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A vueltas con lo de gran tenedor

27 Comentarios
Viendo 21 - 27 de 27 comentarios
09/10/2024 11:29
Gracias leonbjr. Se lo volveré a pedir pero me parece que no va a acceder.
09/10/2024 17:53
Hola:

Lo que usted debe presentar es un "Certificado o de localización de la Ley 12/2023 por el derecho a la vivienda"

https://sede.registradores.org/site/propiedad?lang=es_ES

SE pide por internet y cuesta doce o trece euros.

Y no se preocupe, solamente contiene una serie de números de identificación muy largos, parecidos al numero catastral ( CRU o Identificador Único de Finca Registral (IDUFIR).) pero es imposible (salvo para un profesional) identificar las fincas a las que se refiere.
10/10/2024 09:21
Hoplon
Gracias Hoplon ahora mismo voy a mirarlo. Así y todo será una lista larga porque entre pequeños porcentajes, garajes y trasteros.....
10/10/2024 11:42
En esa lista solamente se reflejarán los inmuebles de uso residencial y siempre que su porcentaje de titularidad sea superior al 50 %.
26/10/2024 21:24
Hoplon
Buenas Hoplon. Por fin tengo el certificado y mi gozo en un pozo. Me aparecen todas las viviendas de las cuales la mayoría tengo un pequeño porcentaje, 25%, e incluso aquellas en las que otros familiares tienen el usufructo vitalicio.
Ya se que no van a saber los datos pero sigue sin gustarme. Todavía estamos dándole vueltas a este fregadero.
27/10/2024 19:33
Dígame, Obsidiana: con ese certificado en la mano ¿salen más de diez propiedades de uso residencial?

No recuerdo si ha mencionado usted que el inmueble está en zona tensionada o no.
30/10/2024 22:24
Si Hoplon. Ya digo que de la mayor parte tengo un 33% o menos, e incluso aparecen dos en las que tengo un 12% y el usufructo vitalicio lo tiene un familiar. Como en el certificado no lo indica pues según ello sería gran tenedor con más de 10. No estoy en zona tensionada.
31/10/2024 20:22
Muy bien, pues aporte el certificado, y elija una, o dos, o tres propiedades, las que sean necesarias para bajar a diez, en las que tiene el el 12 ó el 33 %, y aporte nota simple de esas propiedades, razonando que por lo tanto no deben computarse.

Escoja aquellas en las que menos le preocupe que el inquilino sepa que son suyas.

Lo malo es que por voluntad del legislador, los caseros se ven obligados a aportar una información que, bien mirado, no tendrá por que facilitarse a gente con la que no tienen ningún vínculo e incluso mantienen un enfrentamiento por vía judicial.