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aceptacion tacita de la herencia y seguro de vida

2 Comentarios
 
Aceptacion tacita de la herencia y seguro de vida
19/10/2009 21:55
La firma de la liquidación del impuesto de sucesiones o la declaración de bienes y deudas realizada ante la hacienda pública implica la aceptación tácita de la herencia.

Y la segunda pregunta. Si el testamento establece como heredero al hijo y usufructuario al cónyuge y existe un seguro de vida en el que el beneficiario es la conyuge. Si este renuncia a la herencia renuncia tb al seguro de vida? Gracias.
20/10/2009 17:53
me podías responder?
Gracias,
20/10/2009 22:05
1a pregunta.- si
2a pregunta.- El seguro de vida, es independiente de la declaración de herederos. El beneficiario/a es quien el tomador designe, que puede ser, incluso, alguien no perteneciente a la familia. En este caso, la beneficiaria es la viuda, por lo tanto, el hijo no tiene nada a que renunciar, en relación a este punto.
Un saludo.