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Verónica COLLADO MATEOS
Perito judicial
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Presentación
Desde 1981 con la implantación de la Ley del Divorcio aparece el papel del Perito Psicólogo en procesos de separación y divorcio, de este modo se introduce el Informe Pericial Psicólogo como un elemento clarificador, que sirve de ayuda a juez y fiscal para elaborar una decisión final.
A partir de aquí la imagen del Perito Psicólogo gana peso y se ve reconocido, el Informe pasa a ser un instrumento de ayuda para obtener datos fiables y válidos sobre la realidad que se vive. Su demanda aumenta y aparece la figura del Perito Psicólogo en más ámbitos como: modificación de medidas, tutela, adopción y acogida.
Para acceder a este servicio ampliamente extendido y aceptado, basta con que los padres o el mismo juez lo soliciten, a partir de aquí se pasa a realizar una evaluación para contestar al objeto pericial.
El principal objetivo que nos mueve desde el Instituto IASE como Peritos Psicólogos es el bienestar y cuidado del menor. En principio, y siempre que no exista una realidad objetiva que lo impida, entendemos como mayor beneficio, el que los menores se encuentre en igualdad de contacto y cuidado con ambos progenitores.
Queremos evitar la figura del padre ausente, o intermitente, el cual ejerce su rol de manera coartada y sin los derechos que le otorga su papel como progenitor.
Como profesionales del sector con más de 10 años de experiencia de campo en procesos de separación y divorcio hemos podido comprobar con entusiasmo como en los últimos 7 años ha aumentado en torno a un 10% el número de divorcios favorables a custodia compartida. En la actualidad se multiplican los intentos por desestabilizar este principio con falsas acusaciones, reproches y mala praxis por parte de profesionales y los propios implicados en el proceso, los padres.
Desde el Instituto IASE creemos con firmeza en el crecimiento de esta cifra, apoyando la custodia compartida.
Si usted se encuentra en una situación donde podamos servirle de ayuda, no dude en contactarnos y solicitar nuestros servicios como Peritos Psicólogos. La primera cita es gratuita.
Por la edad del menor es impensable pernocta, por tanto sería un día a la semana que normalmente eligen los padres desde la salida de la guardería hasta las 20:00 de la tarde. Un día en vacaciones (Navidad, Fallas, Semana Santa).
Conforme vaya creciendo y la relación aumente el régimen aumentará ya habiendo pernocta.
Si las visitas se hacen en un centro de mediación familiar existe supervisión, incluso puede que estéis vosotros delante.
En el caso de que interponga una demanda pedir rápidamente un psicosocial para valorar la idoneidad como cuidadora de la abuela, de ese modo podréis facilitar que exista alguien supervisando las visitas.
En primer lugar te diría como Sarapiki, el padre tiene todo el derecho a conocer a su hijo. (por muy desliz que sea)
Por otro lado está el que según nos cuentas es inestable emocionalmente y (por lo que entiendo) puede llegar a ser negativo para su hijo, eso puede demostrarse y un fiscal no daría vías a un custodia compartida si el menor está en peligro, por lo que la guarda y custodia seguiría siendo de la madre.
En primer lugar, que reconozca lo que ha hecho en favor de su hijo y que emprenda acciones legales para poner en orden el estado del menor. Posteriormente lo siguiente sería intentar llegar a un acuerdo y si no es posible y sigue ese acoso del que hablas impedir el contacto con el padre por el bien del menor de forma legal. Pero siempre de un modo legal, en un futuro lo agradecerá.
En el caso de que sea así y sea un acuerdo firmado, no hay problema si no se cumple POR FUERZA MAYOR, por fuerza mayor me refiero, porque sea perjudicial para la niña y esta lo pase realmente mal.
Te aconsejaría que os pusierais en contacto con un psicólogo, y le hiciera una evaluación sobre el estado que le provoca el solo pensar que tiene que irse con su madre.
Cada vez que vaya a recogerla su madre y la menor no quiera ir: 1º llamar a vuestro abogado para informarle, 2º llamar al psicólogo que realiza el seguimiento para que lo anote y 3º comunicarle a la madre que la menor no irá porque no se encuentra bien.
Cuando hablamos de sentencia se ha de cumplir a rajatabla incluso la madre podría llamar a la policia y obligarla a irse con ella, pero en el caso de que sea solo un acuerdo se puede incumplir (como te digo siempre que haya una razón que justifique cuidar del bien del menor).
Con todo esto, el informe y los datos que hayáis facilitado al abogado deberíais de acudir a una modificación de medidas para que se suspendan por el bien de la menor, en estos casos el fiscal entiende que el contacto puede ir en perjuicio de la menor.
Espero haberte ayudado, un saludo!
Por un motivo como este los días se pueden compensar, lo ideal en estas circunstancias varía dependiendo del clima familiar. Si el que se vaya con su abuela puede ayudar a que vea al padre es una buena solución y salvo que quiera la otra parte no se compensan. Ante todo se piensa en que el vínculo entre padres e hijos no se rompa.
Espero haberte servido de ayuda.
Por lo general el perito designado llama por teléfono al abogado para concertar cita y ver horario disponible del cliente, puede ser de una semana para otra. En función de la profesionalidad del Perito Psicólogo varía.
Espero haberte ayudado
Además de que no quiera, ¿hay algún argumento? ¿le afecta de algún modo? por ejemplo, hay niños que no quieren ir y sufren terrores nocturnos o lloran desconsolados provocándoles ansiedad y puede verse afectado otros ámbitos del menor.
El convenio del que hablas ¿es sentencia o acuerdo firmado en vista?
Al hilo del mensaje anterior te diría que tu abogado en cuanto pueda pida al juzgado un pericial psicólogo del padre donde se evalúe su conducta parental para ejercer el rol de padre, por lo que dices: abuso de sustancias y descuido, será evidente en informe. Para el fiscal es determinante.
Espero haberte ayudado. Un saludo!
Buenas tardes,
Te recomendaría que leyeras sobre el Síndrome de Alineación Parental, SAP. En España no está regulado como tal, pero si se puede ver como una forma de maltrato. Espero haberte ayudado :)
¿Es un Informe de Parte? Mucho mas a tu favor!! Estáis a tiempo de hacer un contrainforme donde se indique en todo lo que incurre el informe principal, pidiendo impugnarlo y marcando todas las faltas indicadas en el Código Deontológico. ¿Cuándo es el juicio?. El último informe que rebatimos entre revisiones y demás nos llevó 1 semana, no obstante sería bueno conocer el tiempo del que disponéis. He estado hablando con el equipo y está claro, si quieres podemos hablar por teléfono y concretamos un día para asesoraros, podríais venir con el abogado y como te digo sería una primera cita totalmente gratuita.
¡Mucho ánimo!
Buenos días,
Entiendo tu frustración, aunque sea triste no es de extrañar que se realicen contrainformes para impugnar informes realizados por un perito judicial de juzgado. Como perito psicóloga te aconsejo que junto a tu abogado os pongáis en marcha y realicéis un contrainforme , ¿hace cuánto recibisteis el informe? Existen unos días para reclamar si ha existido tachación. Dentro del Instituto donde trabajo podemos asesoraros en una primera cita gratuita, si te interesara no dudes en ponerte en contacto conmigo: veronica@institutoiase.com
Como recomendación te diría que realicéis el contrainforme por la vía que queráis, pero hacerlo de otro modo parecerá que aceptáis lo que dice el informe pericial inicial.
Espero haberte podido ayudar. ¡Mucha suerte en el proceso!