Huy, si, que se me olvidaba: Y que por vivir en una ciudad sabe mas, claro. (Ciencia infusa empadronamentaril, creo que le llaman los expertos). Saludines.
Voy a empadronarme a una ciudad, a ver si se me pega algo de ciencia jurídica...
Urbiona, la LCRIM es de aplicación subsidiaria de la ley procesal militar. Por lo que, en mi opinión, y sin ser un experto en derecho militar, la asistencia letrada es igual.
Maicavasco, debes descentrar a los agentes con tu resplandeciente belleza y por eso te dan copia de la declaración y de lo que sea menester :)
En mi pueblo estamos igual que en el de Data; la norma es que no te lo den, aunque haya algún agente que se estira un pelín y le da a imprimir una copia de más, como los hay que te permiten aconsejar al detenido que no declare allí, los que permiten que el detenido esté en un cuartucho con la familia o que esta les lleve un bocata como dios manda (sin lima, eso sí).
Vamos haber,la copia de la diligencia policial, solo debe darse una vez que el juzgado a iniciado actuaciones, el juez puede decretar secreto del sumario y por eso en sede policial no dan copia ni a detenido ni abogado.-
Tengo entendido que a los únicos que les dan copia de una declaración en comisaria, son a los letrados en turno de oficio por malos tratos.-
Suggar, no es exactamente lo que quise decir; me refería a que yo trato de hacerles entender lo que supone denunciar, porque muchas creen que hoy te denuncio, mañana te perdono, pasado ya veremos... Si les explicas que al día siguiente puede tener una orden de protección que les impida acercarse uno al otro hasta que el juez diga, que aunque ella retire la denuncia el fiscal puede seguir adelante, que el juicio puede acabar en una condena de prisión con los correspondientes antecedentes, etc., más de una cambia de opinión.
Yo sobre si deben denunciar o no, no las aconsejo, por que entiendo que excede mi cometido; simplemente les informo de lo que supone la denuncia. Ten en cuenta también que con ello tiro piedras en mi tejado, por que las que deciden no denunciar no cobramos ni un Euro...
Por lo visto en mi colegio, la asistencia al detenido es independiente de la asistencia en juzgado y quien atiende en comisaría no lleva el expediente en el Juzgado, así que parece lógico que no nos den diligencia alguna de la declaracion.
No entiendo que cada colegio arbitre sus criterios en este tipo de cosas. Menudo desbarajuste.
Urbiona, lo que dices no tiene ningún sentido, y si tu Colegio trabaja así es un disparate mayúsculo. Para que hacer pasar por dos abogados al detenido por el mismo asunto??
Creeme trabaja así. Por lo visto, el abogado de guardia de asistencia al detenido, se dedica a ir sólo a las comisarías y a los cuartels de la Guardia Civil del partido, atendiendo a todos los detenidos y, el abogado de guardia en el juzgado cuando lo pongan a disposición judicial, se ocupa de su defensa.
A mí me parece un despropósito, especialmente, porque hace que la reunión con el detenido tras la declaración sólo sirva para cubrir el impreso de asistencia. Porque, ¿qué le vas a aconsejar si la defensa la va a llevar otro abogado?