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Cobrar subsidio por desempleo o paro

33 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 33 comentarios
Cobrar subsidio por desempleo o paro
22/09/2012 15:42
Hola,

Me quedé en paro el 2 de enero.No solicité subsidio de desempleo ni paro.Ahora cuantos dias tengo que cotizar para hacer los papeles

Quiero saber si con trabajar 1 dia cotizando(que seria la nomina de 1 dia) basta para ir al SEPE a hacer los papeles para cobrar subsidio por desempleo o el paro,que como digo,lo tengo sin agotar,no lo solicité en su momento.

Gracias
23/09/2012 11:59
Si te fuiste voluntariamente no tenias derecho a paro.
Si te despidieron del trabajo por causas ajenas a tu voluntad, aun puedes solicitar el paro, pero te descontaran tantos dias que medien entre la la solicitud y el tiempo que ha pasado.
En difinitiva, si te has ido voluntariamente del trabajo con un contrato de tres meses puedes cobrar el paro acumulado.
Si no te has ido voluntariamente del trabajo has perdido nueve meses de protección por desempleo y si no lo solicitas sigue contando.
23/09/2012 12:59
Gracias por la contestación.

No me fui voluntariamente ,cumpli el ultimo contrato que fue de 15 dias(y que solian ser todos asi)

Pues han pasado 9 meses y ya no cobraba ni un centimo asi que voy a ver que puedo hacer,voy a acumular,si,si.
23/09/2012 13:20
Creo que no has entendido nada.te paso el art.

2. Quienes acrediten cumplir los requisitos establecidos en el artículo 207, pero presenten la solicitud transcurrido el plazo de quince días a que se refiere el apartado 1 del presente artículo, tendrán derecho al reconocimiento de la prestación a partir de la fecha de la solicitud, perdiendo tantos días de prestación como medien entre la fecha en que hubiera tenido lugar el nacimiento del derecho de haberse solicitado en tiempo y forma y aquélla en que efectivamente se hubiese formulado la solicitud.
23/09/2012 15:18
Creo que me he explicado mal en el último mensaje.

Yo no presenté la solicitud,pero ahora tengo pensado trabajar 1 dia al menos,que ese dia se acumulará a todos los que tengo y despues de terminar este contrato de 1 dia y antes de que pasen 15 dias voy con los papeles al INEM a solicitar el subsidio por desempleo normal o el paro

Imagino que ese dia que trabaje ahora,se acumulará a los anteriores que tengo,se sumarán y tendré derecho a solicitar lo que en enero no pedí por causas ajenas a mi.Me dijeron que me llamarían en seguida para volver a trabajar y no lo hicieron.Yo si esto lo habria sabido,hubiera hecho los papeles en enero
23/09/2012 15:25
El resto ya sé,me dijeron en el INEM hace unos dias que aunque pudiera solicitar ahora mi subsidio no percibiría nada porque estaría agotado,al haberme quedado en paro en enero y ser ya septiembre.El subsidio son 6 meses y han pasado 9

Por eso tengo pensado acudir a una ETT para trabajar al menos un dia.Me dijeron que no habia regulación al respecto,que dia que trabaje dia que se acumula ,que lo que importa es una nueva cotización

23/09/2012 15:33
Yo no he pedido ni subsidio ni paro ni en enero ni despues.Yo siempre he trabajado,gracias a Dios,y la única y última vez que cobré paro fue en 2.009

Si ahora tengo 300 dias cotizados y trabajo 1 , imagino que luego tendré 301.Cuando se me termine el contrato voy al INEM y tramito la prestación.


Gracias,Trola,creo que antes no me expliqué bien,tengo algo de ansiedad
23/09/2012 17:43
Mejo pasa por el INEM y enteraté.
23/09/2012 18:05
Ya pasé y me dijeron.

Que cotizo un dia más y punto pelota.Si todos los dias cotizados cuentan,pues tambien cuenta uno.

No hay regulación al respecto me dijeron.Lo que tengo es que cotizar y ya está
24/09/2012 15:51
Yo pienso que funciona así:
- Si tú tienes derecho a una prestación por desempleo por haber cotizado 360 días o más, tienes 15 días hábiles para apuntarte al paro y solicitar la prestación por desempleo. Si solicitas la prestación después de los 15 días establecidos, perderás los días a los que tenías derecho desde la fecha en que tenía lugar el nacimiento del derecho hasta la fecha en que solicitas la prestación.
Por ej., en tu caso, te quedaste en paro el 2 de Enero, tenías derecho a 6 meses de prestación de desempleo (más o menos hasta julio). Como estamos en septiembre y no has solicitado la prestación, la has perdido. Si la hubieras solicitado en junio, hubieras cobrado 2 meses y perdido 4 meses.
Yo creo que ahora es demasiado tarde, que has perdido el derecho a cobrar esa prestación.
Según lo veo yo, si trabajas un día te contará para una futura prestación. El contador de días ahora mismo está a cero y empieza a funcionar desde este nuevo contrato de un día. Por, ej., si dentro de unos meses consigues un contrato de 30 días, tendrás acumulados 31 días para una futura prestación. Todos días por los que cotices en el futuro, hasta llegar como mínimo a los 360 días, te contarán para la nueva, no la antigua, prestación.
De todas formas, por intentarlo no pierdes nada.
Un saludo.
24/09/2012 16:25
Hola,

No, no ,he ido al INEM hoy y también he llamado por telefono para ver si coincidian unos y otros.

Yo no he agotado ningun dia puesto que no solicité nada y como no solicité nada,se acumulan todos los dias cotizados desde los últimos 6 años o desde la última vez que se solicitó prestación.

Yo no he solicitado ninguna prestación desde mayo de 2009.Yo acumulo los dias cotizados desde junio de 2.009 hasta ahora

Tendría que cotizar ahora al menos 180 dias para subsidio de desempleo y tener nuevo derecho si yo hubiera agotado la última prestación,pero yo no tengo agotado nada ,yo,como los demas, cuantos mas dias cotizas más estás acumulando luego para que el paro sea más largo en meses

Además me han dicho que la prestación es un derecho, y no se puede obligar a nadie a solicitarlo.Si una persona no tiene para paro porque le faltan unos dias todavia, no tiene la obligación de pedir subsidio por esos dias que no llegan,sino que puede esperar hasta cotizar los 360 porque se cobra más.
24/09/2012 16:45
Lo que pasa es que no te explicas bien, así todas las contestaciones estan viciadas por falta de informacion.
Si no tienes cotizado un minimo de 360 DIAS no tienes por que pedir la PRESTACION por desempleo.
24/09/2012 17:24
Joer trola, pareces nuevo. Pregunta estandar: "qué tengo que hacer para cobrar el paro"?
;) Saludos.
24/09/2012 18:19
Ya,soy consciente,es que tengo ansiedad ,siento no haberme explicado bien.

Pues eso,si ahora trabajo y empiezan a contar dias en el INEM y no llego a los 360 pues no tendria más remedio que pedir el subsidio por desempleo.

O esperar a cotizar maś dias hasta llegar a reunir los 360 o más(para luego cobrarlo más meses)

Si ven que si,que ya tengo 360,pues entonces cobraría la prestación contributiva(paro),que está todo muy mal y luego si no me llaman más pierdo pan y perro,asi que esta vez si me daria prisa en hacer los papeles dentro de los 15 primeros dias de haber acabado de trabajar.

Gracias,os tengo locos,perdonar y pasar buen dia



25/09/2012 00:45
Bueno, pues ahora la que está naufragando soy yo. Me he liado.
Ya no sé si naufrago estaba hablando de prestación por desempleo o de subsidio por desempleo o de qué.
A ver si me podéis decir si lo que he dicho en mi post es correcto o no y confirmarme que lo que expongo a continuación también es correcto:
- Trabajador que está cobrando una prestación por desempleo y le surge un contrato de menos de 360 días :
Cuando termine su contrato, tendrá derecho a continuar cobrando la prestación que interrumpió con el nuevo contrato. Los días que haya trabajado en el nuevo contrato se le contabilizarán para una futura situación de desempleo.
- Trabajador que está cobrando una prestación por desempleo y le surge un contrato de 360 días o más, que le permite cobrar prestación de desempleo de 4 meses o más (según los días que dure contrato).
Tiene 2 posibilidades:
O termina de cobrar lo que le queda de la primera prestación o cobra la prestación que le corresponde por el nuevo contrato. Perderá la prestación que no haya elegido.
- Trabajador que no estaba cobrando prestación por desempleo y le surge contrato de trabajo de menos de 360 días.
Se le contabilizarán los días que haya trabajado en ese contrato y se sumarán a los futuros contratos hasta que alcance un mínimo de 360 días, mínimo de días necesarios para poder cobrar una prestación por desempleo (durante un periodo de 6 años máximo).
Preguntas:
- ¿Si el trabajador ha tenido un contrato de 360 días, por ej, por el cual le corresponderían 4 meses de prestación por desempleo, puede decidir no cobrar la prestación y esperar a haber cotizado más días con un contrato posterior para poder acceder a más meses de desempleo? Me explico: Has terminado un contrato de 1 año y sabes que en unos meses te van a volver a contratar 6 meses. Por 18 meses, tienes derecho a 6 meses de prestación por desempleo y por 1 año a 4 meses. Se podría esperar a que finalice el 2º contrato de 6 meses para solicitar la prestación o no? Así tendrías 18 meses cotizados y 6 meses de paro en vez de 4. Me parece que esto no es posible. Va a ser que no cuela.
- ¿Si te quedan, por ej., 6 meses por cobrar de una prestación por desempleo, te surge un contrato de 3 meses, al finalizar ese contrato continúas cobrando 2 meses de la prestación, te surge otro trabajo de 3 meses, puedes cobrar los 4 meses de prestación que te quedan?
Muchas gracias por vuestra ayuda.
Un saludo.

25/09/2012 01:31
Estaba cerrando el ordenador pero te voy a ayudar y luego te doy otro consejo.

1ª Creo que estás en todo lo cierto hasta llegar a Preguntas(yo no se contestartelas)

2º Aqui entre que a veces nos explicamos mal o muy mal o nos entienden peor si te dan un cosnejo y lo tomas,puedes lamentarte bastante luego

3º Te voy a dar un telefono,puedes llamar hasta las 2.
901119999(3 unos y 4 nueves)

Ese telefono es información de SEPE e INEM,y están solo para atender por telefono.Puedes exponer tu caso,porque están para atender casos particulares.Al principio sale un contestador..te manda elegir por numeros.El 1 es para una cosa ,si seleccionas el 2 es para prestaciones...Selecciona 2 y en seguida se pone alguien y son muy majos,no como los que ponen cara al publico(aunque hay de todo)

Yo luego he mirado la factura y son unos centimos la llamada de muchos minutos.Al principio escucharas que te toca esperar 6 minutos,no cuelgues,que te atienden antes y si cuelgas y llamas luego te sale mas caro por el establecimiento de llamada.

Yo a veces he llamado cada dia para que no me tocase la misma persona a ver si me contestaban todos igual

De verdad es lo mejor,lo mejor

901119999 de lunes a viernes hasta las 2(creo que por la tarde no,pero porque nunca he probado)


Me voy a la camita
25/09/2012 01:37
Con tu ultima pregunta me he liado pero la priemra si se.

A ver...que si tienes 6 meses o más...puedes elegir tu coluntariamente no pedir subsidio y esperar a cotizar más.Cotizando mas...mucho mucho más...se pueden cobrar años de paro,creo queel limite son 3 años.

Hay unas tablas de X dias que se cobra en funcion de meses.La gente que cobre el maximo de meses será porque ha cotizado años,si habria cobrado subsidio no tendria más de 6 meses,nadie llegaria a cobrar el paro,porque si a los 6 meses hubiera obligatoriamente que cobrar subsidio,el paro no existiria para nadie

Todas las cotizaciones de los últimos 6 años valen para un nuevo paro.Si agotaste 3 pues te quedan todavia 3 años tuyos,
25/09/2012 07:47
Respuestas a las preguntas de amperio.

RESPUESTA: No se obliga a pedir la prestación o subsidio tras encontrarse en situación legal de desempleo. Tendrá que evaluar el desempleado si quiere seguir acumulando más cotizaciones o esperar a tener una mejor base reguladora o las perspectivas de trabajo que tenga en el momento. Las cotizaciones que se tienen en cuenta son los últimos seis años (a no ser que haya pedido una prestación posterior). Será el desempleado el que decida en qué momento quiere pedirla. Esto es importante sobre todo para contratos a tiempo parcial.

RESPUESTA: Sí. Si el trabajo es inferior a un año y se encuentra en situación legal de desempleo, puede (porque no está obligado a hacerlo) reanudar los días que quedaban del derecho reconocido. En el caso de que no reanude entre trabajo y trabajo, si acumula más de un año generaria un nuevo derecho y tendría que optar entre el derecho anterior o el nuevo. Por lo tanto, para aprovechar mejor los días de derecho del paro, conviene reanudar la prestación aunque haya pocos días de desempleo entre trabajo y trabajo.
En el caso de que una persona haya estado reanudando el derecho reconocido y tenga nuevas cotizaciones para otra prestación. Al no tener acumulado más de un año seguido (por no haber trabajado más de un año seguido en una misma relación laboral o en varias sin haber reanudado), se le obligaría a reanudar los días que le quedasen. Así, por ejemplo, hay personas que sólo le quedan dos días del derecho y a pesar de tener cotizaciones suficientes para un nuevo derecho, se le obliga (excepto a los fijos discontinuo) a finalizar el anterior derecho, por no haber generado derecho de opción (más de un año trabajado desde la anterior reanudación).

Saludos.
25/09/2012 15:48
No sé si he captado bien la explicación de la 2ª pregunta.
Según interpreto, cuando se reanuda el antiguo derecho el contador de días vuelve a estar a cero en lo que e refiere a los días requeridos para generar un nuevo derecho. ¿Si reanudas, aunque sólo sea una vez, ya estás obligado a reanudar siempre hasta terminar el tiempo de prestación que corresponde por el antiguo derecho?
SI es correcta mi interpretación, por ej, en el caso de que tuviera 10 meses trabajados, nunca hubiera reanudado el antiguo derecho y me quedara 1 mes del derecho antiguo, no me interesaría reanudar el antiguo derecho sino esperar a trabajar 2 meses más para poder optar entre el antiguo derecho (1 mes de prestación) y el nuevo (4meses).
¿Es así o me he colado?
Muchas gracias por todo.
Un saludo.
25/09/2012 17:55
"cuando se reanuda el antiguo derecho el contador de días vuelve a estar a cero".
Cuando se reanuda la prestación (no es aún antiguo derecho porque no sólo hay un derecho reconocido), las cotizaciones para un futurible derecho no se pierden. Por lo tanto, todo lo cotizado después de haber sido reconocida la prestación (incluida las numerosas reanudaciones que podrían haberse dado) queda acumulado.
Se perderían (o como tu dices el cómputo de días volvería a estar a cero) cuando se genera un nuevo derecho (haber trabajado más de un año de manera continuadas desde el reconocimiento de la prestación o desde la última reanudación) y hay que optar entre el derecho anterior o el nuevo generado por las nuevas cotizaciones (ya sean cotizaciones de anteriores reanudación más la del último contrato superior al año).
En el ejemplo que has puesto es así como comentas, pero es raro encontrar a alguien que renuncie a un mes de paro para esperar a trabajar de nuevo y así verse obligado a optar entre prestaciones. Lo más lógico es después de acabar los 10 meses es reanudar lo poco que le queda. Piensa que no pierde lo nuevo cotizado y saca provecho al derecho reconocido que aún le puede dar vía de acceso a un subsidio posterior. Pero vamos, esa jugada que comentas se puede ver en casos de que apenas le queden unos poquísimos días. Como comenté anteriormente, los fijos-discontinuos pueden optar sin que sea necesario haber trabajado más de un año desde la anterior reanudación.
Saludos.