Tu pide balances y todo lo que estimes necesario, aunque luego sea la demandada quien lo aporte.
Demanda tambien al Fogasa, aludiendo la posible insolvencia economica. No suele asistir.
En la demanda pudes citar alguna jurisprudencia, si tienes alguna que realmente consideras relevante, imprimela y aportala como Mas documental en el acto del juicio, si te dicen que lo impugnan como documento, alega que lo haces con una intencion meramente ilustrativa.
Un saludo.
Vamos a ver elisa:
1.-La puesta a disposicion de la indemnizacion es preceptiva al igual que el preaviso de 30 dias (aunque este puede ser compensable).
Mirate el art.53.b ET si la causa corresponde al 52.c habla de la imposibilidad de poner a disposicion la indemnizacion.
2.- Cuantos trabajadores han despedido y en que periodo de tiempo?.
3.- Documental: aporter lo que tengas o creas conveniente
Mas documental: Si es una sociedad puedes pedir para demostrar cual es la situacion economica:
- Impuesto sociedades
- Balances
- Libro de perdidas y ganancias.
- Tc2 del ultimo año
Haria falta mas datos, pregunta lo que necesites.
un saludo
Aun estando de acuedo para darle firmeza y seguridad al acuerdo,ante un posible incunplimiento. Aunque en multitud de ocasiones la conciliacion previa sirve de poco al no haber posiblidad de acuerdo,por parte de la administracion se le asigna mucha importancia, recordar que desde el pasado 4 de mayo de 2010, entro en vigor la ley 13/2009 de 3 de noviembre obligando a las partes, en caso de despido, a una reunion previa con el secretario judicial para volver a intentar que las partes lleguen a acuerdo.
Un saludo
Fraude absoluto,pero descgraciadamente es practica habitual. Los datos serian la forma, importe y antigüedad de estos complementos, para comprobar si han consolidado.
ahora bien hablamos en caso de impugnacion del despido y de la posterior demanda, si habeis llegado a un acuerdo, pues tu veras lo que pides y lo que te dan.
Un saludo
La mayoria de los tribunales y su jurisprudencia se decantan por calcular la indemnizacion con los conceptos que has apuntado (salvo c.col o pacto en contrario), ahora bien al haber mas complementos salariales (si estos cotizan o no lo hacen) y si dichos complementos se han consolidado como un conjunto salarial a lo largo del tiempo, pueden llegar a incluirse en el calculo de la indemnizacion.
Harian falta bastantes mas datos para estudiar la cuestión.
Un saludo
Si un familiar se hace cargo del negocio, misma actividad,mismo inmueble, objeto,maquinaria, coincidencia en el fondo clientela et...
Nos encontrariamos ante una sucesion de mepresa contemplada en el art.44 estatuto de los trabajadores, el procedimiento adecuado para contemplarla es la de despido con los plazos y forma que los compañeros foreros te han comentado.
Un saludo
Entiendo perfectamente tu desesperacion, decirte que tal como yo lo veo tienes dos opciones:
1.- Extinguir el contrato por cuenta del trabajador, por la via del art.50 Et, segun reiterada jurisprudencia y alguna experiencia personal, el incumplimiento ha de ser grave u reiterado.No te recomiendo esta opcion para tu caso.
2.- demanda exigiendo el 10% para los casos de mora en el pago, tal como te han recomendado anteriormente.
Suerte
Vamos a ver:
Procedimiento.............
Al Juzgado de lo social.........
Dña.....DNI.....con domicilio.........ante este juzgado comparece y como mejor proceda en derechoDICE
Primero.-Que con fecha ..........se ha señalado juicio de rclam de cantidad tal como consta en autos del procedim....
Segundo.-Que interesa al derecho de esta parre se practique en el acto del juicio los siguientes medios de prueba
Interrogatorio de .....................con domicilio en ...........por ser su intervencion necesaria parael desarrollo de las pretensiones de esta parte.
Por todo lo expuesto,
Suplico a este juzgado, que teniendo por presentado este escrito con sus copias etc...
En principio seria algo asi, si tienes algun problema,escribe y lo solucionamos.
Un saludo