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Amenazas de un vecino al punto de llegar a las manos

27 Comentarios
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Amenazas de un vecino al punto de llegar a las manos
12/10/2024 13:41
Buenos días:
Está mañana ha subido a mi casa uno de los vecinas de mi comunidad a decirme que “bajara abrirle la puerta de la cochera” ya que a ellos la llave no le iba. Tras insistirle en “qué puerta era” (para coger una llave u otra) he bajado (admito que de malas ganas) entonces su marido se me ha echado casi encima, reclamándome que como presidenta que soy que “la cerradura estaba rota desde hace mucho tiempo y que ya lo había dicho muchas veces (cosa que no es cierta), incluso que había hecho varias copias”.

La cerradura pertenece a una puerta cortafuegos que conecta las cocheras con el bloque y el problema que “pueden” tener es que “hay que encontrarle el truco para abrir” ya que a todos los vecinos nos sucede lo mismo. He intentado explicarle que eso sucede desde siempre (hace 28 años), pero él insiste que desde que él vino a vivir aquí (hace tres años). Y que si la cerradura no es, que se cambie esa puerta.

La cosa se ha calentado tanto que he tenido que echarles en cara que iban con retraso en la comunidad (para que dejaran de exigir) y que las cuentas además están al mínimo ya que durante los últimos meses hemos tenido que pagar varias facturas por diversas reparaciones urgentes que han dejado a la comunidad “en mínimos” y claro, si los vecinos nos pagan, las cosas no se pueden arreglar. Pese a eso tengo educación y les he pedido hasta perdón (aunque en opinión de otros vecinos no tenía por qué, ya que todo lo que dicho es verdad).

Gracias a un vecino he conseguido “arreglar” de forma provisional la cerradura. Se había roto porque tenía papeles dentro y la mitad de la llave del vecino con el que he discutido. Sin embargo, cuando he intentado decírselo, la cosa ha pasado de castaño a oscuro.

En primer lugar me ha soltado que “como presidenta estoy para servirle y que si no sirvo que dejé el cargo” (cuando llevo en el mismo 12 años). Luego que no me “pegaba” porque era mujer. Y que “no, que no acepta mis disculpas (cinco veces se lo he pedido) exigiendo que “por supuesto, que necesita una copia de la llave y que la comunidad debe de pegarla” (incluso me he ofrecido a prestarles mis llaves este fin de semana, pero lo ha rechazado).

A la vista de esto, el ataque de ansiedad que me ha dado que para mí se quede, pero temo que esto pueda repetirse en un futuro no muy lejano. No es la primera vez que estos vecinos tienen “algún problema” y lo de hoy considero que ha sido muy grave.

Como presidenta sé que mi deber es “solucionar” los problemas que surgen en la comunidad, pero no creo que el precio a pagar por ello sea sufrir este tipo de humillaciones. Pues así me he sentido. Sobre todo sabiendo que ese vecino “por su etnia” (que omitiré) no respecta a las mujeres. Creo que eso ha sido lo que ha desencadenado todo. Que una mujer lo haya encarado sin miedo, incluso que se haya interpuesto entre él y otro vecino para que ambos no se pegaran.

¿Ustedes qué opinan? Y ¿Qué podría hacer en caso de persistir? El lunes tendría que darle la copia de la llave y no me gustaría que todo volviera a repetirse.

Gracias.
12/10/2024 15:00
Ese individuo es propietario, o está de alquiler?
La presidenta, unicamente es la representante de la comunidad, fuera de ésta, y desde luego , que no está para servir, ni a disposición de nadie.
Digalé que a usted la elijenlos propearios, y que usted, no puede, n tiene, ni quiere, poqué dimitr.
No entiendo porque debe darle copia alguna, dado que el problema estaba en la cerradura con papeles dentro. Y tendrá que pagarla él, no la comunidad.
Las llaves no suelen abrir, y estropean las cerraduras, porque las copias de las llaves, no se realizan de las originales que vienen con el bombin, si no que hacen copia de copia
No se acobardecon individuos de dudosa calaña, y grave las conversaciones con el movil, que lo vea él
13/10/2024 20:19
Está de alquiler. Sin embargo, muy a su pesar yo soy propietaria.

Y sí, claro que todo eso es verdad. Tanto que son argumentos más que razonables para cualquier otro vecino, pero para este señor lo dudo mucho.

Si le digo eso, a los cinco minutos tengo en la puerta de mi casa a su “clan” para “rajarme de arriba-abajo”. Y no es broma.

Ayer después de toda la “movida” se cruzó a mi padre por la calle y le dijo que “me reprendiera y me atacara en corto”. A mí, a una mujer de 37 años. Así, como si fuera una niña pequeña.

Miedo me está dando cuando mañana le tenga que entregar la copia de la llave que necesitas.

Muchas gracias.
13/10/2024 21:04
Usted está actuando incorrectamente, dado que si ese vecino está de alquiler, usted no tiene nada que hablar con él.
La Vía es, inquilino, casero, presidenta.
O sea que esa llave, se la tiene que pedir al propietario, y éste a usted.
Y siempre que tenga un problema, sera a traves del propietario
13/10/2024 21:04
Usted está actuando incorrectamente, dado que si ese vecino está de alquiler, usted no tiene nada que hablar con él.
La Vía es, inquilino, casero, presidenta.
O sea que esa llave, se la tiene que pedir al propietario, y éste a usted.
Y siempre que tenga un problema, sera a traves del propietario
13/10/2024 22:06
Tienen ustedes administrador?
Cvcvcvcvcvcvcsdsdsdsdsdfgfgfgfgfghjhjhjbj
14/10/2024 13:58
Es un error muy grave atender a semejantes individuos la primera vez.
15/10/2024 08:17
Cordelia87
Cuando se enfrentan la educación y el respeto, contra la ignorancia y la mala educación, el resultado no suele ser bueno. Pretender entrar en razones a un ignorante es como querer intentar enseñar matemáticas un burro, donde éste sólo sabe dar coces. Intentar explicar a un inquilino que él vive en una comunidad de propietarios y por tanto hay unas normas donde él queda en segundo plano, puede ser contraproducente ante un problema que lleva tiempo existiendo, que a él le afecta directamente y que la solución pasa por la persona que tiene delante. Razonar y explicar en esa situación puede convertirse en una actitud violenta que parece que es lo que ha sucedido. Los problemas hay que solucionarlos y contra antes mejor. Dejar pasar el tiempo es agrandarlo y si esa cerradura lleva tiempo dando problemas lo que hay que hacer es cambiarla y el conflicto no hubiera ocurrido.
15/10/2024 10:07
Fontanero
No estoy nada seguro de que esa sea la solución. Mi experiencia me dice que con esos personajes, cuando solucionas lo que quieren, buscan otra cosa, a veces más complicada, para seguir incordiando.
Así que lo mejor es no atenderles, con la ventaja de que ya sabes de qué se quejan
15/10/2024 11:54
Pepelu90
No podemos saber lo que pudiera ocurrir a futuro. El problema está en el presente y querer razonar con un elemento de un "clan" cuando es un problema enquistado hace tiempo, donde se ha quejado varias veces y no le dan solución, pueden saltar chispas y puede que con razón. Si tú le dices, "oiga usted es inquilino y los problemas que tenga se los cuenta usted a su casero", cuando sabe que tu casero te va llamar a tí para darte esas mismas quejas lo primero que va a pensar es que te lo quieres quitar de encina. Y ya sabemos que la cordialidad y las buenas maneras no es plato fuerte de éstas personas.
Lo dicho, los problemas contra antes mejor solucionarlos.
18/10/2024 13:15
Cordelia87
Esta terminantemente prohibido cerrar con llave las puertas que sirven para evacuar el garaje en caso de incendio. Ergo, no se pueden cerrar con llave las puertas cortafuegos.

Eso que dice usted de que tiene que encontrar el truco para abrirlas, denota claramente que usted es conocedora de que hay un problema con la cerradura; la cual, debe abrir sin trucos y con solo girar la llave sin más.

No voy a entrar a valorar más de lo que ha escrito porque he dejado de leer en cuanto he visto lo arriba expresado por mí.

Saludos.
18/10/2024 15:01
En Las puertas de evacuacion, la normativa no indica que no puedan estar cerrada con llave las puertas de evacuacion, cuando la direccion sea de entrada, o, sea, calle, edificio.
Se pone un resbalón en la dirección de evacuación y problema resuelto.
18/10/2024 17:07
2023aguila
Efectivamente, un resbalón en la dirección de la evacuación y asunto zanjado. Pero no es el caso y a este caso en concreto me refería.

De ser este el caso, resbalón en la dirección de evacuación, el inquilino no habría expuesto su queja de forma grotesca o no (ninguno de nosotr@s estábamos presentes y para ser justo, antes hay que escuchar a las dos partes).

Por lo tanto, yo me refería a esta usuaria en el contexto de que no hay resbalón en la dirección de evacuación. Siendo este hecho ilegal porque la normativa no permite dicho impedimiento a evacuar el garaje en caso de incendio. Al igual que se exige que las vías de escape puedan ser empujadas por discapacitados, niños, personas mayores...etc (las puertas no pueden estar obstruidas o dificultad para ser fácilmente empujadas).
18/10/2024 17:35
La información facilitada en su día por Cordelia es:
La cerradura pertenece a una puerta cortafuegos que conecta las cocheras con el bloque .
No indica para nada si el amable inquilino, intentaba pasar del garaje al edificio, o del edificio al garaje.
Sentenciar que en este caso que el amable inquilino intentaba entrar desde el edificio al garaje, es un poco aventurado.
Esto no quita para nada, que en ese edificio, no se cumpla la normativa, en lo referente a cerraduras en las puertas de evacuación
No es cierto que en los garajes de viviendas, las puertas deban ser con barra de apertura.
Si son de resbalon, que es como la ley indica, es necesaria su apertura girando el pomo
21/10/2024 13:51
Céntrese que está usted poniendo palabras donde los demás no hemos comentado.

Nadie ha hablado de una barra para abrir la puerta corta fuegos (lo cual es loable en locales con cierto volumen de personas y como salidas de emergencias). Aquí solo se dijo que las puertas, el recorrido de estás, deben ser fluidas y sin obstáculos como bisagras en mal estado o puertas que rozan con el suelo. Algo que impediría ser empujadas por discapcitados, menores o personas de avanzada edad (eso es lo que prohibe la normativa).

Respecto a lo que usted dice que se sentencia, cabellero, esto no es un juicio, pero la usuaria dejó claro que... "la cerradura pertenece a una puerta cortaincendios".
21/10/2024 14:22
Legolico
Sea cual sea el incumplimiento de normas (suponiendo que lo haya) el inquilino no es quién para exigir nada a la comunidad y mucho menos a la presidenta. Y ése es el primer error, atender a quién no tiene derecho a que se le atienda y mucho menos si utiliza la violencia.

Todo ese rollo de cómo tienen que abrir y cerrar las puertas que se lo coloque al propietario que no está sólo para cobrar.
21/10/2024 16:43
Si legolico escribe:
Al igual que se exige que las vías de escape puedan ser empujadas por discapacitados, niños, personas mayores...etc (las puertas no pueden estar obstruidas o dificultad para ser fácilmente empujadas).
Cuando se dice que una puerta de escape, se abrá al ser empujada, claramente se refiere que esta apertura se realice por medio de puerta con barra de apertura
Yo he dicho que es una puerta cortafuegos, no he definido la puerta de otra manera
Por si lo ignora, la tercera entrada de la RAE, sobre la palabra sentencia es:
Expresar el parecer, juicio o dictamen que decide a favor de una de las partes contendientes lo que se disputa o controvierte.
21/10/2024 19:39
jalisco
Caballero, sigo usted empeñado en tener razón y jamás se ha mencionado nada de una barra ni directa ni indirectamente.

Usted o no comprende o no quiere comprender que cuando yo, que mejor que usted lo sé, me refiero a empujar libremente una puerta sin obstaculos que impidan la apertura por un niño, anciano o discapcitado, se entiendo que es que la puerta debe no tener mal las bisagras, descuadres en el marco que hagan rozar la puerta en su recorrido... etc.

Déje de querer poner en boca de los demás lo que no han dicho. Se lo ruego por favor.

Lo de las barras solo lo ha comentado usted una y otra vez a pesar de que ya le he dejado claro que yo no he dicho nada de barras.

Las barras se pueden usar perfectamente, pero yo jamás he hecho mención de ello.
21/10/2024 19:46
De echo, tal y como en mis comunidades están instaladas, las puertas cortafuegos no tienen cerradura desde el garaje al zaguán del ascensor en planta -1 (lugar donde, gracias a una segunda turbina, entra aire en caso de incendio o niveles altos de CO2). Y por supuesto, tampoco existe la barra a la que usted una y otra vez hace alusión.

Simplemente, está totalmente prohibido colocar cerradura en dicha puerta y sin importar la dirección donde se coloque la cerradura y si se coloca o no una puerta con barra.

Sin embargo, en el caso de la puerta que hay en la puerta que da de las escaleras que suben del garaje al zagúna de la planta baja, hay una puerta que solo puede ser abierta con la manibela desde dentro pero con cerradura desde fuera (del zaguan a las escaleras del garaje).
21/10/2024 19:49
Caballero, está usted faltando al respeto sin que a usted se le haya referido nada al respecto en este hilo o cualquier otro por mi parte.

Con ello se está alejando drásticamente el hilo principal queriendo entablar una pelea entre usuarios que como usted entramos a ayudar sin ánimo de lucrarlos. Sin tener en cuenta si usted o alguno de nosotros tenemos o no la carrera de derecho o incluso el título de admnistrador de fincas.

Aún así, usted está muy equivocado en cuanto que un inquilino u "ocupante" no puede reclamar al presidente el buen funcionamiento de la comunidad.

Por ejemplo, el artículo 7.2 párrafo segundo dice:

"El presidente de la comunidad, a iniciativa propia o de cualquiera de los propietarios u OCUPANTE...".

¿Usted sabe lo que es un ocupante cuando la ley primero habla de propietario y deja al ocupante como opcional?.

Ese rollo que usted de forma despreciante usa para atacar a los usuarios de este foro cuando a usted mejor le apetece, se ha contado porque dice que le amenazó, entre otros, con que eso era ilegal. Y sí, es ilegal. Todo esto sin saber si ciertamente todo es cierto porque solo hemos escuchado la versión de una parte a la que el contrario está acusando de ser una serie de calificativos que hacen inducir odio hacia a él sin saber o no si es cierto; peor aún, sin saber la versión del contrario.

No creo que se deba fomentar el odio hacia terceros simplemente por la versión de una de las partes en un foro de esta índole. Desde luego que un magistrado o fiscal no lo haría jamás porque está educado en el derecho de... "para declarar a alguien culpable primero hay que escuchar a las dos partes". Lo contrario sería anti constitucional y se declararía nulo el procedimiento o consiguiente senetencia.