Se considera tácita el seguir viviendo en la casa heredada o el haber pagado la plusvalía? porque mi duda es si no sería mejor hacerlo ante notario de manera expresa y registrar todo a mi nombre aunque mi padre esté de usufructuario.
La herencia puede aceptarla de manera expresa o tácita, así como simple o a beneficio de inventario en el caso de la aceptación expresa.
Fiscalmente dispone de un plazo de 6 meses desde el fallecimiento del causante, aunque puede solicitar prórroga. Desde la perspectiva del derecho civil, dispone de un plazo de 30 años para la aceptación de la herencia.
Un saludo.
Aceptación de herencia
Anónimo
04/08/2022 18:27
Soy hija única y heredera universal de la herencia de mi madre,fallecida en 2019 y mi padre es usufructuario.Debo hacer la aceptación de la herencia y de cuánto tiempo dispongo?