el traje que llevan
porque obien no lo sienten o bien son de los polis malos(corruptos, abusones, falsificadores de pruevas, ect.) que por desgracia cada vez abundan mas en este pais
y luego se critican las actuaciones policiales de Franco . Y esto que es?
El problema no eran precisamente los policías, a los que evidentemente se les iba a pedir autorización, si no los derechos de las personas con las que podrían hablar (sí, sí los policias no son los únicos que tienen derechos y entre sus derechos no están amenazar al ciudadano ni "darle toques").
Y había muchas posibilidades técnicas aunque es verdad que requerirían la colaboración de los agentes (qué si hicieran su trabajo correctamente no tendrían porqué poner objeciones a esto).
Las faltas de respeto y generalizaciones que sistemáticamente hace Sr. Paleg resultan cuando menos chocantes cuando luego critica que alguien haga un comentario más o menos afortunado sobre una actuación policial.
Por mucho que diga "con todos sus respetos" está faltandolo a los políticos locales y la verdad es que en este caso no sabe usted hasta que punto está haciendo el ridículo con esa afirmación, usted mismo se daría cuenta si le dijera el nombre de esta persona.
Te equivocas Adriano, un policía te puede dar un toque, o advertir, llámalo como quieras, y si eres listo lo agradecerás y aprovecharás la ocasión para que la cosa quede ahí.
Si eres un necio, harás caso omiso, seguirás por el mismo camino y el resultado será otro completamente distinto.
No sé de lo que hablas, para mi un policia está para lo que dice la Constitución que está:
para "proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana".
Ni para "dar toques", ni advertencias, ni mucho menos amenazas. Ahora va a resultar que un Policia va a ser como un arbitro de futbol, "no sigas deliquiendo, ciudadano o a la próxima te detengo" o como un padre "como lo vuelvas a hacer te detengo"... si alguien comite un delito el Policia estará para detenerle y si no es un delito o falta, el Policia poco tiene que hacer. Esta es mi opinión
1º.- Hablando de grabaciones de las conversaciones de los policías yo dije que asesoría jurídica diría que no es legal porque los policías también tienen derechos... Usted contestó que el problema no son los policías (sus derechos), ya que se les iba a "pedir autorización", sino los derechos de las personas con quienes los policias hablasen, luego añade que si los policías "hicieran" bien su trabajo no tendrían porque oponerse... Tratemos esto en profundidad, porque lo que usted dice ¡es muy fuerte!
- La Declaración Universal de los Derechos Humanos establece como derecho fundamental el recogido en el Art. 18.3 de la Constitución Española. El secreto de las comunicaciones, en especial las postales, telegráficas y telefónicas.
La doctrina establece que los derechos fundamentales son IRRENUNCIABLES, y eso quiere decir que nadie puede dar su consentimiento para que se violen.
Usted planteó una idea concreta de su amigo el concejal, grabar conversaciones "ALEATORIAMENTE" de las conversaciones de los policías. Está claro que si son aleatorias el policía nunca sabrá si está siendo grabado, ya que eso haría inutil la instauración de la medida, pues logicamente se pretendería "cazar" al policía cuando fuese incorrecto con los ciudadanos, esa epidemia que según usted se está dando. ¿voy por buen camino?... de lo contrario, si el policía fuese el que grabase no creo que lo hiciese si se porta mal...
La posición del Tribunal Constitucional ante la inteligente idea de su amigo el concejal no deja lugar a dudas cuando en su sentencia de 29/11/1984 (STC 1171984 dice:
"Quien graba una conversación de otros atenta, independientemente de toda otra consideración, al derecho reconocido en el art. 18.3 CE; por el contrario, quien graba una conversación con otro no incurre, por este solo hecho, en conducta contraria al precepto constitucional citado."
Por si acaso se le escapa algo de todo lo anterior se lo interpretaré adecuandolo a la propuesta concreta: En atención a lo establecido por la Declaración de los Derechos Humanos, a la Constitución Española, y a la doctrina del Tribunal Constitucional DEBERÍA SER EL POLICÍA QUIEN GRABASE SU PROPIA CONVERSACIÓN, YA QUE NADIE PUEDE DAR SU CONSEMIENTO PARA QUE SUS CONVERSACIONES SE GRAVEN ALEATORIAMENTE POR UN TERCERO, PORQUE SE TRATA DE UN DERECHO IRRENUNCIABLE...
... Después de esto ¿le sigue pareciendo ridícula mi afirmación? seguro que sí, pero a mí la propuesta me sigue pareciendo muy poco inteligente por parte del concejal; y el apoyo de usted a una medida que pone el respeto de los derechos de unas personas por encima del de otras por razón de oficio me parece, se mire por donde se mire, una discriminación injustificable, que hace sospechar que quien la defiende es alguien con prejuicios muy arraigados.
Para dar la puntilla a esta cuestión concreta le diré que me parece tremendo, indisculpable, que usted crea, de entrada, que el policía que se negase a dar la ilegal autorización es porque no hace bien su trabajo... no considera siquiera que tal vez no quiera ser grabado mientras comenta con alguien cuestiones privadas... cosa que todos hacemos en horario laboral, no, que va, usted parte de la base de que es uno de los que no hacen bien su trabajo, alguien que abusa del ciudadano.
Vale, ya nos vamos conociendo.
2º.- Dice usted que yo hago generalizaciones y falto al respeto "sistemáticamente" y a esto opongo:
Su primer mensaje decía esto: "Desgraciadamente, y ese es el problema, estas cosas pasan demasiado amenudo. Y me refiero a la actitud de los Cuerpos de Seguridad del Estado con el ciudadano."
¡Un señor que habla de la (mala) actitud DE LOS CUERPOS DE SEGURIDAD con el ciudadano, MÁS DE DOSCIENTAS MIL PERSONAS, se atreve a acusarme de generalizar y faltar al respeto! señor, señor...
Yo me referí a UN político local, y para evitar precisamente la generalización empecé aludiendo a mi respeto por LOS concejales.... Como no veo la ofensa "sistemática" por parte alguna supongo que en habrá añadido al lote las cosas que dije a Kapego. Por si es eso le explico: Desde el principio y por las razones que sobradamente expuse anteriormente la acción de Kapego me pareció injusta y estúpida, cosa que el mismo se encargó de corroborar cuando protestaba por la sobreabundancia de policía en el marco de un evento QUE REUNE A DECENAS DE MILES DE PERSONAS en un espacio reducido.
Mire, señor, cuando se llama a las cosas por su nombre no se comete ofensa alguna, se pone de manifiesto una realidad, en cambio cuando se ignora una realidad y aún así se critica sin razón y sin justicia (como el propio Kapego ha acreditado) se comete una estupidez ofensiva.
Estoy intrigado por la identidad del concejal que me haría sentir ridículo por mi comentario, diga su nombre si quiere, deseo conocer al primer ser humano infalible, debe serlo para que yo me sienta mal por creer que su idea no es muy acertada...
Continuemos con su último mensaje, no puedo resistirme a contestar a sus preguntas.
- ¿Dar un toque de qué?, ¿Advertir de qué? “Dar un toque” (expresión que ya entrecomillé en su momento) representa una forma coloquial de referirse a una advertencia. Empecemos por el principio:
advertir.
(Del lat. advertĕre).
1. tr. Fijar en algo la atención, reparar, observar.
2. tr. Llamar la atención de alguien sobre algo, hacer notar u observar.
3. tr. Aconsejar, amonestar, enseñar, prevenir.
4. tr. Avisar con amenazas.
Varias son las acepciones, apliquémoslas al caso de un Policía ¿puede hacerlo legalmente?, un policía ya le contestó que sí, pero usted, que sin duda sabe más de la profesión que un policía, no se lo cree… es su opinión, dice.
1.-Sin duda un policía puede reparar, observar, o fijar la atención en algo, de lo contrario tendría que ser sordo, mudo y ciego. De manera que aquí no veo problema, usted no va por ahí.
2.- ¿Puede un policía llamar a la atención de alguien sobre algo, hacérselo notar u observar?. Supongo que usted pensará que sí, de lo contrario un policía no podría avisar a nadie de que más adelante hay un accidente.
3.- ¿Puede un policía aconsejar, amonestar, enseñar, o prevenir?. Empieza a complicarse la cosa, prevenir sin duda sí, en cualquiera de las acepciones de la palabra; aconsejar también, supongo que no habrá discusión; enseñar, sin duda, de hecho muchos ejercer como instructores y profesores de diversas cosas. Así que ya hemos llegado, usted piensa que un policía no puede amonestar.
4.- ¿Avisar con amenazas? Usted sin duda cree, sin reservas, que un policía no puede hacerlo.
Tiene su opinión y está rotundamente equivocado. Se ha leído usted parte de un artículo de la constitución y basta.
Para fundamentar mis afirmaciones definamos primero amenaza, y como estamos hablando de leyes no acudiremos al diccionario sino al Código Penal, según el cual una amenaza es el anuncio de un mal que constituye delito, por consiguiente estamos de acuerdo en que un policía según esta definición no puede amenazar, pero como todo en derecho, hay que matizar. Una de las eximentes penales del mismo Código Penal establece que está exento de responsabilidad criminal quien actúe en cumplimiento del deber.
Supuesto práctico: Un policía se ve obligado a utilizar su arma de fuego contra una persona y al hacerlo cumple con todas las reglas legales que permiten su uso. Antes de disparar DEBE AMENAZAR, ADVERTIR de que se dispone a causar un mal que constituiría delito, delito que efectivamente cometería cualquiera que no fuera un agente de la autoridad que cumple con su deber.
Conclusión: Un policía no sólo puede, sino que DEBE amenazar, advertir antes de disparar a alguien.
¿Advertir de qué? Era la pregunta… aquí tiene un ejemplo.
Continuemos analizando la cuestión. Como usted mismo dijo sin entender que significa, el artículo de la constitución que establece las misiones de las fuerzas y cuerpos de seguridad dice que son “defender el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana”. Lo que usted no parece alcanzar a comprender es que en base a esa misión primordial se han promulgado una serie de leyes regulan cómo puede y deben los agentes de la autoridad cumplir con tal misión, como la legislación es muy extensa no entraremos en detalles, pero sí le diré que tales preceptos legales, muy dispersos en normas de distinta naturaleza, otorgan a los agentes de policía de amplias prerrogativas que alcanzan su máxima expresión en el ejercicio de la fuerza necesaria para cumplir la misión, y en exclusiva, ya que es monopolio del Estado. Los agentes llegado el caso pueden disparar, aporrear, lanzar botes de humo, y reducir por la fuerza a los infractores de la ley. Y EN CADA CASO DEBEN ADVERTIR DE QUE SE DISPONEN A HACERLO.
Así mismo las leyes que emanan de la constitución, sobre todo las normas de carácter administrativo, en algunos casos permiten expresamente que los agentes de la autoridad ADVIERTAN (con la acepción de amenaza) en otros casos EXÍGEN LA ADVERTENCIA, y en el resto de los casos NO LA PROHIBEN, pudiendo afirmarse que la mayoría de las normas son silentes sobre la cuestión y por consiguiente los agentes pueden ADVERTIR a cualquier persona que crean que está incumpliendo una norma de que van a actuar en contra suya o que podrían llegar a hacerlo en caso de que no depongan su actitud, todo ello para reducir al ciudadano al cumplimiento de la ley, y no existe en absoluto disposición alguna impida que lo hagan.
El propio código penal nos da una pista en el art. 172 (que sigue a las amenazas) cuando nos dice “El que, sin estar legítimamente autorizado, impidiere a otro con violencia hacer lo que la ley no prohíbe, o le compeliere a efectuar lo que no quiere…” Amigo Adriano ¿se le ocurre quien podría estar autorizado para impedir a otro con violencia hacer lo que no la ley no prohíbe o le puede obligar a hacer lo que no quiere? Yo le contesto: Entre otros, la policía. Usted pensará que eso de que un policía impida a alguien hacer lo que la ley no prohíbe tiene que estar mal… le pondré un ejemplo para que entienda que sí es posible: La ley no prohíbe estar en la calle, pero la ley autoriza a la policía a desalojar las calles en determinadas circunstancias ¿lo capta?, obviamente los agentes deberán ADVERTIR a quien se niegue que si no obedece puede ser detenido. En sus propias palabras, un agente SÍ QUE PUEDE decirle perfectamente a alguien “no siga delinquiendo o le detengo”, pero hombre… cómo no van a poder hacerlo ¿Detener así sin más, sin avisar? Pero que cosas tiene usted…
Mire, he perdido la cuenta de los juicios en los que he participado, y en cada caso que se juzga a alguien por desobediencia/resistencia a agentes el Juez o el Fiscal casi siempre plantean preguntas similares a esta -agente: ¿le ADVIRTIÓ usted de que le detendría si no obedecía?-
“si alguien comite un delito el Policia estará para detenerle y si no es un delito o falta, el Policia poco tiene que hacer. Esta es mi opinión” Dice… Pues se le olvidan las infracciones administrativas y las normas que sin ser sancionadoras los policías están obligados a hacer cumplir, son tantas que no puede usted ni hacerse una idea… Pero bueno… si usted lo dice, ya que es su opinión, debe ser cierto que un Guardia Civil no puede ADVERTIR a nadie de que le sancionará si la semana que viene no ha renovado el carnet de conducir, o la licencia de armas, o la de caza o pesca, no puede ADVERTIR al cliente de un estanco de que como se le ocurra sacar los más de mil cigarrillos que está cargando le caerá una multa… un policía no local no puede ADVERTIR a alguien que se dispone a aparcar en prohibido que no lo haga… ni ADVERTIR al hostelero de que ponga el extintor antes del miércoles o se agarre los machos… claro… como no son delito ni falta…
En fin, usted tiene su opinión. Convendrá conmigo en que tener una opinión no implica tener razón.
Estoy convencido de que no la tiene, y para ilustrarlo tiro de San copiapega y le pongo partes de algunas normitas y resoluciones legales:
CAPÍTULO III
De los puestos
- Artículo 19.- La venta de productos en la vía pública y zona de mercadillos sin licencia dará lugar, PREVIA ADVERTENCIA de los Agentes Municipales, al decomiso de los productos que se traten de vender.
- Tener un perro de raza Rottveiler suelto y sin bozal en la vía pública, causando alarma entre los vecinos y transeúntes, de forma reincidente (cuatro denuncias) y haciendo caso omiso en todas las ocasiones A LAS ADVERTENCIAS DE LOS AGENTES de la autoridad, artículo 24 de la Ley 1/1990, de Protección de los Animales Domésticos.
- Tercero.- La sanción se propone (1200 300 300 ) teniendo en cuenta la intencionalidad acreditada en la comisión de la infracción por el denunciado HACIENDO CASO OMISO DE LAS ADVERTENCIAS de los Agentes Medioambientales de que se dejase de practicar la pesca en las instalaciones.
- Acto que se notifica: Providencia de 14 de agosto de 2001, del Director General de Turismo, por la que se inicia el procedimiento del expediente sancionador que se expresa en materia de espectáculos taurinos.
Infractor: XXXXXX con domicilio en la calle XXXXX, número XX de Segovia.
Procedimiento número 01T/009/01.
Denunciante: Puesto Principal de la Guardia Civil de Las Rozas-
(…) el denunciado dificultó la entrada de la misma en los corrales, HACIENDO CASO OMISO DE LAS REPETIDAS ADVERTENCIAS de los Agentes de la Autoridad para que depusiese su actitud (…)
- Nueva ordenanza del Ayuntamiento de Valladolid:
El nuevo texto incide en que LOS AGENTES DE LA AUTORIDAD ADVERTIRÁN A LOS INFRACTORES y, en caso de resistencia, podrán ser desalojados del lugar y que responderán al "principio de proporcionalidad". Así, se requerirán las identificaciones a las personas que ejerzan la mendicidad y de no contar con ella podrán ser llevados a dependencias policiales.
- Extracto de la Instrucción 07/S-94 del Ministerio del Interior – Dirección General de Tráfico:
Extracción sanguinea:
Si el reconocimiento médico arroja como resultado la conclusión de que el conductor…
3º Los agentes ADVERTIRÁN al conductor de que va a ser sometido a una prueba de extracción sanguínea in situ.
Prueba de Contraste: (…) Los agentes ADVERTIRÁN al conductor de que de conformidad con el art. 28.1 a) (…)
- EL AYUNTAMIENTO YA HA INSTALADO ELSISTEMA QUE LE CONECTA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO - Los agentes ADVERTIRÁN con notas informativas azules antes de empezar a restar puntuación mediante multas amarillas.
- La ordenanza no prevé sanciones inmediatas para quienes la incumplan. LOS AGENTES ADVERTIRÁN EN UNA PRIMERA OCASIÓN DE LA INFRACCIÓN Y SÓLO DENUNCIARÁN A LOS REINCIDENTES, es decir, a los clientes previamente advertidos que no hagan caso de las indicaciones de la Policía Local y no abandonen la calle y a las prostitutas que sean identificadas en más de una ocasión ofreciendo sus servicios en la vía pública. El dinero recaudado con las sanciones irá destinado a proyectos sociales del Ayuntamiento de Granada.
- En declaraciones a los periodistas, el regidor explicó que "hasta entonces se desarrollará una campaña de información" en la que LOS AGENTES ADVERTIRÁN a los jóvenes que estén bebiendo alcohol en plazas y lugares no autorizados de que estará totalmente prohibido hacerlo.
- Aplicación de la ordenanza del Ayuntamiento de Siero: LOS AGENTES ADVERTIRÁN A AQUELLAS EMPRESAS que ensucien las carreteras o estén deteriorando de algún modo el entorno de los lugares en los que trabajan para que tomen las medidas pertinentes que eviten esas molestias. Hecha esta advertencia, si la empresa no corrige la situación, será sancionada.
- La Policía Local de Alicante denunciará a quien se bañe en la playa con bandera roja.
LOS AGENTES ADVERTIRÁN A LOS BAÑISTAS DE QUE SE RESPETE LA PROHIBICIÓN y actuarán contra el infractor por «desobediencia a la autoridad»
- Ayuntamiento de Tafalla: Los conductores que opten por acudir a comisaría deberán mostrar únicamente su carné de conducir. Los agentes, que tomarán sus datos, le informarán del resultado de la prueba. Si éste es superior a lo establecido legalmente como infracción administrativa o penal se le recomendará no coger el coche y SE LE ADVERTIRÁ DE LAS CONSECUENCIAS LEGALES DE NO SEGUIR ESA RECOMENDACIÓN.
- Experiencia piloto en A Coruña
Como no están dotados de radar, LOS AGENTES PODRÁN ADVERTIR PERO NO DENUNCIAR el exceso de velocidad, según ha subrayado el general jefe de la Agrupación de Tráfico, Rogelio Martínez. Pero Navarro ha matizado que podrán avisar a la patrulla con radar más cercana para que proceda con la denuncia.
Que barbaridad... si resulta que lleva usted razón y los policías "poco más tienen que hacer" que detener por delito o falta van a tener que expedientar a varias decenas de miles, eso si no van a la cárcel.
Ahora me dirá que le he malinterpretado... o seguirá en sus trece, tanto da, es muy dificil ilustrar a un irreductible sin formación pero con opinión.
Decías algo Adriano? Tienes una visión muy limitada de las funciones de la policía y de dónde vienen reguladas. :)
Dexter, me da igual lo que te dé. Me parece un comentario el tuyo impropio de alguien que dice ser abogado, sobre todo porque no sé a qué te refieres. Las pocas veces que he usado el arma ha sido legítimamente, nunca me han pedido ninguna responsabilidad, de ningún tipo.
Born, le contesto. Las actuaciones de la policía se controla y fiscaliza primero por sus mandos naturales, a continuación por las autoridades civiles de que dependan, y además de los anteriores, por el poder judicial.
Eso de que deberían recordar quien les paga ¿qué quiere decir? Que no deben proceder en contra del primero que les suelte eso de "yo pago tu sueldo"? ¿Significa eso que deben efectuar una dejación de funciones ante el primero que alegue que paga impuestos?...
- Señor, se ha saltado un semáforo, le voy a denunciar
- ¡Yo pago tu sueldo!
- Ah, perdone señor, no lo recordaba... continúe entonces, perdone la molestia, a sus órdenes... y recuerde subirme el sueldo un poco... gracias.
- Me ha parecido que estabas liándote un porro en el parque y hay niños, enséñame el DNI y vacía los bolsillos.
- ¡A mí no me hables así, trátame con respeto, que yo te pago el sueldo!
- Ahi va... no me acordaba, pues nada... muchas gracias, siendo así continúe usted, disculpe mis maneras, jefe, ¿quiere usted fuego?.
- Me he enterado de que habeis detenido a mi hijo ¿qué ha hecho?
- Pues parece ser que le ha robado un móvil a hostias a otro chaval.
- Eso no puede ser verdad ¡mi hijo es muy bueno! ¡yo pago tu sueldo, exijo que lo sueltes ahora mismo!
- Uf, que mala memoria tengo, no recordaba que a usted la declaración de la renta le salió positiva, a sus órdenes, ahora mismo le traigo a su hijo. Por cierto, para que el juez no me regañe llame al juzgado y le recuerda que también paga usted su sueldo, y al fiscal, para ordenarle como pagador que es usted, que no acuse. Que pase usted un buen día.
Se me ocurre una pregunta... ¿Las personas que no pagan impuestos, pueden exigir o recriminar algo a la policía, o tienen que achantarse?
Propongo que todo el mundo lleve siempre encima la declaración de la renta, la del IVA, módulos, pagos de tasas, o lo que corresponda, y en función de lo que paguen tendrán derecho a mandar más o menos o a exigir más o menos a las autoridades, si el contribuyente abona más de tres mil euros tendrá derecho además a que cualquier agente de policía cargue con sus maletas y le suba la compra a casa, atendido que un servicio tan caro debe ser mejor prestado.
Las personas que no paguen impuestos (que las hay, y muchas) tendrán derecho a ser tratadas de forma neutra, y aquellas otras que no sólo no paguen, sino que reciban subvenciones (PER, subsidios de desempleo u otro tipo, ayudas sociales) cada vez que se encuentren con un funcionario público vendrán obligadas a darles las gracias por estar recibiendo un servicio gratuito en tanto en cuanto sigan cobrando en lugar de pagar, amén de no poder exigir nada a los funcionarios... ¡es de bien nacidos ser agradecidos!
Perdonadme la gracieta... ¡pero es que siempre se oyen las mismas tonterías!
Kapitan, me refiero a que parece ser, por tus mensajes, que te crees con derecho a "dar toques" a la gente, y yo creo que no es así, o no debería serlo. Si alguien incumple las normas, tienes la obligación de sancionarlo, o al menos advertirle. Pero no dar un toque, por que eso presupone una superioridad ética o moral que no os otorga el uniforme ni la placa. Eso, unido a que en algún otro post afirmas que es "habitual" faltar a la verdad en un atestado (omitiendo detalles dices creo recordar) para que un hecho sea sancionado por vía administrativa y no por la penal, por ser más dura la primera.
Por otro lado, no entiendo por que tanto recelo a que se grabaran vuestras intervenciones... si se hiciera nadie podría poner en duda que vuestra actuación ha sido correcta, y todas las quejas infundadas quedarían en evidencia. ¿O no es así?