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Carritos de bebe

51 Comentarios
Viendo 41 - 51 de 51 comentarios
24/02/2006 18:21
Comprendido, Arangüez.
24/02/2006 20:18
Haber Aragüenz.

He mirado en mis Estatutos y NO dice nada sobre cochecitos de niños. Según esto, mientras NO se acuerde por…¿? ¿se pueden dejar en el portal?.
Aquí, además de cochecitos, hay una papelera (siempre está vacía, la “propaganda” se echa a la papelera pero NO encestan y se cae fuera, y ahí se queda hasta que viene la “empleada”. Yo casi prefiero ver ahí un cochecito de niño.
¿En mi Comunidad hay varios pequeñines, y somos muy comprensivos. NO solamente no provocamos a los dueños de los cochecitos sino que les decimos, cuando los vemos cargados con ellos, que lo dejen abajo, y nos cuidamos de que NO se quede la puerta abierta para que NO se los lleven. El único problema que tenemos es el secretario-administrador (esa es otra historia).
Isabel, si tu cochecito NO corre peligro, sigue dejándolo, por lo menos hasta que te llegue el Acta con el acuerdo de que NO puedes dejarlo (NO creo que te llegue).
Esas gentes tan pendientes de esas “pequeñeces”, ¡que pasa! ¿NO tiene otra cosa en qué pensar?. ¿Nunca han tenido, hijos, nietos, sobrinos …?.
Un saludo.

PD. Si en los estatutos NO se prohíbe y las LPH NO dice nada al respecto. En que te basas para decir que “los vecinos legalmente tienen razón”?
27/02/2006 10:19
Comentaís en muchos de vuestros mensajes la falta de espacio en el portal... Yo soy la primera que si compruebo la insuficiencia de espacio haría todo lo posible por no molestar, pero es todo lo contrario en mi portal existen dos escaleras y hay espacio suficiente para la subida y bajada de todos los vecinos.
Referente al mensaje impuesto por el adminisitrador, ha sido colocado simplemente porque había una vecina que llamaba todos los días a su gabinete con este problema y para que le dejaría de llamar lo escribió, pero sin ser convocado ni aprobado el tema por los vecinos. Ahora sí está puesto en acta y se hablará en la próxima junta el tema.
Gracias de nuevo a todos por ayudarme.
27/02/2006 10:35
El problema de Isabel, como el de muchos, es pensar que lo que es de todos ... NO ES DE NADIE.
27/02/2006 13:06
María Rosa, si en tus estatutos no dice nada, NO PUEDES PONER EL CARRITO, pues estás ocupando un elemento común sin permiso de la comunidad (que debe ser unánime).

Vuelvo a repetir lo que he dicho antes, poner el carrito requiere un consentiemiento EXPRESO (sea en acta o sea en los estatutos) , pero para impedirte que coloques el carrito NO se necesita una aprobación de nada.

En cuanto al cartel, es normal que lo ponga y no se necesita aprobar esa colocación, porque lo que hace es simplemente recordar lo que ya dice la ley que no se puede usar los elemento comunes para dejar cosas (de hecho, cualquier vecino puede poner un cartel recordando detalles que diga la ley y los estatutos).

El problema que tendrás, Isabel, es que para dejar el carrito se necesita UNANIMIDAD y si ya dices que una vecina ha protestado, esa votará en contra, por lo que no tendrás unanimidad, lo peor que has podido hacer es su inclusión, pues hasta ahora no podías hacerlo, pero mientras no se aprobara demandarte o algo por el estilo, podías seguir haciéndolo (aunque no legalmente, claro), pero a partir de ahora, si no se aprueba lo que pides, tendrás muchos menos recursos donde agarrarte.

Que conste, y vuelvo a reiterar, que contesto desde lo que dice la legalidad, sin entrar a valorar si me parece bien o mal la actitud de los vecinos, pues no conozco ni la comunidad ni los vecinos ni sus problemas y por tanto, no lo valoro, ya que este es un foro jurídico y sólo contesto sobre lo que legalmente se establece.

Por cierto, María Rosa, la frase "hace daño a la vista tanto "haber" en lugar de "a ver", iba por Damaot, pero tú también lo haces, simplemente es un comentario para que te des cuenta de que queda mal, una crítica constructiva.
27/02/2006 13:25
Hola Isabel.
Dices que "Ahora sí está puesto en acta y se hablará en la proxima junta..".

Imagino que has querido decir que está en el Orden del Día, y se hablará en la próxima Junta. ¿NO?., Sino fuera ó fuese así el acuerdo sería NULO de pleno derecho (IMPERATIVO).
Lo dice la LPH., y SS (sé leer).

Un saludo. Y ¡suerte!.
27/02/2006 13:33
Pues te equivocas, María Rosa.

Te aconsejo que visites al registrador y contrastes las normas Imperativas de la LPH, porque veo que no andas muy fina con el tema.

Ese acuedo que mencionas es ANULABLE, no nulo.
27/02/2006 14:57
Me parece que ya copié una sentencia (he leído varias) que declara nulo de pleno derecho, un acuerdo tomado sin haber sido incluido en el Orden del día. ¿Alguien lo ha visto?. Luego lo buscaré y copiaré.

PD. Que conste que solo soy una ignorante con algo de sentido común y muchas ganas de aprender, y lo único que hago es copiar, copiar y copiar; Y estar “dialogando” con un licenciado en Derecho es un placer. ¡Palabra!.
27/02/2006 18:16
Hola Isabel.

Efectivamente, Lego tiene razón. Si la propuesta NO figura en el Orden del día el acuerdo es ANULABLE y no NULO de pleno derecho.
En las sentencias que he visto, el acuerdo era NULO (NO figuraba en el Orden del Día) pero NO por no figurar en la convocatoria, sino porque NO le fue notificado al comunero que demandó. Errar es de humanos y reconocerlo….también.
Saludos.
27/02/2006 18:36
Maria Rosa, y ¿cómo demostró ese comunero que no le había sido notificado? Pues según las últimas informaciones que he leido por aquí, la notificación en el buzón es perfectamente válida. Y si el secretario administrador dice que le dio la copia a través del buzón ¿qué?
Nosotras ni errando nos queremos ir.
27/02/2006 19:18
Rex
No me había fijado bien en tus palabras hasta repasar hoy de nuevo el tema y he de decirte que me han entristecido y mucho éstas que has escrito el 22/02/2006:
"Semejantes presidentes o administradores, que niegan la presencia de cochecitos de niño, seguramente ni fueron bebés ni tuvieron madre, procediendo de alguna probeta colectiva donde fueron prefabricados, a partir de las babas de los demonios que andan sueltos y niegan la vida"
Es muy duro lo que dices.
27/02/2006 19:42
Lorea, muy sencillo.
NO vivia en su Comunidad y dio órdenes , fehacientes, al secretario-administrador para que las notificaciones se las enviran a otra dirección. NO pudieron demostrar que le enviaron la Notificación de la convocatoria al Junta con el Orden del Día. ¡Eso va a misa! Y ¡yo me voy al hiper!. Un abrazo.