Espero que me puedan orientar sobre el.............. Acuerdo privado con un hermanastro, ya que mi padre dejó de herencia a mis tres hermanastros el 50% de la cochera de donde actualmente vive mi madre. El otro 50% está a nombre del marido de mi prima quien lo heredó de mi tío, nudo de propiedad.
Dos hermanastros querían vender su parte 33% cada uno, con la idea de que la cochera no saliese del núcleo familiar, mi madre le dio el importe a mi hermanastro para que comprase esas dos partes a sus hermanas y formalizar la escritura a nombre de mi hermanastro y mi madre, el 50% del 50% de la cochera para cada uno.
Mi hermanastro puso la escritura solamente a su nombre esgrimiendo que al ser su madrastra no podía figurar en la escritura. Al final se decidió hacer un contrato privado en el que mi hermanastro confirma que el 50% de la compra es de mi propiedad ya que son los deseos de mi madre, y que automáticamente se disponga de recursos económicos la escritura se hará pública. Puedo tener algún problema a la hora de decidir hacer la escritura pública a nombre de los dos, mi hermanastro y yo.
¿Sus herederos deberán respetar este documento si el falleciese o si hacienda se lo embarga solo sería su parte?
El documento cuenta con estas cláusulas …., etc.
Que mi hermanastro es propietario del 50% de la cochera y se compromete a poner a disposición de mi madre o mía(hermanastro) la propiedad o a constituir un usufructo vitalicio de la mitad de la participación de la finca descrita cochera adquirida en fecha….
¿Si yo falleciese mis herederos acceden a estos derechos?
No se le puede interpretar un contrato con algún párrafo suelto que transcribe usted, y menos con explicaciones acerca del contrato. Pero, al parecer, pone que su hermanastro irá a la notaría a transmitir la propiedad que a usted le corresponde cuando sea requerido para ello. Vaya a la notaría, encargue la escritura y cite a su hermanastro para la firma. Si no lo hace ahora, los problemas que se encuentre en el futuro serán de su sola cuenta.