HOla Alpargatas,
Coincido con Jan. Si no hay ninguna cláusula en el contrato y usted quiere dejar la vivienda le puede reclamar judicialmente una indemnización por daños y perjuicios causados. En este caso será él el que tenga que determinar qué existen los perjuicios, que los daños son efectivos (y no irreales y supuestos) y debe así mismo cuantificarlos económicamente.
Le recomiento que le preavise de su marcha mediante burofax y con la mayor antelación posible sin proposición de ninguna indemnización.
Un saludo
Antonio.
Hola soy anto. Hola TN, leete de nuevo el hilo
En el hilo se dijo que el arrendatario no estaba desaparecido sino en Brasil. Si se demanda a los terceros ocupantes y estos comparecen y dicen que el arrendatario se ha ido a Brasil entiendo que habrían de practicarse allí la notificación Con lo cual el Juzgado tendrá que librar diligencias de averiguación de domicilio para Brasil. Otro problema sería acreditar que está desaparecido y no de vacaciones o que los terceros digan que son familiares o algo así.
La policía tiene el deber de detener a aquellos que cometen un delito y pasarlos a disposición judicial (otra cosa es que no quieran hacerlo). Si los okupas han incurrido en uno de allanamiento de morada ya me dirás porque no van a intervenir.
Un saludo
Hola tony
Otra solución que se me ocurre es presentar una demanda judicial solicitando la disolución de la copropiedad.
Al final si la otra parte no accede a su compra el piso se vende en subasta pública.
Un saludo
Antoino