No es qe no lo vean claro es qe me siguen diciendo qer solo me deben los dias de apartir de mi baja de maternidad y lo de antes no, porqe es por enfermedad y se pierden...
Yo te pregunto:
Verdad qe si no estuviera embarazada y me rompo un pie me deben los dias no????
Pues se lo explico asi a la empresa y sigue en sus treces...
Pues si loo prefieren ya se lo explicara un juez, aunque tener confilctos por estas cosas...
Pero eso si, si se trata de conoe de hacer valer tus derechos la cosa es así
Ah! y si ahora tu rompieras un pie, tras esa sentencia, el resultdo seria el mismo, es decir, podrias pedir que se te señalkara un nuevo period de vacaciones.
Pero es que en tu caso, insisto, la norma ya lo recogia de forma clara y expresa, al tratarse de una baja debida al embarazo. Ya antes de esa sentencia te corrrespondia, ahora, con la sntencia podrias pedirlo incluso por romperte un pie y sin estar embarazada.
Hola. Mi baja durante el embarazo ha sido por riesgo laboral durante el embarazo. No tenía ningún problema de salud, es decir no era por incapacidad temporal, sino que me dijeron que a partir de la semana 28 el seguir trabajando en mi puesto podría suponer un problema para el bebe. En fin me dieron la baja "suspensión de contrato" y es la mutua la que me hace la prestación económica. Yo ya tenía pedidos y firmados mis días de vaciones de verano, que al final han coincidido con la baja por riesgo laboral. NO me llega a quedar claro si en el artículo que mencionas (el 38 del ET) queda reflejada mi situación. Y si me corresponden esas vaciones. ¿Las podría disfrutar al año que viene en el 2010 tras el descanso por maternidad verdad?
Un saludo