Ya lo encontre, te comento
Se interpone ex art. 68 de la LBRL y 220 Reglamento de organización, Financiamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales accion reivindicatoria y declarativa de dominio pero para ello debes haber interpueto por escrito denuncia en el ayuntamiento constando expresamente la usurpacion y si en 30 días no hacen nada ya estas legitimado.
Gracias por todo
Pero como lo interpongo?, no encuentro jurisprudencia al respecto, acumulo las acciones de reivindicacion y confesoria pero la reivindicatoria de dominio publico como la planteo?
Gracias de nuevo
Puede ser de mutuo acuerdo y sino es posible judicialmente, al ser el sobrino es heredero de la parte que le corresponde a su progenitor puedes interponer una demanda de declaracion de herederos o division judicial de herencia, mandas un burofax a los demás y sino contestan division judicial de herencia.
no entiendo la pregunta, supongo que les dejo la legitima y quieren renunciar a ella, para renunciar si pero la legitima es obligatoria sino renuncian.
eso es imposible, el denunciado debe omparecer en persona para defenderse y si no comparece se le condena a no ser que lleve abogado, pero su testimonio no lo puede suplir nadie.
Si, cuando haces referencia a las pruebas diferencias dos apartados, uno bajo el titulo "PRUEBAS A PRACTICAR ANTES DEL JUICIO ORAL" y aque dices que interesa al derecho de esta parte se libre atento oficio ...y otro apartado "pruebas a practicar en el juico oral"