Soy hija única y heredera universal de la herencia de mi madre,fallecida en 2019 y mi padre es usufructuario.Debo hacer la aceptación de la herencia y de cuánto tiempo dispongo?
La herencia puede aceptarla de manera expresa o tácita, así como simple o a beneficio de inventario en el caso de la aceptación expresa.
Fiscalmente dispone de un plazo de 6 meses desde el fallecimiento del causante, aunque puede solicitar prórroga. Desde la perspectiva del derecho civil, dispone de un plazo de 30 años para la aceptación de la herencia.
Un saludo.
Anónimo
05/08/2022 10:12
elminster
Hola,el impuesto de sucesiones ya lo liquidé en su día,yo me refiero a a aceptación ante el notario y registrar los bienes a mi nombre
En ese caso son 30 años desde la muerte del causante. No obstante, ten en cuenta que la aceptación puede haberse dado de manera tácita.
Un saludo.
Anónimo
06/08/2022 10:59
Se considera tácita el seguir viviendo en la casa heredada o el haber pagado la plusvalía? porque mi duda es si no sería mejor hacerlo ante notario de manera expresa y registrar todo a mi nombre aunque mi padre esté de usufructuario.