Si estaban casados en regimen de gananciales, NO. Queda bloqueado el 50% del saldo. Sugeriría que la viuda traspase el 50% del saldo a otra cuenta de la que sea la única titular.
Si la cuenta es indistinta, la viuda puede disponer del 100% del saldo.
Cuestión diferente es que tenga que responder de ello ante los herederos, pero el banco no puede entrometerse.
No queda en claro si hay viuda o no, porque primero empieza afirmándolo y luego parece que su difunto padre falleció en estado de viudo.
Qué dice al problema el abogado que lleva el asunto, que seguro que lo conoce a la perfección?