No se le puede interpretar un contrato con algún párrafo suelto que transcribe usted, y menos con explicaciones acerca del contrato. Pero, al parecer, pone que su hermanastro irá a la notaría a transmitir la propiedad que a usted le corresponde cuando sea requerido para ello. Vaya a la notaría, encargue la escritura y cite a su hermanastro para la firma. Si no lo hace ahora, los problemas que se encuentre en el futuro serán de su sola cuenta.
Espero que me puedan orientar sobre el.............. Acuerdo privado con un hermanastro, ya que mi padre dejó de herencia a mis tres hermanastros el 50% de la cochera de donde actualmente vive mi madre. El otro 50% está a nombre del marido de mi prima quien lo heredó de mi tío, nudo de propiedad.
Dos hermanastros querían vender su parte 33% cada uno, con la idea de que la cochera no saliese del núcleo familiar, mi madre le dio el importe a mi hermanastro para que comprase esas dos partes a sus hermanas y formalizar la escritura a nombre de mi hermanastro y mi madre, el 50% del 50% de la cochera para cada uno.
Mi hermanastro puso la escritura solamente a su nombre esgrimiendo que al ser su madrastra no podía figurar en la escritura. Al final se decidió hacer un contrato privado en el que mi hermanastro confirma que el 50% de la compra es de mi propiedad ya que son los deseos de mi madre, y que automáticamente se disponga de recursos económicos la escritura se hará pública. Puedo tener algún problema a la hora de decidir hacer la escritura pública a nombre de los dos, mi hermanastro y yo.
¿Sus herederos deberán respetar este documento si el falleciese o si hacienda se lo embarga solo sería su parte?
El documento cuenta con estas cláusulas …., etc.
Que mi hermanastro es propietario del 50% de la cochera y se compromete a poner a disposición de mi madre o mía(hermanastro) la propiedad o a constituir un usufructo vitalicio de la mitad de la participación de la finca descrita cochera adquirida en fecha….
¿Si yo falleciese mis herederos acceden a estos derechos?