La prescripción es de tres años, por lo que va a ser que no afectará.
Lo que es muy raro es que se haya tramitado como rápido, y que el señalamiento sea tan lejano. La ley marca, creo recordar, que si se tramita como rápido y no hay conformidad, el juicio se ha de señalar en los quince días siguientes.
No me queda claro si la petición de condena que reproduces sea la que el fiscal ha manifestado por escrito, una vez no ha habido conformidad, o bien la que ha ofrecido de palabra al abogado. Normalmente las de palabra son cercanas al mínimo (a menos que haya antecedentes o una tasa muy elevada, accidente, etc.). Las que has expuesto son, aproximadamente, las que suele pedir el fiscal en caso de ir a juicio.
Una vez allí, puede haber una nueva negociación, y en ocasiones se pacta la condena al mínimo, eso sí, sin la reducción del tercio, que sólo es aplicable en el Juzgado de Instrucción.
Y si se celebra el juicio, el juez no tiene por que imponer la pena que pide el fiscal (que SIEMPRE se pasan tres pueblos). Puede poner menos, pero no más.
Si pudieras señalarme el precepto de la ley sería de gran ayuda.
La petición de condena que reproduzco la dijo el fiscal en el juicio rápido y entonces el abogado defensor no la aceptó ya que la encontró desproporcionada teniendo en cuenta que el acusado no tenía antecedentes, mostró buen comportamiento, etc...
Según me ha comentado, el abogado defensor le dijo que debido al transcurso del tiempo podría haber algún tipo de reducción en la pena, es eso posible?
Que atenuantes podrían alegarse en juicio?
Me imagino que la pena expresada por el fiscal no puede el día del juicio ser mayor, no?