Esto de Estrasburgo tiene una pinta de ser un intento de Estafa colosal. La Asociación que lo promueve tiene experiencia en estafas a padres divorciados. Cuidadin con los amigos de viaje. Y es curioso, un dia antes hay convocada por la misma gente una Mani en Lisboa. ¿Quien se apunta a Lisboa-Barcelona-Estrasburgo?. Eso si, Estrasburgo cerrado a cal y canto.
Es una pena, siempre pasa lo mismo, cada vez que se intenta hacer una acción sea del tipo que sea, empiezan las divergencias, peleas, afanes de protagonismo, etc... etc..
Si es básicamente eso, quien esté contra la LVG es un maltratador, un neandertales como dice Law que quieren amparo legal para maltratar, entiéndase maltrato no obedecer las tontunas de ciertas mujeres que necesaitan la LVG como amparo legal para maltratar al hombre.
Law, qué pregunta más tonta ha hecho, estrújese el cerebro y ni aun así deducirá la respuesta correcta.
Teixo, ¿Es cierto lo que dices sobre los antecedentes de la asociación promotora por estafa? Dame más detalles, por favor. Mi apoyo a estas iniciativas depende de su seriedad y rigor. Hay tantas asociaciones, y el movimiento contra las leyes sectarias está tan fragmentado, que la información contrastada es esencial. Gracias.
Bien Law usted quiere decir que yo, que ni he gritado, ni he hablado mal, ni he insultado, ni persigo ni perseguiré jamas ha mi ex y que sin embargo ha venido ha mi casa, me ha roto las lunas de los cristales, ha recogido firmas alegando que yo era un drogadicto y por fin me ha denunciado por insultos y por sentirse perseguida y me han puesto una orden de alejamiento sin ni siquiera defenderme y cuando le dije a la jueza que me estaban quitando mis derechos me dijo que me desautorizaba si seguia con ese discurso y le dijo a mi abogado que debia ir aleccionado, osea amordazado, me estas diciendo que soy un .........pues perdona solo te deseo que ningun familiar tuyo tenga que pasar por donde yo. A y no me detubieron por que he rehecho mi vida y duermo en el mismo techo sino esposado y delante de mis hijos que vaya ejemplo. Esto si es maltrato a minentras consigue que yo siga sin ver a mis hijas. GRACIAS ZAPATERO.
“Y llegan los valientes del anonimato…” Sr. o Sra. Law (en lo sucesivo, Sra., ya que usted también escribe desde el anonimato) haga usted el favor de ser un poco más respetuosa con los/as usuarios/as de este foro, y exhiba su arrogancia y prepotencia –si se lo permiten- en otro lugar que no sea este.
Este tipo de comentarios: “Vamos a ver, la cuestión es que teneis que pensar vosotros y estrujaros el cerebro. Y me consta que alguno de vosotros tiene esa capacidad (aunque no la use)” es intolerable, y lo dice todo de la clase de persona que lo escribe.
Muestre un poco de educación y respeto, que seguro que esta capacitada (aunque no las use)
Yo sólo respondo a lo que me dicen, y como ser humano al final acabo adaptándome al medio, frente a un comentario prepotente y falto de educación mi respuesta puede resultar en el mismo sentio... fíjese en TODOS los comentarios y pida respeto a TODOS.
Sobretodo respeto pide Law.....será que ella lo da cuando llama neandertales a quienes no se resignan a ser condenados sin pruebas....será que ella respeta la igualdad cuando defiende una ley discriminatoria.
JAJAJAJAJAJA, porque en Europa no hay otra ley que permita meter a un hombre sin pruebas en la cárcel por su género, por eso no hay otro movimiento como éste......
Law ,me puedes decir que ley ,en materia de familia ,en materia penal,en materia administrativa ,vulnera la constitución
Artículo 14.
Los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Hay muchos casos contradictorios que se dictan por el tribunal constitucional de españa. ¿Por qué? Es que no quieren que ningún caso llega hasta Estrasburgo.
Ocho años sin ver a sus hijos por una falsa denuncia de violación
El Supremo le absolvió tras ser condenado a seis años de prisión. Rhttp://larazon.es/noticia/9068-un-absuelto-por-violacion-pide-2-7-millones-de-euros-al-estado-por-perder-a-sus-hijoseclama una indemnización de 2,7 millones por «funcionamiento anormal de la Justicia»
Sí,yo.... sobre todo el TituloIV.Sobre tutela penal ,y todos los articulos del código penal ,que a raiz de está ley se han modificado ,comparandolo inclusive que los artículos de la ley orgánica 10/1995 de 23 de noviembre.
Sobre todo art38 protección contra las amenazas o art 39 protección sobre las coacciones.
Artículo 38. Protección contra las amenazas.
Se añaden tres apartados, numerados como 4, 5 y 6, al artículo 171 del Código Penal, que tendrán la siguiente redacción:
4. El que de modo leve amenace a quien sea o haya sido su esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días y, en todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a tres años, así como, cuando el Juez o Tribunal lo estime adecuado al interés del menor o incapaz, inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento hasta cinco años.
Igual pena se impondrá al que de modo leve amenace a una persona especialmente vulnerable que conviva con el autor.
5. El que de modo leve amenace con armas u otros instrumentos peligrosos a alguna de las personas a las que se refiere el artículo 173.2, exceptuadas las contempladas en el apartado anterior de este artículo, será castigado con la pena de prisión de tres meses a un año o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días y, en todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de uno a tres años, así como, cuando el Juez o Tribunal lo estime adecuado al interés del menor o incapaz, inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento por tiempo de seis meses a tres años.
Se impondrán las penas previstas en los apartados 4 y 5, en su mitad superior cuando el delito se perpetre en presencia de menores, o tenga lugar en el domicilio común o en el domicilio de la víctima, o se realice quebrantando una pena de las contempladas en el artículo 48 de este Código o una medida cautelar o de seguridad de la misma naturaleza.
6. No obstante lo previsto en los apartados 4 y 5, el Juez o Tribunal, razonándolo en sentencia, en atención a las circunstancias personales del autor y a las concurrentes en la realización del hecho, podrá imponer la pena inferior en grado.
Observese que la ley es diferente para el hombre que para la mujer ,ya que en su redacción queda claro el que sea o haya sido su mujer (no habla de conyuges ,ni de parejas del mismo sexo...)habla claramente de mujer.
El artículo 17. Garantía de derecho de las víctimas, los contempla para toda mujer víctima de violencia de género.
En este sentido, la ley por omisión está excluyendo a las victimas que son hombres, que también los hay, estableciendo una diferenciación de género ante la ley, que la Constitución no recoge.
Tan indignante debiera ser para la sociedad ly la casta política, la pérdida de una vida humana, y no diferenciar entre si ha sido un muerto o una muerta. Cuando el legislador aborde el problema desde las causas y no desde las consecuencias, cuando no se ponga viseras o niegue parte del problema, entonces, empezará a solucionarse verdaderamente. Cuando en vez de centrarse a contar muertas y poco más, implante medidas efectivas de educación, asesoramiento familiar, etc, y modifique determinados señuelos legales que están en el transfondo de muchos litigios, entonces, tal vez, empiece a disminuir sus sesgadas estadísticas.