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Casero amenaza con denunciar por impago de un compañero de piso

25 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 25 comentarios
Casero amenaza con denunciar por impago de un compañero de piso
19/01/2020 00:05
Intentaré resumielo lo máximo posible

*Alquilamos un piso entre tres. Piso anunciado como alquiler para estudiantes. Cada uno paga su parte (el dueño lo sabe, lo acepta, tenemos facturas por separado, nos dice la parte de gastos que corresponde pagar a cada uno, ...). Nos dice que solo acepta grupos de tres personas, ni más ni menos, al ser un piso de tres habitaciones. Así lo anunciaba.
* Le avisamos que vivimos los 12 meses del año en la vivienda y nos empadronamos en ella.

Nos hace un contrato de alquiler vacacional y modalidad solidaria. A la par nos entrega un documento de derecho de ocupación de la vivienda a coste 0 para que "Os podáis empadronar sin problemas.". Yo en ese momento, que no sabía qué significaba, acepté.

Una de las personas se marcha del piso sin el consentimiento del resto que vivimos en ella pero con consentimiento del dueño. El dueño está avisado que los que nos quedamos no podemos hacer frente al pago de la vivienda entre dos, y acordamos traer a alguien en lugar de la persona que se marcha (en principio se suponía que no aceptaba ni grupos de 4 ni de dos para el piso, como digo lo alquila solo a estudiantes). El día que íbamos a firmar un anexo con la persona nueva el dueño nos deja plantados. Quedamos un segundo día y nos vuelve a dejar plantados (tengo pruebas de ello). Dice que no le hemos pagado los gastos antes de X día (en ningún momento nos había dicho que teníamos ningún plazo para pagarlos, en más, los gastos de julio nos los envío en octubre...). Ha dicho que no aceptará a una tercera persona, que apechuguemos entre dos el alquiler de la que se ha ido (sin nuestro consentimiento, pero sí con el suyo), que le paguemos un mes mas de fianza y que si nos marchamos nos reclamará los meses restantes de alquiler hasta finalizar el contrato. Si no hacemos todo lo que dice amenaza con denunciar.

Ahora nos dice que si no nos ponemos en contacto con su abogado para pagar la deuda e ingresar otra fuanza, nos denunciará. (Ha enviado un e-mail diciendonos ésto).

Me siento estafado, tengo una discapacidad y una situación socioeconómica muy mala y creo que ae está aprovechando. No entiendo qué no aceptara a la persona que encontré para ocupar la habitación de la que se marchaba, ni entiendo por qué dejó que se marchara esa persona, ni por qué nos dejó plantados en dos ocasiones que quedamos para solucionar esto, ni por qué me reclama el dinero a mí en lugar de a la persona que se ha ido. Me he enterado por un abogado de de un centro cívico de lo que significa alquiler vacacional y contrato solidario... Creo que me ha estafado.

Ahora desconfio de hacer lo que me pide y hablar con su abogado. ¿Estoy obligado a hacerlo? ¿No ne intentará enredar?

No sé qué hacer, estoy confundido..
19/01/2020 11:26
Confundidito
Habrá que leer todo el contrato. Con detalle

En principio "solidario" significa que todos responden, los tres.

Hay que examinar cómo ha permitido el casero que "se marche" el tercer obligado, me extrañaría que le haya liberado de sus obligaciones contractuales.

Ahora existen dos posibilidades:

1- El casero los demanda a ustedes dos, está en su derecho, porque son "solidarios". Pero podrían ustedes llamar al juicio (intervención provocada, arts. 14 y 15 LEC) al tercer firmante.

2- O bien pueden ustedes "repetir" (reclamar) al tercer firmante la parte que le toque, o incluso adelantarse a pedírsela antes de que el casero actúe.

Es el problema de comprometerse por escrito con gente que no es de confianza. Pero como puede ver, es simple, aunque laborioso.
19/01/2020 11:32
Confundidito
Doctrina: para D. José León Barandiarán, la liberación de sus obligaciones de uno de los deudores solidarios por parte del acreedor aprovecha parcialmente a los otros, que pueden invocar la remisión hasta la parte proporcional.
19/01/2020 11:58
Hoplon
Muchas gracias.

Realmente no sé bajo qué condiciones dejó que se marchara porque el casero no nos ha dicho nada y es imposible ponerse en contacto con la tercera persona. Pero entiendo que si estamos tres en el contrato, uno no puede desentenderse sin el consentimiento de todos, no?

El dueño nos envío un burofax diciendo que va a denunciarnos a los dos que nos quedamos si no nos ponemos en contacto con su abogado para pagar las deudas. Le he escrito un email al casero y me ha respondido que todo lo que tenga que hablar lo hable con su abogado yo directamente, que a partir de ahora él (casero) no hablará conmigo. No sé qué tenga que hablar yo con su abogado... ¿Qué le voy a decir? ¡Si el casero le paga para que actúe en su beneficio no para buscar una solución justa para todos! Además el contrato acaba en 5 meses...


De la persona que se ha ido solamente tengo el número de teléfono y no responde. No puedo reclamarle nada por carta o burofax porque no sé donde vive (sigue empadronado aquí, en el piso del que supuestamente se ha marchado, no sé cómo localizarlo donde realmente Vive).

Supongo entonces que la única opción es esperar a que denuncie y nosotros denunciar a quien se ha "marchado".
19/01/2020 12:08
Hoplon
Perfecto ¡Muchas gracias!

Me quedo más tranquilo así :)
19/01/2020 14:24
Confundidito
Si, es lo que yo haría, seguir pagando mi parte y la del segundo ocupante que aún vive allí, esperar a que me llegue la demanda del casero, y entonces pedir al Juzgado la "intervención provocada" del tercer sujeto. Por el domicilio no se preocupe: el juzgado hará diligencias para notificarle y en su caso se le podría citar por edictos.

La única posible pega: que el tercer sujeto, el que se fue, sea insolvente, y aunque le condenen no tenga nada, porque en ese caso ustedes dos tendrán que pagar y sin embargo no podrán recuperar lo pagado.

Propóngale al casero por correo electrónico que les permita incorporar a una tercera persona al piso, y que puesto que los tres son solidarios y ustedes dos pagan, que le reclame la deuda al otro que se marchó: no porque el casero vaya a hacerlo, que tal vez no lo haga, sino para poder demostrar en el futuro juicio, si lo hay, que ustedes dos intentaron ofrecerle soluciones.
19/01/2020 17:02
Hoplon
Muchas gracias, de verdad me ayudas mucho.

Lo que comentas ya se le ofreció al casero en su momento... Por email está todo registrado, incluso antes de que se generara un impago por parte del tercero yo encontré a una persona dispuesta a sustituir al que se marchaba (por evitar problemas...), se lo comuniqué al casero, acordamos quedar un día para hablar y firmar con la persona nueva, y no apareció. En su lugar envío un email diciendonos que había cambiado de opinión y que pagáramos entre dos.
19/01/2020 17:13
Confundidito
Sobre la solvencia, ¿Cuando se es insolvente? Yo tengo una pensión no contributiva y un trabajo por horas por el cual gano menos de 3000€ anuales, tengo lo justo para pagar el alquiler y comer (no tengo propiedades, ni coche ni nada de eso; eso sí, mi salud está mejorando después de varios años muy mal y en cuanto acabe mis estudios en junio espero poder trabajar a tiempo completo y dejar de percibir la pensión)
El tercero me consta que trabaja a tiempo completo.
19/01/2020 19:59
Confundidito
Hay una posibilidad un poco rara y es que a pesar de que el contrato sea solidario sin embargo el desarrollo de la relación arrendaticia haya sido mancomunada, por ejemplo emitiendo 3 recibos, aceptado 3 pagos separados, facturando 3 consumos, etc.
En ese caso podria defenderse que no hay solidaridad, pero esto que digo es una posibilidad muy remota. No se si será el caso.
19/01/2020 20:27
Confundidito
Muy bien visto, León, el consultante hará bien en comprobarlo, aunque sea poco probable.

En cuanto a la insolvencia: simplificando mucho, es insolvente quien no tiene patrimonio y tiene ingresos muy reducidos. De el salario, por ejemplo, un juzgado solamente puede embargar según una escala:

El salario mínimo no puede embargarse.

De la cantidad que exceda del salario mínimo y hasta el doble del mismo puede embargarse el 30 %.

De la cantidad que exceda del doble del salario mínimo y hasta el triple del mismo el 50 %.

Y así sucesivamente...
27/02/2020 22:23
Confundidito
Me ha llegado la cédula de notificación para compadecer en la oficina de notificaciones de los juzgados. Iré mañana...
A ver qué sucede porque el contrato acaba el 30 de Junio. Por mi parte todo pagado.
28/02/2020 09:49
Confundidito
Pues recoja su notificación, y comente aquí el resultado. A ver qué se puede hacer.
28/02/2020 10:40
Confundidito
Nos ha denunciado solamente a dos de las tres personas, a las dos personas que seguimos en el piso y pagamos. He solicitado abogado de oficio y justicia gratuita. La denuncia es de desahucio (lanzamiento para el 04/05/2020), reclama los 1200€ de renta que no ha pagado la persona que el propio dueño dejó que se marchara (y a la cual no ha denunciado). Además de otros 10.000€ no sé de qué (todavía no he llegado a casa para leer la denuncia en detalle). El mismo casero ha adjuntado a la denuncia diversos email y whatssap donde se ve que no nos permite buscar a alguien más para el piso al desaparecer el que no paga, y que no acude a la reunión programada.

Me han dicho en asesoramiento jurídico cuando pedí el abogado de oficio que no "debe" denunciar solamente a dos personas si en el contrato somos tres.

Ahora mismo estoy recogiendo la documentación para la justicia gratuita.

Actualizaré el tema cuando tenga más información. Espero que si alguien se ve en esta misma situación le pueda ser útil saber cómo evoluciona este caso.
28/02/2020 10:53
Confundidito
Tal como le comenté en mi nota del día 19 de enero, espero que su abogado de oficio esté conforme y pida la "intervención provocada" del tercero: ¿figura su firma en el contrato, verdad?

¿O lo ves para una excepción de litisconsorcio pasivo necesario, León?

A ver eso de los diez mil euros, si es verdad, o es un error: puede que sea la cuantía del procedimiento, la renta anual.
28/02/2020 10:55
Confundidito
Y pídale a su abogado de oficio que examine mi nota del día 19 de enero sobre remisión proporcional, por si le resulta de alguna utilidad.
28/02/2020 11:21
Confundidito
"Cuantía de esta demanda es de 10.766€ y la acción de reclamación de rentas de 1220€"

Le comentaré todo a mi abogado, me han dado cita para el día 5;de marzo

En la denuncia pone que además del impago del tercero hemos pagado los gastos de forma"inoportuna". No sé qué significa eso, de normal se los hemos ingresado con el siguiente pago del alquiler (si me enviara ahora una factura, la pagaría en el mismo momento que le ingreso el dinero de la renta de marzo).
También dice que han intentado solucionarlo y que no hemos buscado ni encuentrado a nadie para sustituir a la persona que se marcha, cosa que es mentira y se ve hasta en los mensajes de WhatsApp que el mismo casero ha adjuntado a la denuncia (le paso los datos dd contacto de la persona nueva, DNI y acordamos quedar, no aparece). El segundo día que no aparece cuando quedamos es porque, ese mismo día 5h antes de la reunión me envía un email reclamando que le ingrese unos gastos antes de que pasen 4h. Le respondo que le he hecho una transferencia pero que tarda 2-3 días en llegarle y por este motivo cancela la reunión (esta conversación por email también la ha adjuntado el casero mismo en la denuncia, lo que no ha puesto es la parte donde aparece el justificante de transferencia y dónde dice "nos vemos en los juzgados")

Dice que rechaza la posibilidad de enervacion porque nos hemos negado en el pasado
28/02/2020 11:21
Confundidito
Sí, la tercera persona está en el contrato, firmado.
28/02/2020 19:43
Confundidito
Lo primero, y para su tranquilidad, la cuantía de la demanda es -como ya le anticipé- una cuestión meramente procesal, pero nadie le está pidiendo diez mil euros, les piden exactamente 1.220 €, ni uno mas.

Segundo: pídale a su abogado que examine la cuestión del litisconsorcio pasivo necesario o subsidiariamente la intervención provocada, incluso le animo a que le muestre este hilo. Procede esta excepción cuando habiendo intervenido varias personas en la firma del contrato solamente se demanda a una (por todas, Sentencia del Tribunal Supremo de 9 junio de 1984). Al principio tuve mis dudas porque no procede la excepción cuando se puede demandar a varios obligados solidarios y se opta por uno (STS 23-4-99), pero el examen de la jurisprudencia me lo ha aclarado.

La enervación la deberá examinar su abogado, y por favor que mire también la remisión proporcional según D. José León Barandiarán.
28/02/2020 19:46
Confundidito
Añado, para terminar de aclararlo, que la STS 9-6-84 se refiere a un juicio verbal de desahucio, y que los firmantes del contrato eran dos esposos.
13/07/2020 21:13
Hoplon
Bueno, mañana es el juicio.

Hemos descubierto que mi compañero de piso firmó con los dueños de la vivienda que podía marcharse del inmueble sin pagar nada, abandonado toda responsabilidad con respecto a su parte del pago.

Ese documento se firmó sin que las otras dos personas que vivimos aquí lo supiéramos.

Nuestra abogada dice que presentando ese papel tenemos el juicio ganado porque los dueños de la vivienda han mentido en la denuncia en puntos clave.

Sin embargo, el compañero de piso que está llamado como testigo se ha negado a presentar ese papel. Dice que no nos hará dicho favor. Además, ha dicho que si en caso de perder el juicio le reclamamos el dinero, me denunciará "por bullying y por haberlo echado de la vivienda" (ninguna de esas cosas es cierta).

A ver qué sucede mañana.