Mi abuelo ha muerto. Mi abuela vive y estaba casada con él en gananciales y ha sido su única esposa. Sus propiedades: el piso, domicilio conyugal y ciertas cantidades de dinero en cuentas corriente y a plazo. Mi madre y yo únicas herederas. Hay dos albaceas contadores, partidores, administradores del cuadal hereditario con caracter solidario. Lega a mi abuela el usufructo universal vitalicio de su herencia.
Con estas premisas, me gustaría saber si mi madre y yo podemos recibir ahora el dinero, (sólo el dinero), legado por mi abuelo en las proporciones que nos corresponde o por el contrario, como mi abuela es usufructuaria universal vitalicia, esto no podría hacerser hasta su fallecimiento.
Si os poneis de acuerdo con tu abuela no es difícil, pues ella sería dueña de todo al 50% (por sus gananciales) del resto tendría derecho a una pequeña cantidad como pago de su usufructo que se calcula restando su edad a 89, con un mínimo del 10%. Sólo tenéis que hacer la partición de la herencia y ya está. Eso sí tenéis que estar todos de acuerdo.