Vamos "por partes"
1) En el primer post, al decir "al que finiquitó debidamente, sin indemnización.....", me refiero a que le pagó lo que le tenía que pagar legalmente en los casos de cese por jubilación del empresario.
2) El empresario, es un trabajador autónomo, persona física.
3) El hijo que si convive con el padre, tiene 29 años.
La cuestión que planteo, es la de que si al reiniciarse la actividad a nombre del padre, el trabajador al que cesó como consecuencia de su jubilación, tendría derecho a reingreso en la empresa o a algún tipo de indemnización, al haber transcurrido mas de dos años desde su cese.
Nuevamente, gracias.
Gracias Ainoa, procuraré explicarme mejor:
El padre, desarrollaba la actividad de transporte de mercancías por carretera y se jubiló en Junio de 2010, finiquitando debidamente al único trabajador fijo que tenía, indeminizándolo no con uno, sino con dos meses de su salario.
El padre, ha conservado su camión, su tarjeta de transportes y su plaza en la Cooperativa a través de la cual desarrollaba su trabajo.
El hijo, ha obtenido recientemente el título de transportista y quiere "probar suerte" con el camión, la tarjeta y la plaza de la Cooperativa del padre.
Podría transferir el vehículo y los derechos a su nombre, pero al hacerlo, perdería la antigüedad de la tarjeta, por lo que quiere empezar como trabajador del padre, y siendo el padre el titular de la actividad. Obviamente, el padre causaría nuevo alta en el IAE y reactivaría su c.c.c. como empresa patronal y el hijo causaría alta como trabajador del Régimen General de la Seguridad Social.
Hay que tener en cuenta que la tarjeta de transportes, nacional y con mas de 10 años de antigüedad, tiene un valor de alrededor de 20.000,00 euros y que si se cambiara a nombre del hijo, perdería la antigüedad y con ello, mas de la mitad de su valor económico.
La cuestión que planteo, es si al reiniciarse la actividad a nombre del padre, el trabajador al que cesó como consecuencia de su jubilación, tendría derecho a reingreso en la empresa o a algún tipo de indemnización, al haber transcurrido mas de dos años desde su cese.
Gracias.
Gracias de nuevo. Aclarado lo de las comisiones.
Me interesa conocer, para salvar discrepancias con la empresa, la respuesta a las otras interrogantes
¿Puede la empresa obligarme a cobrar mediante cheque al portador como lo hacen el resto de mis compañeros?.
¿Puedo, de alguna manera, negarme a cobrar mi sueldo en cheque?.
Saludos y gracias.
Gracias González de Aguilar, te comento:
El BBVA, me dice que me cobra una comisión, porque la empresa no hace bién la domiciliación ¿?. La empresa, por su parte, me dice que la hace tal y como le han indicado en el banco que lo haga ¿?.
La empresa ha hablado con el banco y, como solución para evitar la comisión que cobra, han dado la opción siguiente, la de la transferencia, pero ahora, la comisión se la cobra a la empresa.
El problema con respecto a las comisiones, parece ser que radica en que la empresa tiene que domiciliar la nómina entera, la de los 8 trabajadores, pero, el único interesado en la domiciliación soy yo.
Gracias y saludos.
Buenas, según la LPH si hay administrador es función suya el redactar el acta de cada reunión y hacersela llegar al domicilio de cada propietario, si luego el propietario no lo quiere leer es problema suyo, le llevará a estar desinformados y poder meter la pata en reuniones preguntando o reclamando cosas que ya está explicadas en el acta. Creo que las actas sonla única manera en que la información sabemos que llega a cadauno luego está en su mano hacer con esa información lo que se quiera.
Gracias a todos, pero como ya había comprobado hay diversidad de opioniones en el tema. Aprovecho y comento otro tema a ver si está más claro, el presidente de la zona común está realizando reuniones de forma irregular, todo lo hace por mail, las convocatorias, las actas (sin firmar..) el administrador en muchas no está o porque no le avisa o porque lo hace con tan poco tiempo que no puede ir por agenda, en estas reuniones se tomas decisiones recogiendo los votos por papeles que hace llegar a los vecinos como si fuese una encuentas y con estos resultados (que segun el llegan a todos y todos votan) se toman decisiones en escaleras en las que no se ha hecho la reunión porque no se tenía conocimiento por el presidente o no ha dado tiempo) hablo de temas no urgentes como comprar material, cambiar empresas... llegando a tomar deciosiones con solo un 30% de votos y de estos con un porcentaje que no llega al 20% del total de todos los vecinos. Bueno que me estoy enrollando, como podeís ver se pasan la ley por donde quieren pero como lo hacen "con buena intención" , mi pregunta es que podemos hacer para que se vuelva al procedimiento legal (reuniones escalera, voto presencia, actas...), nuestra escalera ya le ha comunicado que las decisiones de nuestra escalera se haran como siempre, en caso contrario no se dará el dinero, igual en lo referente a zona común recogeremos los votos y se los haremos llegar. Si persisten en esta manera de hacer las cosas, ¿que podemos hacer?¿y para lo que ya se ha hecho?las actas de las reuniones tambien las pasa por mail por lo que llegan a muy poca gente. Muchísmas gracias.(muchos de los presidentes de escaleras le apoyan, sin tener en cuenta muchas veces la opinion de sus vecinos)