Buenas tardes, no sé si me podéis ayudar. Hace un mes falleció mi padre, ha estado casado durante 25 años en segundas nupcias y en régimen de gananciales. Somos tres hijos del primer matrimonio (nuestra madre falleció), del segundo matrimonio no hay hijos. Mi padre y su esposa tenían dos cuentas: en la cuenta donde cobraba mi padre la pensión y sus ingresos estaban ambos de titulares, pero en la cuenta donde su esposa ha cobrado su nómina y pensión ella es titular y mi padre ha estado como autorizado. Hemos abierto el testamento donde indica que “los herederos somos los hijos y ella tiene la cuota legal usufructuaria que le corresponda”. Ella dice que es dueña del 50% del dinero de la cuenta de mi padre y de su cuenta a 100% (todo) , lo cual nos parece injusto a los tres hijos. Mi duda es si estaban casados en régimen de gananciales ¿por qué las dos cuentas no son gananciales? y porque al ir a Hacienda para informarme sobre el Impuesto de Sucesiones también me han dicho una funcionaria que sólo tenemos que declarar el 50% de la cuenta de mi padre y que nada tenemos que ver en la cuenta de ella a pesar de estar casados en régimen de gananciales. No sé si me podéis ayudar pues me parece todo tan injusto. Gracias
Tanto una cuenta como la otra pertenecen a la sociedad de gananciales íntegramente. Al haber quedado disuelta con la muerte de su padre, el 50% de una y el 50% de la otra pertenecen a la masa hereditaria, pues los herederos sustituyen al cónyuge en todo lo que pudiera reclamar. El hecho de que en una cuenta hubiese dos titulares y en la otra uno solo no obedece a que en la primera los fondos fuesen privativos de ambos cónyuges y la segunda fuesen gananciales, sino a una cuestión de pura mecánica bancaria, por lo demás bastante habitual: un allegado o un cuidador del anciano son cotitulares para poder gestionar los fondos sin necesidad de reclamar un esfuerzo de aquel, proporcionándole efectivo y solucionando los problemas que haya. Pero eso no significa en absoluto que (aunque puede legalmente reclamarlo) sea propietario del 50% del saldo, y mucho menos en los casos en que el mismo está identificado en cuanto a su procedencia. Por lo tanto, tiene usted razón: ambas cuentas son de procedencia ganancial. Hay una forma de bloquear ambas cuentas por orden judicial en tanto se dilucide el destino de esos fondos; pero si ya se ha esfumado su madrastra con el dinero, podrá reclamárselo en juicio.