Tienes reducciones diversas por discapacidad: Unas afectan a los rendimientos de trabajo, otras a los Rendimientos de Actividades Empresariales y Profesionales, también algunos aspectos de las ganancias y pérdidas patrimoniales: Está exenta la venta de la vivienda habitual así , deducciones por obras de adecuación de la vivienda, etc.
Sin entrar en ninguna otra consideración, sólo con aplicar la reducción derivada del parentesco haría que no pagases absolutamente nada. De todas formas, si tienes que cumplir con la obligación formal, es decir, presentar la liquidación con resultado cero. Por otro lado, la afirmación de tu compañero de trabajo es realmente extraña. Con el IRPF no tienes que presentar absolutamente nada relacionado con el Impuesto sobre Sucesiones. Si tienes alguna otra duda, debes aclarar la comunidad autónoma en la que vives.