Hay otro ejemplar de ese papel, el que seguramente tiene el casero. Intenten obligarle a presentarlo. arts. 270 LEC y 328 LEC: documento conocido tras la demanda, y toda parte pueda solicitar de la contraria la exhibición del documento que obre en su poder y que sea relevante.
El testigo tiene obligación de decir la verdad, y se le ha de apercibir sobre las consecuencias de no hacerlo. Si no acude, se le obligará a presentarse conducido por la fuerza pública.
Esa postura podría volverse contra ellos, ya que a falta de documento, no queda claro que el tercer inquilino se haya exonerado de responder solidariamente con los otros dos.
Atento al resultado de la prueba de confesión y la testifical.
Pues ha venido el compañero de piso y ha declarado que firmó a solas el documento con el casero, sin los demás presente, cosa que se contradice con lo que dicen los dueños del piso.
Sin embargo, el Juez no ha admitido el documento por estar fuera de plazo para presentarlo. Aunque nosotros tuvimos conocimiento de que el compañero de piso que se marchó y el casero lo habían firmado después de la finalización del plazo para presentar documentación.
Hasta entonces pensabamos que la existencia de dicho documento era un "invento" del dueño para decir que habíamos estado todos de acuerdo con asumir la parte que pagaba la persona que se marchó, cuando dicho documento en realidad sólo fue firmado por uno de los dueños y la persona que se fue de la vivienda.