hola.vereis mis padres tienen la tutela de mi sobrina de 12 años desde que la niña tenia un año .mi madre fallecio hace dos años por lo que mi padre es ahora su único tutor.se hizo un convenio regulador en el que la niña se iva en fines de semana alterno con cada uno de los padres y una tarde a la semana ,están separados.ambos padres han pasado de la niña amenudo .lo que ocurre es que la niña no quiere irse con su madre bajo ningún concepto y dice que no la podemos obligar,no queremos cambiar el combenio pero queremos saber que podemos hacer .hemos oído que tenemos que hacer un escrito al juzgado esponiendo quela menor no quiere irse ,pero no sabnemos como hacerlo y si lo tiene que hacer un abogado .gracias
Además de que no quiera, ¿hay algún argumento? ¿le afecta de algún modo? por ejemplo, hay niños que no quieren ir y sufren terrores nocturnos o lloran desconsolados provocándoles ansiedad y puede verse afectado otros ámbitos del menor.
El convenio del que hablas ¿es sentencia o acuerdo firmado en vista?
creo que acuerdo en vista .por que juicio no hubo.la niña no quiere irse por que dice que no la trata bien .la ultima vez que se fue por lo visto la llevo a comprar porros .y no se ha querido ir mas .cada vez que se ha ido ha venido muy irascible .su madre cuando se hecha un novio se olvida de ella y se acuerda de ella cuando quiere .la niña ya es mayor y se ha dado cuenta de esas cosas.
En el caso de que sea así y sea un acuerdo firmado, no hay problema si no se cumple POR FUERZA MAYOR, por fuerza mayor me refiero, porque sea perjudicial para la niña y esta lo pase realmente mal.
Te aconsejaría que os pusierais en contacto con un psicólogo, y le hiciera una evaluación sobre el estado que le provoca el solo pensar que tiene que irse con su madre.
Cada vez que vaya a recogerla su madre y la menor no quiera ir: 1º llamar a vuestro abogado para informarle, 2º llamar al psicólogo que realiza el seguimiento para que lo anote y 3º comunicarle a la madre que la menor no irá porque no se encuentra bien.
Cuando hablamos de sentencia se ha de cumplir a rajatabla incluso la madre podría llamar a la policia y obligarla a irse con ella, pero en el caso de que sea solo un acuerdo se puede incumplir (como te digo siempre que haya una razón que justifique cuidar del bien del menor).
Con todo esto, el informe y los datos que hayáis facilitado al abogado deberíais de acudir a una modificación de medidas para que se suspendan por el bien de la menor, en estos casos el fiscal entiende que el contacto puede ir en perjuicio de la menor.
Creo que en este caso, como en todos donde se produce un rechazo del menor o menores hacia sus padres, se impone la actuación de un psicólogo. No tanto para averiguar, en el caso presente, las causas, parecen obvias, sino para que los efectos dañen a la menor lo menos posible. En caso contrario, la menor podría arrastrar una cruz muchos años. Estas situaciones tienen efectos secundarios que pueden ser aminorados considerablemente si se toman medidas.
En el aspecto legal coincido con Psicóloga Judicial, si fuera sentencia se cumple a rajatabla, si es acuerdo se puede incumplir con causa justificada, sin olvidar que hay regularizar la situación dede el punto de vista legal. En este sentido es donde se van a presentar problemas pues no basta con acusar, hay que probar y no suele ser fácil, tienen que quedar muy acreditadas las causas que sustenten una retirada del contacto del menor con sus progenitores. Los hechos y la prueba de los mismos son el determinante principal, un informe psicológico puede ayudar pero entiendo que no puede constituir prueba de peso por sí sólo.
la niña lleva tiempo acudiendo al psicólogo.no tenemos abogado ,debemos solicitarlo?consultamos uno y nos dijo que mejor era no pedir modificación de medidas puesto que el convenio que tenemos nos favorece .y que era mejor que la modificación la pidiera la madre puesto que es la que la quiere.gracias de antemano