Mi suegro falleció hace 9 años. Mi suegra estuvo en la notaría y se legalizó la situación tras la declaración de herederos: una herencia normal, con mujer y tres hijas. Como estaban en gananciales, ella tiene el usufructo de los bienes. Hay dos viviendas: una la usa como residencia habitual. La otra vivienda está en Madrid, vacía, y pretende alquilarla. Una de mis cuñadas está en una situación económica delicada; ¿tiene algún derecho a reclamar parte del importe del alquiler?. Por otro lado, si las hijas quisieran vender la vivienda vacía, ¿podrían hacerlo aunque mi suegra se opusiese?
Supongo que estamos en un supuesto de aplicación del Código civil y no de legislación foral por lo que yo creo que sí que podrían llegar a vender la casa aunque la suegra se opusiese puesto que solo tiene derecho al usufructo del 1/3 destinado a mejora de la herencia; si la vivienda no se incluyese dentro de ese 1/3 podrían hacerlo, pero para eso sería necesario hacer inventario de bienes etc.