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Colación

1 Comentarios
 
Colación
24/05/2014 22:24
En el caso que un padre venda a través de una sociedad unos pisos por debajo de su valor de mercado a uno de sus hijos siendo esa sociedad heredada por todos los hijos a su fallecimiento, ¿se podría considerar esta compraventa colacionable, ya que la sociedad pertenecía al padre? ¿ En caso negativo habría algún tipo de acción para colacionar dichos inmuebles?
26/05/2014 13:19
Las compraventas no son colacionables. Se pueden considerar inoficiosas, si perjudican el patrimonio del vendedor.

Sí se puede ejercitar acciones si la compraventa ha sido simulado o se ha realizado mediante coacciones o amenazas, o si perjudica deliberadamente el patrimonio del vendedor, pero ha de estar suficientemente claro que ha sido así para llegar a convencer al Juez en el acto de la vista de que la compra venta perjudica la legítima del resto de herederos.